Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/02/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 23 de febrero de 2022

ARTÍCULO CUARTO: Desaprobar los importes correspondientes a partidas presupuestarias excedidas a que hace referencia el Considerando Segundo inciso 5 con formulación de cargo de $33.252,74 por el que responderán el Director del Organismo Carlos Paulino AVILA en solidaridad con el Contador del Ente Diego Germán PARRAVICINI Artículo 16 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia del cumplimiento de las recomendaciones efectuadas en el ejercicio anterior y formular la del presente ejercicio, según se indica en el Considerando Tercero y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de cuenta.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Carlos Paulino ÁVILA, Diego Germán PARRAVICINI, María Silvina RENAUD y Germán Manuel ESPINOZA de lo resuelto en los artículos precedentes y fijarle plazo de noventa 90 días a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales Nº 1865/4 Multa-pesos - CBU 0140999801200000186543 y/o Nº 108/9 cargos-pesos CBU 0140999801200000010893, ambas a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten, dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar al Relator de la Vocalía a cargo del estudio de cuentas, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Tres Arroyos y a la Municipalidad de Tres Arroyos Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos. Por último al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el Considerando Segundo inciso 4.
ARTÍCULO OCTAVO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de nueve fojas, firmarlo en un ejemplar y reservar el expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento, durante los términos fijados en el Artículo Sexto.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 16/12/2021
N de Expediente: 4-096.0-2002
Ente u Organismo: Municipalidad de Ramallo Ejercicio: 2002
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, modificar el cargo de $73.541,28, que se confirmara a través del artículo tercero, considerando tercero del fallo recurrido, dejándolo sin efecto hasta la suma de $41.217,03 por la que se responsabilizara por la suma de $41.216,71 a la Contadora Municipal Elizabet Susana Mamberto en solidaridad con la Tesorera Municipal Marta Beatriz Oliveros y por la suma de $0,32 a la Contadora Municipal Mabel Noemí Theas en solidaridad con la Tesorera Municipal Marta Beatriz Oliveros manteniéndolo por la suma de $32.324,25, por la que responderá por la suma de $29.469,29 la Contadora Municipal Elizabet Susana Mamberto en solidaridad con la Tesorera Municipal Marta Beatriz Oliveros y por la suma de $2.854,96 la Contadora Municipal Mabel Noemí Theas en solidaridad con la Tesorera Municipal Marta Beatriz Oliveros artículo 39 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a las Sras. Elizabet Susana Mamberto, Marta Beatriz Oliveros y Mabel Noemí Theas, lo resuelto en el artículo primero, y fijarles un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 108/9 CBU 0140999801200000010893 - Cargos, a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para su conocimiento.
ARTÍCULO CUARTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 de este Honorable Tribunal de Cuentas el presente fallo que consta de ocho fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el plazo fijado en el artículo segundo. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 16/12/2021
N de Expediente: 4-096.0-2014
Ente u Organismo: Municipalidad de Ramallo Ejercicio: 2014
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando único, dejar sin efecto el cargo de $16.165,75
que fuera dispuesto por medio del artículo octavo considerando séptimo - Apartado 2 de la sentencia dictada el 17 de marzo de 2016, por el que resultaban responsables el Intendente Municipal Walter Ariel Santalla, en solidaridad con el Secretario de Presupuesto y Hacienda Pablo Alejandro Acosta, con el Responsable de la Unidad Ejecutora, Secretaria de Desarrollo Humano María Alejandra Signo y con el Contador Municipal Matías Martín Bersano artículo 39 de la Ley Nº
SECCIÓN OFICIAL > página 74

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/02/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha23/02/2022

Nro. de páginas137

Nro. de ediciones3419

Primera edición02/07/2010

Ultima edición29/07/2024

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