Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 17 de febrero de 2022

retome la presente cuestión e informe al respecto.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar constancia sin otro alcance de la observación que fuera mantenida en reserva en virtud del Artículo Cuarto -Considerando Cuarto del Fallo N 436/2019, conforme lo manifestado en el Considerando Noveno. Comunicar a la Unidad Ejecutora PROMEBA lo manifestado en el mencionado Considerando.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión tratada en el Considerando Décimo proveniente del Artículo Cuarto -Considerando Sexto del Fallo N 436/2019 correspondiente al Ministerio de Desarrollo SocialEjercicio 2017, liberando de responsabilidad a los señores Joaquín Ignacio TOMÉ, Leandro Iván CHULAK y Luis Adrián EPIFANIO.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión tratada en el Undécimo proveniente del Artículo Cuarto -Considerando Séptimo del Fallo N 436/2019 correspondiente al Ministerio de Desarrollo SocialEjercicio 2017, liberando de responsabilidad a los señores Joaquín Ignacio TOMÉ y Leandro Iván CHULAK.
ARTÍCULO DÉCIMO: Dar por cumplidas las tareas encomendadas a la Relatoría, acorde lo expresado en el Considerando Cuarto, Octavo, Noveno, Décimo y Undécimo.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los señores a los Santiago LOPEZ MEDRANO, Joaquín Ignacio TOME, Leandro Iván CHULAK, Guillermo Javier GONZÁLEZ MORENO, Ezequiel Patricio PAZOS VERNI, Pablo Roberto FUENTES, Gabriel Osvaldo MERCURI, Alejandro Guillermo KECK, Iván RABADE, Pilar MOLINA, Facundo SOSA, Alberto Maximiliano GOMEZ, Felipe GRANILLO FERNÁNDEZ, Verónica Yael BUSTOS, Luis Adrián EPIFANIO, Ernesto Alfredo CORONADO, e Ignacio GIRADO de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos;
haciéndoseles saber en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10869
y sus modificatorias.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al señor Gobernador Artículo 144 de la Constitución Provincial, al señor Ministro de Desarrollo Social y Subsecretario Técnico Administrativo de dicho Organismo, a los señores Presidentes de las H. Cámaras de Diputados y Senadores como complemento de la Cuenta General del Ejercicio control de mérito, al señor Contador General de la Provincia Artículos 91 a 96 de la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control Nº 13767 y al señor Tesorero General de la Provincia.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de 28
fojas, comuníquese a los funcionarios de la Vocalía Administración Central, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 11/03/2021
N de Expediente: 1-267.0-2018
Ente u Organismo: Ministerio de Justicia Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Ministerio de Justicia - Ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Decimocuarto en Disidencia. Dadas las dificultades de acceso a la información experimentadas por la auditoría a raíz de la implementación del SIGAF, teniendo en cuenta las responsabilidades asumidas al respecto por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la presente aprobación deja debida constancia de la eventual asignación de responsabilidades a los funcionarios actuantes, en caso de configurarse el supuesto descripto en el Considerando Decimocuarto del Voto en Disidencia. Ello, a los efectos de salvaguardar el ejercicio de las atribuciones y deberes de este H. Tribunal de Cuentas, sin perjuicio del efecto de cosa juzgada inherente al Fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la ley 10.869 y modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el Considerando Segundo, comunicar a las autoridades de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa del Ministerio de Justicia lo dispuesto en el mismo y encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la presente cuestión e informe al respecto.
ARTÍCULO TERCERO: Dar por subsanada la observación respecto al agentes Santiago CAVANA, dejar constancia sin otros alcances de la cuestión referida al agente Julio Cesar CENTURELLI, y mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires con relación al caso del agente Gustavo Omar PONCE, conforme lo indicado en el Considerando Tercero. Encomendar a la Relatoría actuante en el próximo ejercicio que retome la cuestión e informe al respecto. Declarar que los señores Máximo LITVINOV GAMBOA, Darío Ignacio CABEZA, Mauro PALUMBO, Matías QUIERO SILVA, Paula SAVARIANO y Leandro Tomás CORSI no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
Comunicar a la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales las cuestiones tratadas en el mismo Considerando, a sus efectos.
Comunicar a la Subsecretaria Legal, Técnica y Administrativa y a las autoridades del Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible OPDS a los efectos.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Decimotercero, aplicar: Llamado de Atención a los señores Elea PELICHE, Juan José BARIC Juan Martin ZABALETA, Leonardo JAKIM, Luis María FERELLA, Marcos ROSPIDE, Matías QUIERO SILVA, Paula SAVARIANO, Silvina GILES, Mariano RODRIGUEZ, Rosario Marcela SANCHEZ, Santiago German LEO, Santiago AVILA y Xavier ARESES. Artículo 16 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión surgida del Artículo Cuarto -Considerando
SECCIÓN OFICIAL > página 73

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/02/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha17/02/2022

Nro. de páginas156

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728