Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/03/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 30 de marzo de 2022

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-423668-17 la Resolución Nº 968754 de fecha 09 de marzo de 2022.
RESOLUCIÓN Nº 968.754
VISTO el expediente N 21557-423668-17 por el cual Juan Eduardo NICOLINI, solicita el beneficio de JUBILACION
ORDINARIA, en los términos del DecretoLey N 9650/80 T.O. 1994, y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento del titular, por lo que corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que han sido computados servicios de extraña jurisdicción;
Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al cese;
Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1º. RECONOCER que a Juan Eduardo NICOLINI, con documento DNI N 11.595.549, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACION ORDINARIA equivalente al 80% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Directora de 2da. Enseñanza Media o Técnica 1 Turno - Jornada Completa - Secundaria con 31 años, desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del 1 de febrero de 2018 hasta el 18 de agosto de 2018, fecha en que se produce su fallecimiento.
ARTÍCULO 2. VERIFICAR si percibió Anticipo Jubilatorio, y en su caso, descontar de las sumas que correspondan atento el artículo anterior.
DECLARAR de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas resultantes a favor del causante.
ARTÍCULO 3º. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados artículo 74 del Decreto-Ley N 9650/80 T. O. 1994.
ARTÍCULO 4º. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Remitir al Departamento Inclusiones. Hecho, girar a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes. Dar trámite, al Expediente N 21557-558926-21 dando intervención a los Organismos Asesores.
Departamento Resoluciones Marina Moretti, Presidenta mar. 23 v. mar. 30
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el expediente Nº 2350-103740-01 La Resolución Nº 943.869 de fecha 20 de enero de 2021.
Además Intima a los herederos de Abel Cayetano Passarello, DNI 5.363.020, a que paguen dentro del plazo de 10 diez días la suma de $522.056,55 pesos Quinientos Veintidós Mil Cincuenta y Seis con 55/100, con más los intereses calculados hasta la fecha de su efectivo pago, que se le reclama al causante en concepto de HABERES percibidos indebidamente, conforme a lo establecido en la Resolución N 943869, que se transcribe, dictada en el Expediente N
2350-103740-01. En su defecto se los intima por el mismo plazo a celebrar un convenio de pago con el Instituto de Previsión Social por la suma indicada, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio. Asimismo, vencido el plazo indicado sin que se verifique el pago o la celebración del convenio de pago, se los deja intimados a los derechohabientes del titular de la deuda, a que procedan a abrir la sucesión dentro del término de 30 días de notificados y denunciar su radicación dentro de los diez de , decretada su apertura, bajo apercibimiento de instar el recupero judicial de las sumas adeudadas a éste Instituto de Previsión Social de conformidad con lo establecido en el art. 729 Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires.
RESOLUCIÓN Nº 943.869
VISTO, el expediente N 2350-103740-01 correspondiente al Sr. Abel Cayetano PASSARELLO, DNI 5.363.020 en el cual se ha practicado deuda por haberes percibidos indebidamente y;
CONSIDERANDO, Que por Resolución N 489.091/01, se acordó beneficio de Jubilación por Edad Avanzada, por servicios desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, a partir del cese definitivo en tareas, el que se concreta el 01/09/2002;
Que del cruce informático realizado entre la base de datos de la ANSeS se detectó que el 22/08/2011 el titular reingresó a la actividad prestando tareas comunes, en incompatibilidad con la percepción de haberes en esta sede, conforme lo normado en el Art. 60 del Decreto-Ley N 9650/80;
Que este Instituto por Resolución N 865.633 del 16 de mayo de 2017, ordenó suspender preventivamente el beneficio obtenido, medida que no llegó a efectivizarse con motivo de haber acompañado renuncia en dichas tareas a partir del 01/06/2017. En este entendimiento puede verse que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y boncreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneficiada, por todo lo que hubiere percibido de manera indebida, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726,766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley N 9650/80 y lineamientos establecidos en la Resolución N

SECCIÓN OFICIAL > página 57

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/03/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha30/03/2022

Nro. de páginas107

Nro. de ediciones3422

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/08/2024

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