Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/03/2023 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 30 de marzo de 2023

la profesional que se menciona a continuación, para desempeñar el cargo que se detalla, en la especialidad y en el régimen horario que se indica:
- Médica - Otorrinolaringología - treinta y seis 36 horas semanales de labor artículo 25 de la Ley N 10.471, modificado por el artículo 2 de la Ley N 10.678
Paula TORTORA D.N.I. 36.273.337 - Clase 1991.
ARTÍCULO 2. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 19 Subprograma: 12 - Actividad: 1 - Ubicación Geográfica: 441 - Finalidad 3 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 -Parcial0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N 15.394.
ARTÍCULO 3. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Martín Insaurralde, Ministro.

RESOLUCIÓN Nº 461-MJGM-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 1 de Febrero de 2023
VISTO el expediente electrónico EX-2020-17102478-GDEBA-DPTEYPBMSALGP, por el cual tramita la designación de Amanda Belén MARTINEZ en el Hospital Interzonal "José A. Esteves" de Temperley, y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud del Ministerio de Salud, impulsa las actuaciones autorizando la designación de Amanda Belén MARTINEZ como Personal de Planta Permanente en la Categoría 5 - Agrupamiento 4. Personal Técnico, en el marco de lo establecido por los artículos 147 y 148 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96, con un régimen horario de cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor en el Hospital Interzonal "José A. Esteves" de Temperley, a partir del 16 de octubre de 2017.
Que resulta pertinente señalar que mediante Resolución N 380 E /2017 del Ministerio de Salud, se designó a la agente "ad referéndum" del Poder Ejecutivo, a partir del 16 de octubre de 2017, en un cargo de Planta permanente.
Que según lo informado por la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el Ministerio de Salud, la persona que nos ocupa se encuentra percibiendo haberes conforme las condiciones en las que fuera designada por el acto administrativo citado precedentemente, a partir de la fecha que allí se indica.
Que con el dictado de la presente se convalida y regulariza la designación de la postulante.
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña de forma efectiva en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, contando la mencionada jurisdicción con el cargo que se pretende cubrir, con la vacante producida por el cese en el cargo de Anunciación SCOCOZZA, concretado mediante Resolución 11112 N 298/17, contemplada en el presente Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N 15.394.
Que en ese marco y en razón de su competencia, la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud se encuentra tramitando conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires, las actuaciones administrativas necesarias a fin de efectivizar la adecuación presupuestaria que devengue la presente designación dentro del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N 15.394.
Que asimismo, se solicitó se le otorgue a la postulante la bonificación que prevé el Decreto N 4978/84, por desempeñar tareas en un establecimiento de atención de enfermos mentales.
Que el decreto mencionado en el acápite precedente, en su artículo 2, fijó el otorgamiento de una bonificación del 15% del sueldo correspondiente a su categoría para el personal de Enfermería Enfermeros y Auxiliares de Enfermería que desempeña sus tareas en forma estable en horario nocturno en establecimientos hospitalarios provinciales, haciendo extensiva tal bonificación a la totalidad del personal de dicha área asistencial que presta servicios en cualquier otro turno en establecimientos o servicios considerados insalubres, infectocontagiosos o de atención de enfermos mentales, entrando en vigencia a partir del 1 de agosto de 1984.
Que por el artículo 4 inciso b del Decreto - Ley N 9650/80 texto ordenado por Decreto N 600/94, se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciba.
Que consecuentemente, resulta procedente dejar establecido que Amanda Belén MARTINEZ, debe efectuar el aporte previsional mensual al que se alude en el párrafo precedente, en virtud de que el establecimiento en el que se desempeña, es considerado insalubre mediante Resolución N 164/72, a los efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71.
Que, por el Decreto N 99/2020 se incorporó al Decreto N 272/17 E el artículo 4 bis, mediante el cual se delegó en el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de designar al personal comprendido en el artículo 7 incisos 1 y 2 de la Ley N 10.471 y al personal previsto en la Ley N 10.430 que cumpla tareas esenciales y que desempeña servicios efectivos en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, previo requerimiento fundado por la Dirección Provincial de Hospitales, o aquella que en el futuro la reemplace.
Que asimismo, el artículo 11 del mencionado Decreto N 272/17 E, modificado por el Decreto N 99/2020, establece que deberán tomar intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, intervenciones que se encuentran acreditadas en las presentes actuaciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/17 E y su modificatorio Decreto N 99/2020, de conformidad con lo establecido en los artículos 147 y 148 de la Ley N 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96.
Por ello,
SECCIÓN OFICIAL > página 29

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/03/2023 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha30/03/2023

Nro. de páginas161

Nro. de ediciones3426

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/08/2024

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