Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/05/2019 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 16 de mayo de 2019

Que contando con la vista del Fiscal de Estado y de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento Relatoría;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTICULO 1. RECONOCER que a Victoria Chela ZABALA, con documento DNIF N 3.614.507, le asistía el derecho al goce del beneficio de JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA equivalente al 66 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Servicio, Categoría 9 - 30 hs. con 32 años de antigedad desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación, el que debía ser liquidado a partir del día 1/11/2010, día siguiente al cese, y hasta el 15/08/2012, fecha en que se produjo su fallecimiento, y en consecuencia declarar de legítimo abono a favor de los herederos que acrediten en forma legal su carácter de tales, las sumas devengadas en dicho concepto.ARTICULO 2. NOTIFICAR que contra las resoluciones del Instituto de Previsión Social, se podrá interponer Recurso de Revocatoria, dentro del plazo de 20 días de notificado, de acuerdo al artículo 74 del Decreto Ley 9650/80.ARTICULO 3. DAR intervención al Sector Gestión y Recupero de Deudas a fin de verificar si se han efectuado extracciones con posterioridad al fallecimiento de la titular.ARTICULO 4. REGISTRAR en Actas. Remitir al Sector Gestión y Recupero de Deudas. Publicar Edictos.Departamento Resoluciones Christian Alejandro Gribaudo, Presidente may. 13 v. may. 17

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expediente Nº 2350122369-02 a FLORENCIA GUILLERMINA SEQUEIRA la Resolución n 816.411 de fecha 24/06/2015.RESOLUCIÓN N 816.411
VISTO, el expediente N 2350-122369-02 iniciado por los derecho-habientes de José Eduardo SEQUEIRA, a fin de evaluar la prórroga del beneficio pensionario y CONSIDERANDO, Que por Resolución Nº 555024 dictada con fecha 9 de febrero de 2006 se concedió beneficio pensionario a Florencia Guillermina SEQUEIRA su carácter de hija del causante de autos, a liquidarse en base al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero Clase XIV, régimen de 35hs. semanales de labor desempeñado por el causante en Obras Sanitarias;
Que la fecha de caducidad impuesta para la percepción del beneficio ha sido el 9/01/2008 supeditando la situación previsional de la pensionada al cumplimiento de los recaudos exigidos por el art.37 del Decreto Ley N 9650/80 TO 600/94;
Que en esta instancia a foja 192/195 se procedió a practicar cargo deudor por haberes percibidos indebidamente de conformidad con lo normado por el art.37 antes citado, toda vez que la pensionada no acreditó estudios regulares, por los períodos comprendidos entre el 1/11/11 al 28/02/12 y desde el 1/04/12 al 31/07/12, ascendiendo la deuda a la suma de $
54.458,91;
Que toda vez que se habría producido un desplazamiento patrimonial carente de causa este Instituto se encuentra facultado a repetir lo pagado, puesto que lo real y concreto es la existencia de enriquecimiento sin causa por parte de la pensionada, lo que conlleva la carga de restituir lo generado por dicha restitución art. 499, 784, 792 y concordantes del Código Civil;
Que la Comisión de Finanzas y Asuntos Administrativos dictaminó a fojas 196/197;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 24/06/2015, según consta en el Acta N
3262;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Prorrogar el beneficio de pensión de Florencia Guillermina SEQUEIRA hasta el 30 de octubre de 2011, atento haber acreditado la regularidad en estudios exigida por el art.37 del Decreto Ley Nº 9650/80 TO 600/94, conforme los argumentos vertidos ut supra.
ARTÍCULO 2. Declarar la caducidad del beneficio referido precedentemente a partir del 1 de noviembre de 2011, habida cuenta que no ha quedado debidamente acreditada la regularidad en estudios exigida por el art.37 del Decreto Ley Nº 9650/80 TO 600/94.
ARTICULO 3. Declarar legítimo el cargo deudor practicado por haberes percibidos indebidamente que asciende a la suma de $ 54.458,91, de conformidad con lo normado por el art.61 del mismo Cuerpo legal.
ARTICULO 4. Intimar a Florencia Guillermina SEQUEIRA para que en plazo perentorio de 10 días de notificada proponga forma de pago de lo adeudado, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales tendientes a su recupero.
ARTICULO 5. Notificado el presente, de resultar infructuosa la intimación ordenada en el artículo anterior, deberá tomar intervención el Sector Gestión y Recupero de Deudas para la confección de título ejecutivo.
ARTÍCULO 6. Notificar a la interesada que contras las Resoluciones de este Instituto se podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificados, conforme lo normado por el art.74 del Decreto Ley Nº
SECCIÓN OFICIAL > página 47

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/05/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/05/2019

Nro. de páginas98

Nro. de ediciones3423

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/08/2024

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