Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 14 de junio de 2021

Personal y Responsable del Sistema de Administración de Personal Sra. Marcela Susana FIGUEROA, al Presidente del Honorable Concejo Deliberante Sr. Oscar José Anacleto FLORES, al Secretario de Economía y Responsable del Sistema de Presupuesto Sr. Gonzalo RONDA, al Secretario de Desarrollo Social Sr. Martín Alberto BAUTISTA, al Secretario de Salud Sr. Nicolás Alejandro MARINI, al Secretario General Sr. Diego Enrique MOGLIANSKI, a la Secretaria de Cultura y Educación Sra. Karina Reneé AZURMENDI, al Secretario de Deportes Sr. Juan Ignacio FORASTIERO, al Secretario de Desarrollo Social Sr. Alfredo Bautista RABINO, al Director de Asuntos Legales Sr. Fabián Gerardo PORRTILLO y a la Responsable del Sistema de Administración de Bienes Físicos Sra. Susana Esther PÉREZ artículo 16 de la Ley Nº 10.869
y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando séptimo, inciso 6, con formulación de cargode $87.548,95, por el que responderá el Intendente Sr. Carlos Alberto RONDA en solidaridad con el Secretario de Hacienda Sr. Gonzalo RONDA y con el Contador Municipal Sr. Jerónimo ROCATTI artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos segundo, incisos 9.2, 10.3, 12.1.1, 12.1.2, 12.1.3, 12.1.4 y 12.3; tercero, inciso 3.4; séptimo, incisos 1, 2, 3 y 4; octavo y noveno, incisos 1, 2 y 4 y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO OCTAVO: Declarar que los Sres. Carlos Alberto RONDA, Jerónimo ROCATTI, Carlos Roberto CARLI, José Luis CASTORINA, Daniel Alejandro ARTECA, Jorge Alberto PAREDI, Carlos Miguel EGUILIOR, Gustavo Pablo MASUELLI, Martín Alberto BAUTISTA, Mariano Andrés CENTENEO, Sergio Martín MURIAS y Fernando Agustín RÍOS y las Sras.
Karina Reneé AZURMENDI, Betina ZAMBOTTI, María Belén MURIAS, Marcela Susana FIGUEROA, María Eugenia MASSON, Daniela Andrea BLANCO, Ana Ester RAMÍREZ, María Victoria VIGLIANCHINO, Flavia Guillermina LAGUNÉ y Susana Esther PÉREZ, alcanzados por las reservas mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Organismo no se pronuncie concreta y definitivamente sobre el tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar constancia de lo manifestado sobre su responsabilidad con relación a los Sres. Jerónimo ROCATTI, Carlos Roberto CARLI y Nelson Fernando DRUCK y a la Sra. Betina ZAMBOTTI considerando séptimo, incisos 1 y 6.
ARTÍCULO DÉCIMO: Disponer el cese de la reserva del ejercicio anterior tratada en el considerando noveno, inciso 3, liberando de responsabilidad a los Sres. Carlos Alberto RONDA, Gonzalo RONDA, Alfredo Bautista RABINO, Juan Ignacio FORASTIERO, Jerónimo ROCATTI y Juan Bautista MARTINELLI y a las Sras. María Belén MURIAS, Marcela Susana FIGUEROA, Karina Reneé AZURMENDI, Betina ZAMBOTTI y Mónica María JOFRE.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres. y las Sras. Carlos Alberto RONDA, Mariano Andrés CENTENEO, Flavia Guillermina LAGUNÉ, José Luis CASTORINA, Leonardo DECIBE, Nilda Isabel GUZMÁN, María Eugenia MASSON, Nelson Fernando DRUCK, Jerónimo ROCATTI, Betina ZAMBOTTI, María Belén MURIAS, Marcela Susana FIGUEROA, Oscar José Anacleto FLORES, Gonzalo RONDA, Martín Alberto BAUTISTA, Nicolás Alejandro MARINI, Diego Enrique MOGLIANSKI, Karina Reneé AZURMENDI, Juan Ignacio FORASTIERO, Alfredo Bautista RABINO, Fabián Gerardo PORRTILLO, Susana Esther PÉREZ, Carlos Roberto CARLI, Daniel Alejandro ARTECA, Jorge Alberto PAREDI, Carlos Miguel EGUILIOR, Gustavo Pablo MASUELLI, Martín Alberto BAUTISTA, Sergio Martín MURIAS, Fernando Agustín RÍOS, Daniela Andrea BLANCO, Ana Ester RAMÍREZ, María Victoria VIGLIANCHINO, Juan Bautista MARTINELLI, Mónica María JOFRE, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente les corresponda a cada uno de ellos, y fijarle a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias un plazo de noventa días para que procedan a depositar los importes pertinentes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 CBU 0140999801200000010893 y Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 CBU 0140999801200000186543, a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT N 3066570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el considerando cuarto.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de MAR CHIQUITA, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cincuenta y dos fojas;
firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el artículo undécimo.
Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-075.0-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Mercedes Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Mercedes, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos reseñados en los Considerandos Primero, Segundo, Cuarto y Quinto de la presente Resolución, y conforme a la determinación efectuada en el Considerando Octavo, aplicar multa de $11.000,00 al
SECCIÓN OFICIAL > página 122

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha14/06/2021

Nro. de páginas137

Nro. de ediciones3409

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/07/2024

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