Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/09/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 30 de septiembre de 2021

en el marco de lo establecido por el artículo 143 de la Ley Nº 10.430 texto ordenado por Decreto N 1869/96, reglamentada por Decreto N 4161/96, en la planta permanente, a Horacio Andrés RUTZ DNI 33.055.249- Clase 1987 Categoría 5 - Clase 3 - Grado XII - Agrupamiento 2. Personal Obrero Electricista Instalador Medio Oficial - Código: 2-0059XII-3 - cuarenta y ocho 48 horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr.
Diego Paroissien" de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, limitando a partir de la fecha precitada la asignación que posee como personal becario.
ARTÍCULO 2. La designación concretada por el artículo precedente tiene carácter provisional y adquirirá estabilidad transcurridos seis 6 meses a partir de la fecha de toma de posesión del cargo, de conformidad con lo establecido por el artículo 6 de la Ley Nº 10.430 texto ordenado por Decreto Nº 1869/96, reglamentada por Decreto Nº 4161/96.
ARTÍCULO 3. Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación de la presente, el agente mencionado en el artículo 1 de estas actuaciones, deberá efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16 % sobre la remuneración que perciba, de conformidad con lo establecido por el artículo 4 inciso b del Decreto-Ley N 9650/80 Texto OrdenadoDecreto N 600/94, en virtud de que la función inherente al cargo en el que se desempeñará, es considerada insalubre a los efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71, mediante Resolución N 1217/92.
ARTÍCULO 4. Otorgar, a partir de la fecha de notificación de la presente, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento 15 % del sueldo básico del cargo en que es designado Horacio Andrés RUTZ D.N. 33.055.249 - Clase 1987, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el Hospital Interzonal General de Agudos "Cirujano Mayor Dr. Diego Paroissien" de La Matanza, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de acuerdo a lo normado por el Decreto Nº 1265/14.
ARTÍCULO 5. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 - Unidad Ejecutora: 103 - Programas: 0020 Subprogramas: 001 - Actividad: 01 - Ubicación Geográfica: 427 - Finalidad 3 - Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 - Régimen Estatutario 01 - Agrupamiento 2. Personal Obrero Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N 15.225.
ARTÍCULO 6. Registrar, notificar, comunicar, publicar y dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro.

MINISTERIO DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
RESOLUCIÓN Nº 1131-MDCGP-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 9 de Junio de 2021
VISTO el expediente EX-2021-05462747-GDEBA-DSTAMDCGP por el cual se propicia la conformación de un Equipo Interdisciplinario en el ámbito de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 14.893 establece la "Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia" destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria, de la provincia de Buenos Aires cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan;
Que mediante el Decreto Nº 121/20, Anexo Único IF-2020-03870390-GDEBA-SSLYTSGG, se reglamenta la citada Ley;
Que por el artículo 11 del referido Anexo se estipula que cada organismo de la Administración Pública Provincial y las sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria deberán conformar un Equipo Interdisciplinario en el ámbito de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal u oficina de personal que haga sus veces, integrado por los/las profesionales de la abogacía, psicología, trabajo social, y toda otra profesión idónea para el abordaje de la problemática de la violencia de género, y por un/a representante designado/a por la máxima autoridad del organismo;
Que el artículo 12 del Decreto mencionado determina las funciones asignadas al Equipo Interdisciplinario;
Que se ha realizado en esta Jurisdicción un relevamiento dentro de las reparticiones bajo su órbita, de los/las profesionales de la abogacía, psicología, trabajo social, y toda otra profesión idónea para el abordaje de la problemática de la violencia de género, a fin de conformarlo;
Que el Equipo Interdisciplinario se integra habiendo cumplido con los criterios de idoneidad, establecidos por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual;
Que el citado Equipo, en el marco de las funciones establecidas por los artículos 12 y 13 del Anexo aprobado por el Decreto N 121/20, preservará el derecho a la intimidad de la trabajadora y guardará estricta reserva sobre toda documentación e información a la que acceda, las que tendrán carácter reservado y confidencial;
Que en número de orden 23 IF-2021-05990592-GDEBA-DDDPPMDCGP se detallan los datos de las personas que conforman el Equipo Interdisciplinario en el ámbito de este Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, compuesto por Maitena Yanil Villegas Abogada, Lucía Gorelik Economista, Claudia Serrano Abogada, Soledad Jurao Psicóloga, Florencia Cadario Abogada y Soledad Mujica;
Que a su vez se consignan los datos de las integrantes del referido Equipo en el marco del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia de este Ministerio, conformado por María Eva Córdoba Trabajadora Social, Candelaria Medina Abogada, Gimena Ojeda Socióloga y Mg. En Género y Políticas Públicas, Mariana Quintana Comunicadora Social, Constanza Chasco Diseñadora, Julia Centeno Filosofía y Daniela Peirano Ilustradora;
Que dicho Equipo Interdisciplinario se integra habiendo cumplido con los criterios de idoneidad, establecidos por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual;
Que el Equipo de mención en el marco de su participación en la Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia, preservará el
SECCIÓN OFICIAL > página 37

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/09/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha30/09/2021

Nro. de páginas122

Nro. de ediciones3420

Primera edición02/07/2010

Ultima edición30/07/2024

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