Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/02/2020 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 20 de febrero de 2020

Que la mencionada ley en su Artículo 8 encomienda al Poder Ejecutivo, por vía de reglamentación, la creación de un programa de emergencia dirigido a los pequeños y medianos productores, a las cooperativas agropecuarias y comercios, que fomente el mantenimiento y la generación de empleo;
Que el registro permitirá a los productores inscriptos acceder, además de a los planes, programas y acciones que lleve adelante el Ministerio de Desarrollo Agrario, a los beneficios que oportunamente establezca el programa mencionado precedentemente;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N 15.164;
Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Crear en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario un Registro de Micro, Pequeñas y Medianas empresas MiPyMEs del sector agropecuario de la Provincia de Buenos Aires, AgroRegistro MiPyMEs, con el fin de obtener información de manera precisa para caracterizar, identificar las problemáticas puntuales y asistir de manera concreta a las necesidades del subsector.
ARTÍCULO 2. La inscripción al Registro creado por el artículo precedente deberá realizarse a través del sitio web del Ministerio de Desarrollo Agrario, en un micrositio específico que será identificado como tal, completando con carácter de declaración jurada el formulario de inscripción que como Anexo IF-2020- 02800684-GDEBA-SSTAYLMDAGP forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3. La inscripción al registro permitirá acceder a los beneficios que establezcan los programas que oportunamente cree el Poder Ejecutivo por vía de reglamentación, y a los planes, programas y/o acciones formulados o implementados por el Ministerio de Desarrollo Agrario, para el mencionado subsector.
ARTÍCULO 4. La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial y el SINBA. Cumplido, archivar.
Javier Leonel Rodríguez, Ministro.

ANEXO/S
ANEXO

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Ver
RESOLUCIÓN N 13-MCPGP-2020
LA PLATA, BUENOS AIRES
Viernes 14 de Febrero de 2020
VISTO el expediente N EX-2020-02866242-GDEBA-DDDPPMCPGP mediante la cual se propicia la designación de María Alejandra NOGUEIRA en el cargo de Directora Provincial de Prensa de la Subsecretaría de Producción y Contenidos del Ministerio de Comunicación Pública, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N 2020-30-GDEBA-GPBA, se aprobó la estructura orgánico funcional del Ministerio de Comunicación Pública;
Que se impulsa la designación de María Alejandra NOGUEIRA, a partir del día 11 de diciembre de 2019, en el cargo de Directora Provincial de Prensa, de la Subsecretaría de Producción y Contenidos, reuniendo los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarias para desempeñarlo;
Que, asimismo, se propicia la limitación de la mencionada agente en el cargo de Directora del Canal Provincial, de la Subsecretaría de Coordinación de Medios, de la entonces Secretaría de Medios, a partir del 11 de diciembre de 2019, designada mediante la Resolución N RESOL-2018-221-GDEBA-SMGP;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, informó que la agente de referencia no registra sumario administrativo pendiente de resolución;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 272/17 E y de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley N 10.430 T.O. Decreto N 1869/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE
EL DECRETO N 272/17 E, LA MINISTRA DE
COMUNICACIÓN PÚBLICA DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Limitar, en la Jurisdicción Auxiliar 1.1.1.06.22.000 de la entonces Secretaría de Medios, a partir del 11 de
SECCIÓN OFICIAL > página 7

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/02/2020 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha20/02/2020

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones3422

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/08/2024

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