Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/04/2021 - Sección Oficial
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 23 de abril de 2021
13981, reglamentado por el artículo 18, inciso 1, apartado b del Anexo I del Decreto N 59/19, tendiente a lograr provisión de hélices para móviles fluviales, propiciada por la Dirección de Seguridad Islas y con destino a la misma, con un plazo de entrega de treinta 30 días a partir de la formalización del contrato, con un presupuesto oficial estimado de pesos un millón novecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos veintidós $1.945.422,00.
ARTÍCULO 4º. Aprobar los documentos que regirán el segundo llamado a la presente Contratación, con arreglo al Pliego de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Resolución N 76/19 del Contador General de la Provincia Anexo II y que, como Anexo I Planilla de Convocatoria, Anexo III Condiciones Particulares y Anexo IV Planilla de Cotización, se adjuntan y forman parte integrante de la presente Disposición como PLIEG-2021-09570592-GDEBA-DCYCMSGP, los que podrán ser consultados en el Portal: https pbac.cgp.gba.gov.ar.
ARTÍCULO 5º. Establecer que en el marco del segundo llamado a la Contratación Directa Nº 22/21 Proceso de Compra PBAC N 170-0120-PAB21 podrán presentar ofertas todos aquellos oferentes que hubieran descargado el pliego del portal https pbac.cgp.gba.gov.ar, a través de los formularios electrónicos disponibles en la plataforma PBAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en el Pliego de Condiciones Generales y Particulares, adjuntando en soporte electrónico todos y cada uno de los documentos que en ellos se solicitan.
ARTÍCULO 6º. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º será atendido con cargo a la siguiente imputación: Cuenta de Terceros - Policía Adicional - Ley N 7065 modificada por Ley N 13942/09:
Inciso 2 - Principal 9 - Parcial 6 $1.945.422,00.
ARTÍCULO 7º. Delegar por razones operativas en la Dirección de Compras y Contrataciones la determinación de la fecha y hora de apertura de ofertas y en consecuencia, determinar que el segundo llamado de la presente Contratación deberá publicarse y comunicarse en los términos previstos en los artículos 15 y 16 del Anexo I del Decreto Reglamentario N
59/19.
ARTÍCULO 8º. Establecer que el segundo llamado a la presente Contratación, se encuentra exceptuado de la suspensión de los procedimientos y plazos administrativos prevista en el artículo 1 del Decreto N 167/20.
ARTÍCULO 9º. Determinar que la Comisión de Preadjudicación para el tratamiento del segundo llamado de la Contratación Directa Nº 22/21 Proceso de Compra PBAC N 170-0120-PAB21, estará conformada por los miembros que seguidamente se detallan, los que deberán ajustar su accionar a lo establecido por el artículo 20 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, reglamentario de la Ley N 13981:
Nombres y Apellido
D.N.I. N
Dependencia
Sebastián A. MARCHI
25.952.792
Subsec. de Coord. y Log. Operativa
Norma A. BONADEO
32.666.648
Comisión de Preadjudicación
Carolina DOMANTE
28.675.785
Dirección General de Administración
ARTÍCULO 10. Determinar que la Comisión de Recepción Definitiva de los bienes objeto del segundo llamado de la Contratación Directa Nº 22/21 Proceso de Compra PBAC N 170-0120-PAB21, estará conformado por los miembros que seguidamente se detallan, los que deberán ajustar su accionar a lo establecido por el artículo 23, punto II, apartado 2 del Anexo I del Decreto Nº 59/19, reglamentario de la Ley N 13981:
Nombres y Apellido
D.N.I. N
Dependencia
Jesús Javier JAIME
20.464.755
Dirección de Seguridad Islas
Valeria Lorena POLERO
30.397.997
Dir. Gral. Legal y Técnica
Octavio Nicolás CEBALLO
32.175.363
Dirección de Compras y Contrataciones
ARTÍCULO 11. Dejar establecido que la provisión solicitada podrá ser aumentada hasta en un treinta y cinco por ciento 35%, de acuerdo a lo normado por el artículo 7, inciso b del Anexo I del Decreto N 59/19, reglamentario de las Ley N
13981 modificada por la Ley N 15165 y en las Condiciones Generales y Particulares, que rigen la presente Contratación.
ARTÍCULO 12. Establecer que la Dirección de Seguridad Islas será la unidad orgánica que actuará como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario, de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
ARTÍCULO 13. Registrar, comunicar al SINDMA y pasar a la Dirección de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.
Alicia Nilda Muñiz, Directora.
ANEXO/S
PLIEG-2021-09570592-GDEBADCYCMSGP
fede7b3e89ded97c44e976575284710ead7c70a3e79a446440444304fc0258a6 Ver
DISPOSICIÓN N 106-DGAMSGP-2021
LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 21 de Abril de 2021
VISTO el Expediente Electrónico EX-2021-7800290-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, mediante el cual se gestiona la autorización del llamado a la Contratación Directa Nº 30/21 Proceso de Compra PBAC N 170-0091-CME21, y la
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