Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/08/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 16 de agosto de 2022

con relación a los estados contables auditados por el ejercicio económico número diez, comprendido entre el 01/05/2019 y el 30/04/2020 en lo que hace a los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Bahía Blanca, en base a los fundamentos expuestos en el Considerando Séptimo y con sujeción a lo detallado en los Resultandos XVIII y XIX y a los requerimientos documentales exigidos por la Relatoría actuante.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de la cuestión tratada en el Considerando Segundo apartado I.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo y Tercero y en base a la determinación realizada en el Considerando Quinto aplicar una Amonestación al Presidente del Directorio Ricardo Daniel TAPIA y Llamado de Atención a los Directores de la Sociedad: Pablo Mariano ROMERA, José Ignacio LÓPEZ, Francisco Guillermo FERNÁNDEZ SOLARI, Federico Gabriel TUCAT y Walter Iván LARREA y al Presidente del Directorio Tomás Adrián MARISCO Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N
10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar el gasto a que hace referencia el Considerando Segundo apartado III con formulación de cargo de $810.163,56, por el que responderán el Presidente de la Sociedad Tomás Adrián MARISCO en solidaridad con los Directores titulares Pablo Mariano ROMERA, José Ignacio LÓPEZ, Francisco Guillermo FERNANDEZ SOLARI, Federico Gabriel TUCAT y Walter Iván LARREA Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento definitivo del Honorable Tribunal de Cuentas sobre el tema tratado en el Considerando Cuarto y disponer que la Delegación Zonal y la Relatoría tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el ex Presidente del Directorio Fabián Gustavo LLITERAS, el Presidente del Directorio Tomas Adrián MARISCO, los Directores de la Sociedad: Santiago Andrés ROMANELLI, Ricardo Andrés CASTILLO, Jorge Oscar LONGONI, Andrea Vanina GONZÁLEZ, María Belén LOREA, Paulo José GARAT, Pablo Martín ROSENFELT y Marcos STREITENBERGER y los Síndicos Ariel Jorge HOSNI, Juan Alberto PERAL, Silvio Gabriel EDILSTEIN y María Belén SERRA, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Formular la recomendación del presente ejercicio que se indica en el Considerando Sexto y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de la cuenta.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a Ricardo Daniel TAPIA, Tomás Adrián MARISCO, Pablo Mariano Romera, Marcelo Fernando ALONSO, José Ignacio LÓPEZ, Francisco Guillermo FERNÁNDEZ SOLARI, Federico Gabriel TUCAT, Walter Iván LARREA, Fabián Gustavo LLITERAS, Santiago Andrés ROMANELLI, Ricardo Andrés CASTILLO, Jorge Oscar LONGONI, Andrea Vanina GONZÁLEZ, María Belén LOREA, Paulo José GARAT, Ariel Jorge HOSNI, Juan Alberto PERAL, Silvio Gabriel EDILSTEIN, María Belén SERRA, Pablo Martín ROSENFELT y Marcos STREITENBERGER, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que proceden a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 108/9 cargo-pesosCBU 0140999801200000010893 a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten, dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38º de la Ley N 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar constancia que el examen de cuentas por parte del Honorable Tribunal de Cuentas, no implica liberación de otras responsabilidades para los titulares y autoridades de la sociedad respecto de aspectos controlados por otros organismos que pudieran afectar los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Bahía Blanca a partir de su participación societaria.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente, al Relator de la Vocalía Municipalidades A, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Bahía Blanca y a la Municipalidad de Bahía Blanca - Bahía Transporte SAPEM.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimientos Resolución Nº 18/2016
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente Fallo que consta de once fojas; firmarlo en un ejemplar, publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas y reservar el Expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el Artículo Séptimo. Cumplido, archívese.
Fallo: 302/2022
Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Gustavo Eduardo Diez, Jaime Oscar López Muro.
Rubricado: Ricardo César Patat.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 04/08/2022
N de Expediente: 2-027.10-2020
Ente u Organismo: Consejo Escolar de Coronel Suárez Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta presentada por el CONSEJO ESCOLAR DE CORONEL SUÁREZ
correspondiente al Ejercicio 2020, conforme se expone en el Considerando Segundo.

SECCIÓN OFICIAL > página 57

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/08/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/08/2022

Nro. de páginas108

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

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