Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 07 de junio de 2022

definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Hugo Manuel MARTÍNEZ; Ángel Rafael RAMÍREZ; María Fernanda IRIONDO
TELLECHEA; Hugo Aníbal CASTOLDI; Ángel Hernán Horacio RALINQUEO; Cecilia Vanesa PEZZELATTO; Carolina GUILLERMÓ; Marcela Edith DONATELLI y Nadia ZACCARO, de lo dispuesto en los Artículos precedentes. Asimismo se le hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la Resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15
días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar al Ministerio de Economía el desequilibrio incurrido de acuerdo a lo tratado en el Considerando Tercero apartado 1.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente Resolución a la Municipalidad de 25 de Mayo - Hospital Saturnino Unzué, a la Municipalidad de 25 de Mayo, a la Relatoría actuante y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubríquese por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires la presente resolución que consta de catorce fojas;
publíquese en el Boletín Oficial, y en la página electrónica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 26/05/2022
N de Expediente: 4-001.0-2020
Ente u Organismo: Municipalidad de Adolfo Alsina Ejercicio: 2020
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de ADOLFO ALSINA, ejercicio 2020 acorde a lo expresado en el Considerando undécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el considerando segundo apartado 1-4 y cuarto acápites 3-2, 3-4-1 y 3-4-2.
ARTÍCULO TERCERO: Disponer que los funcionarios tomen nota de lo manifestado en el considerando séptimo, apartado 6-1-1.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos reseñados en los considerandos segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo y en base a la determinación practicada en el considerando décimo, disponer la aplicación de una multa de $30.000,00 al Intendente Municipal Sr. Javier Andrés y de $25.000,00 al Contador Municipal Sr. Julián Ezequiel Krieger y sendas amonestaciones a la Tesorera Municipal Sra. Gladys Carmen Nielsen, al Secretario de Hacienda Sr. Marcos Fabián Ebertz, a la Responsable del Sistema de Administración de Bienes Físicos Sra. Sandra Elizabet Stoessel, a la Secretaria de Desarrollo Humano Sra. Paola Soledad Freites, a la Directora de Rentas Sra. Patricia Viviana Donates, al Intendente Municipal Sr. David Abel Hirtz y al Asesor Letrado Sr. Carlos Gustavo Suárez Artículo 16 de la Ley nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las cuestiones abordadas en los considerandos octavo - Apartado 1 Artículo Octavo considerando sexto, apartado 6-2 y noveno artículo octavo, considerando octavo, acápite 7-2-2, del fallo dictado respecto de la cuentas correspondientes al ejercicio 2019, y declarar que los Sres. David Abel Hirtz, Javier Andrés, Carlos Gustavo Suárez y Fermín Volpe, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, apartado 2 dejar sin efecto la reserva dispuesta por el Artículo Octavo considerando séptimo, apartado 7-1-1 del fallo dictado respecto de las cuentas del ejercicio 2018, referido al Subsidio otorgado a la Asociación Cooperadora del Instituto Mariano Moreno, notificando tal circunstancia al Intendente Municipal David Abel Hirtz, al Contador Municipal Julián Ezequiel Krieger y a la Secretaria de Hacienda Sra. María Fernanda Reiser.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Notificar a los Sres. Javier Andrés, Julián Ezequiel Krieger, Marcos Fabián Ebertz, David Abel Hirtz Carlos Gustavo Suárez, Fermín Volpe y a las Sras. Gladys Carmen Nielsen, Sandra Elizabet Stoessel, Paola Soledad Freites, Patricia Viviana Donates y María Fernanda Reiser de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias un plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 multas Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Adolfo Alsina y al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el considerando quinto.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintiséis fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas y reservar este
SECCIÓN OFICIAL > página 53

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/06/2022

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones3408

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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