Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de junio de 2021

referida en el considerando octavo. Disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que los Sres. Carlos Alberto López Silva, Horacio Daniel Taccone, Sebastián Miguel DAndrea y Carlos Fernando Arroyo y las Sras. Carolina Crespo, Gabriela Mónica Martín, Gabriela Fernanda Garbagna, Gabriela Beatriz Rodríguez, María Paula Piñero, Florencia CASINI y Ana María Castañón, alcanzados por las reservas mencionadas, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Organismo no se pronuncie concreta y definitivamente sobre los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Dejar constancia de lo observado y manifestado en el considerando quinto respecto de las extralimitaciones verificadas al cierre del ejercicio en estudio, así como de la convalidación que sobre las mismas hiciera el Honorable Concejo Deliberante por imperio de lo dispuesto en el Artículo 32 de la Ley N 15.078, lo que inhibe la aplicación de sanciones por parte de este Honorable Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar a los Sres. Carlos Alberto López Silva, Horacio Daniel Taccone, Sebastián Miguel DAndrea y Carlos Fernando Arroyo y las Sras. Carolina Crespo, Gabriela Mónica Martín, Gabriela Fernanda Garbagna, Gabriela Beatriz Rodríguez, María Paula Piñero, Florencia CASINI y Ana María Castañón, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 CBU 0140999801200000018643, a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite, dentro del plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días, conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contenciosos administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la acción, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes, previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, lo manifestado en el considerando cuarto.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de General Pueyrredón y a la Municipalidad de General Pueyrredón - ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintinueve fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas;
reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo noveno. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 4-049.11-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de General Pueyrredón - Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público EMVIAL
Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de General Pueyrredón - ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO EMVIAL, ejercicio 2018, acorde lo expresado en el considerando séptimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia en la sentencia, sin otros alcances, del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos primero inciso 3 y segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, incisos 1 y 2, corresponde la aplicación de una amonestación al Presidente del Ente Sr. Pablo Gabriel Simoni incisos 1 y 2, al Contador del Ente y Responsable del Sistema de Crédito Público Sr. Christian Sebastián Potenza inciso 1, a la Responsable del Sistema de Administración de Ingresos Públicos Sra. Luciana Rodríguez inciso 1, al Responsable del Sistema de Presupuesto Sra.
Florencia Ricciardi inciso 2, Jefe del Departamento Alumbrado Público y Responsable del Programa Nº 16 Sr. Miguel Ángel Parisi inciso 2, Jefe del Departamento Ingeniería de Tránsito y Responsable del Programa Nº 17 Sr. Adrián Antonio Coali inciso 2, al Director de Obras y Responsable del Programa Nº 18 Sr. Pablo Daniel Faiella inciso 2, al Director de Conservación Urbana y Responsable de los Programas Nºs. 19 y 20 a partir del 01/07/18 Sr. Rodolfo Oscar Durrosier inciso 2 y al Director de Caminos Rurales y Responsable del programa Nº 20 Sr. Jorge Agustín Zabala inciso 2 Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Disponer que las autoridades tomen debida nota de lo expresado en el considerando primero, inciso 3.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia de las recomendaciones formuladas en el considerado sexto y encomendar a la Delegación Zonal la verificación allí indicada.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando cuarto, inciso 2-b, con formulación de cargo de $8.879,54 por el que deberá responder el Presidente del Ente Sr. Pablo Gabriel SIMONI Artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos tercero y cuarto, incisos 1 y 2-a y en virtud de las disidencias planteadas la cuestión referida en el considerando quinto. Disponer que la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO OCTAVO: Declarar que los Sres. Pablo Gabriel Simoni, Christian Sebastián Potenza y Bernabé Bermúdez Ullmann y las Sras. Luciana Rodríguez y Silvia Verónica Schupp, alcanzados por las reservas mencionadas, según
SECCIÓN OFICIAL > página 93

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/06/2021

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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