Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 13 de octubre de 2021

RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Clasificar y categorizar al alojamiento turístico hotelero denominado Hotel España, cuyo titular de la explotación comercial es José Antonio GONZALEZ GONZALEZ CUIT N 20- 92003525-7, ubicado en la calle en la calle Avenida Luro N 2954/2958 de la localidad de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, como HOTEL TRES
ESTRELLAS del Registro de Hotelería y Afines, conforme lo declarado en el formulario de inscripción y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Determinar que, el titular de la explotación comercial del establecimiento hotelero mencionado, deberá adecuar la documentación y el material de propaganda y/o difusión a la modalidad y categoría conferida, debiendo exhibir en el frente del establecimiento el certificado de categoría otorgado por esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Establecer que la información brindada por el solicitante en su presentación ante esta Subsecretaría tiene carácter de Declaración Jurada y surte efectos de presunción de verdad, por lo que toda conducta o acción realizada en defecto o detrimento de ello importará falta y será pasible de sanción.
ARTÍCULO 4º. Dejar constancia de que, conforme el artículo 15 del Anexo 1 de la Resolución N 23/2014, la categoría otorgada tiene una vigencia de tres 3 años contados a partir de la suscripción de la presente, por lo que el titular de la explotación comercial deberá solicitar la recategorización respectiva tres 3 meses antes del vencimiento de dicho plazo.
Del mismo modo deberá proceder en caso de cese, suspensión por más de doce 12 meses o incorporación de servicios o elementos constructivos que puedan importar la modificación del nivel concedido.
ARTÍCULO 5º. Dejar asentado que, el establecimiento dentro del periodo de vigencia de la categoría otorgada, deberá contar con una habitación para personas con discapacidad motriz conforme con lo establecido por la Ley Nacional N
22431 artículos 20 y 21 y su Decreto Reglamentario N 914/97, Ley Provincial N 10592 artículo 24 y su Decreto Reglamentario N 1149/90 artículo 1, Ley de Turismo Accesible N 25643, Ley de Adhesión de la Provincia de Buenos Aires N 14095 y Resolución de la entonces Secretaría de Turismo N 23/14. El no cumplimiento constituirá falta punible conforme Decreto N 13/14.
ARTÍCULO 6º. Registrar y comunicar. Cumplido, archivar.
Maria Soledad Martinez, Subsecretaria.

RESOLUCIÓN N 194-SSTMPCEITGP-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 6 de Octubre de 2021
VISTO el expediente electrónico N EX-2021-05435793-GDEBA-DRYFMPCEITGP, las Leyes N 13.531 y 14.209, los Decretos N 325/2011, 13/2014 y 54/2020 y las Resoluciones N 267/2011 y 23/2014 de la entonces Secretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 14.209 declara al turismo de interés provincial como proceso socioeconómico esencial y estratégico para el desarrollo de la Provincia de Buenos Aires y tiene por objeto el fomento, el desarrollo, la planificación, la investigación, la promoción y la regulación de los recursos y la actividad turística;
Que la Ley Nº 13.531 crea en el ámbito de la autoridad de aplicación el Registro Provincial de Campamentos Turísticos en el que deberán inscribirse los respectivos establecimientos que hayan cumplimentado los requisitos establecidos para su habilitación;
Que el Decreto Nº 325/11 designa como autoridad de aplicación del régimen establecido por la Ley Nº 13531 y la reglamentación que se aprueba a la Secretaría de Turismo;
Que el Decreto reglamentario Nº 13/14 establece que la autoridad de aplicación de la misma será la Secretaría de Turismo u organismo que en el futuro la reemplace;
Que el Decreto Nº 54/2020 aprobó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, y estableció que corresponde a la Subsecretaría de Turismo, dependiente del mismo, entender en los asuntos relacionados al cumplimiento de la Ley Nº 14.209 y sus modificatorias;
Que la Resolución Nº 267/11 de la entonces Secretaría de Turismo, en su Anexo Único, regula la actividad de los campamentos turísticos y de camping, además de establecer los requisitos para la inscripción y funcionamiento de los mismos y determinar las categorías y los servicios que deben reunirse en cada una de ellas;
Que por la Resolución Nº 23/14 del entonces Secretario de Turismo, se creó el Registro de Prestadores Turísticos en el cual deben inscribirse los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en el territorio provincial, incorporando al mismo el Registro Provincial de Campamentos Turísticos;
Que por las presentes tramita la categorización en el Registro Provincial de Campamentos Turísticos del establecimiento denominado Autocamping Las Toninas legajo Nº 51, ubicado en la calle 40 entre 31 y Ruta las Toninas de la localidad de Las Toninas partido de La Costa, cuyo titular de la explotación comercial es Teresa GOTA SAN JUAN CUIT Nº 2792317206-3;
Que en orden 2 obra copia del DNI de titular de explotación comercial IF-2021-05407130-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en el orden 3 constancia de habilitación municipal IF-2021-05241475-GDEBA-DRYFMPCEITGP, en orden 22, contrato de comodato del establecimiento como vínculo que legitima la posesión del mismo IF-2021-24397115-GDEBADRYFMPCEITGP;
Que en orden 4 obra planilla de inspección suscripta por los inspectores actuantes y personal del establecimiento IF-202105463391-GDEBA-DRYFMPCEITGP y en el orden 5 fotografías tomadas en el lugar por los inspectores actuantes para determinar el estado del edificio y su entorno, la fachada, lugares e instalaciones de uso común para el campista IF-202105229188-GDEBA-DRYFMPCEITGP;
Que, en cuanto al uso del Libro de Reclamos y Sugerencias, se reemplaza el de formato papel por uno de formato digital, que se pondrá a disposición del establecimiento una vez finalizada la inscripción en el Registro Provincial de Campamentos
SECCIÓN OFICIAL > página 40

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/10/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha13/10/2021

Nro. de páginas122

Nro. de ediciones3399

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/06/2024

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