Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de junio de 2021

Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la acción, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes, previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de General Pueyrredón y a la Municipalidad de General Pueyrredón - OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO, para su conocimiento.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de dieciocho fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo noveno. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 3-120.2-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Tres Arroyos - Dirección de Vialidad Rural del Partido de Tres Arroyos Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la MUNICIPALIDAD DE TRES ARROYOS-DIRECCIÓN DE
VIALIDAD RURAL DEL PARTIDO DE TRES ARROYOS, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Cuarto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el Considerando Primero inciso 3.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Primero aplicar: Amonestación al Director Ejecutivo del Ente Héctor Eduardo POGGI y al Contador del Ente Mariano Echegoyen Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Formular la recomendación del presente ejercicio que se indica en el Considerando Tercero y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de cuenta.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a Héctor Eduardo Poggi y Mariano Echegoyen de lo dispuesto en el artículo anterior.
Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el Artículo 38 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contenciosa administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente resolución al Relator de la Vocalía a cargo del estudio de cuentas, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Tres Arroyos y a la Municipalidad de Tres Arroyos
Dirección de Vialidad Rural del Partido de Tres Arroyos.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de siete fojas, firmarlo en un ejemplar.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020.
N de Expediente: 3-120.3-2018.
Ente u Organismo: Municipalidad de Tres Arroyos - Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos.
Ejercicio: 2018.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad De Tres Arroyos - Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el Considerando Octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances de las cuestiones tratadas en el Considerando Tercero inciso 4.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Segundo, Tercero y Cuarto y en base a la determinación efectuada en el Considerando Séptimo, aplicar: Multa de $12.000,00 al Contador del Ente Diego Germán PARRAVICINI, y de $12.000,00 al Director del Organismo Descentralizado Carlos Paulino ÁVILA; Amonestación a la Tesorera del Ente María Silvina RENAUD y Llamado de atención al Jefe Compras Daniela Denise GULLOTA y al Responsable del Sistema de Bienes físicos Germán Manuel ESPINOZA Artículo 16 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar sin efecto la reserva establecida sobre la cuestión tratada en el Considerando Quinto, liberando de responsabilidad a Diego Germán PARRAVICINI y María Silvina RENAUD.
ARTÍCULO QUINTO: Formular la recomendación del presente ejercicio que se indica en el Considerando Sexto y encomendar a la Delegación Zonal su seguimiento e informe en el próximo estudio de cuenta.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a Carlos Paulino ÁVILA, Diego Germán PARRAVICINI, María Silvina RENAUD, Daniela Denise GULLOTA y Germán Manuel ESPINOZA de lo resuelto en los artículos precedentes y fijarle plazo de noventa 90
días a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 Multa-pesos-CBU 0140999801200000186543, a la orden del Sr.
Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires-CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten, dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de
SECCIÓN OFICIAL > página 95

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/06/2021

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones3413

Primera edición02/07/2010

Ultima edición19/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2021>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930