Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/07/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 20 de julio de 2021

Que corresponde dar intervención al Sector Gestión y Recupero de Deudas, a fin de formular cargo deudor, por haberes percibidos indebidamente, por el periodo comprendido entre el 1o de enero de 2010, fecha en que se produce el alta en planilla de pagos, hasta el 30 de noviembre de 2012, fecha en que se produce la efectiva baja del beneficio;
Que con fecha 11 de octubre de 2014, se produce el deceso del titular de autos, dejando constancia asimismo que con fecha 14 de diciembre de 2016, se agrega planilla de Juicios Universales, de la que se desprende que no se encuentra iniciado el sucesorio del causante, por lo que corresponde intimar a los herederos del causante a que formulen en el plazo perentorio de diez 10 días, propuesta de pago;
Que por todo lo expuesto, corresponde denegar el beneficio de Jubilación por Edad Avanzada al titular de autos, formular el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente, publicar edictos, a fin de notificar a los herederos que deberán presentar propuesta de pago;
Que contando con el dictamen los Organismos Asesores, y el dictamen de la Comisión de Prestaciones e Interpretación Legal;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE
ARTÍCULO 1. DENEGAR el beneficio de JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA a Julio FERNANDEZ, DNI N 4.381.186, atento los argumentos vertidos en los considerandos.ARTÍCULO 2. FORMULAR el cargo deudor por haberes percibidos indebidamente, por el periodo comprendido entre el 1o de enero de 2010, fecha en que se produce el alta en planilla de pagos, hasta el 30 de noviembre de 2012, fecha en que se produce la efectiva baja del beneficio;
ARTÍCULO 3. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto de Previsión Social, el interesado podrá interponer Recurso de Revocatoria, dentro del plazo de 20 días de notificado, de acuerdo al artículo 74 del Decreto Ley 9650/80.ARTÍCULO 4. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Cumplido Remitir al Sector Gestión y Recupero de Deudas.Departamento Resoluciones.
Eduardo Santin, Presidente.
jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el expediente Nº 21557-400797-17 la Resolución Nº 949.625 de fecha 16 de junio de 2021.RESOLUCIÓN Nº 949.625
VISTO el expediente Nº 21557-400797-17 por el cual Guillermo Osvaldo PEZZATI, solicita el beneficio de JUBILACIÓN
POR INVALIDEZ, en los términos del Decreto-Ley N 9650/80 T.O. 1994, y;
CONSIDERANDO:
Que durante la tramitación se produjo el fallecimiento de la titular, por lo que corresponde reconocer e! derecho que le asistía al goce del beneficio jubilatorio;
Que han sido computados servicios de extraña jurisdicción;
Que la fecha de comienzo del beneficio se determina a partir del día siguiente al cese;
Que respecto al pago de haberes sucesorios y teniendo en cuenta que por la presente se declara el derecho del causante no puede aplicarse el plazo transcurrido a los fines de la prescripción liberatoria, por lo que corresponde su pago;
Que contando con la vista del Fiscal de Estado;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. RECONOCER que a Guillermo Osvaldo PEZZATI, con documento DNI N 10.798.754, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACIÓN POR INVALIDEZ equivalente al 70% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Categoría 19 con 33 años de antigedad, desempeñados en el Instituto Provincial de Loterías y Casinos, el que debía ser liquidado a partir del 25 de septiembre de 2015 hasta el 7 de julio de 2017, fecha en que se produce su fallecimiento.
ARTÍCULO 2. VERIFICAR si percibió Anticipo Jubilatorio, y en su caso, descontar de las sumas que correspondan atento el artículo anterior. DECLARAR de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas resultantes a favor del causante.
ARTÍCULO 3. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados artículo 74 del Decreto - Ley N 9650/80 T. O. 1994.ARTÍCULO 4. REGISTRAR en Actas. Publicar Edictos. Remitir a! Departamento Inclusiones. Girar al Departamento Liquidación y Pago de Haberes, hecho, al Departamento Control Legal.
Departamento Resoluciones Eduardo Santin, Presidente.
jul 14. v. jul. 20
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-505266-19 la Resolución Nº 949030 de fecha 02 de junio de 2021.

SECCIÓN OFICIAL > página 104

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/07/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha20/07/2021

Nro. de páginas136

Nro. de ediciones3422

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/08/2024

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