Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/04/2019 - Sección Oficial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 01 de abril de 2019

ARTÍCULO 2 ESTABLECER que el beneficio será liquidado a partir del día 1e de julio de 2016 y será equivalente al 75%
del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Administrativo - Oficial Superior A - Categoría 16 - 30 Hs., con 35 años de antigedad, desempeñado en IOMA.ARTÍCULO 3 NOTIFICAR que deberá denunciar el reingreso a la actividad en relación de dependencia pública o privada, dentro de los treinta 30 días corridos, bajo apercibimiento de no ser computados para cualquier reajuste o transformación, como asimismo que contra la presente podrá interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo máximo de veinte 20
días de notificado, de acuerdo al art. 74 del Decreto - Ley 9650/80 T. O. 1994.ARTÍCULO 4 DESCONTAR la suma de pesos cuatrocientos veintitrés mil setenta y siete con 70/100 $423.077,70 en concepto de aportes no efectuados, y arbitrar los medios conducentes para el recupero de la suma de pesos trescientos sesenta y dos mil seiscientos treinta y ocho con 01/100 $362.638,01 en concepto de contribución patronal, debiéndose notificar previamente al Ente Empleador.ARTÍCULO 5 REGISTRAR en Actas. Notificar al interesado. Remitir al Departamento Inclusiones. Hecho, girar al Recaudación y Fiscalización.Departamento Resoluciones Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
mar. 29 v. abr. 5

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica por 5 días en el Expedientes Nº 2918-67628-75 a los derechohabientes de JUAN BAUTISTA LO MONACO la Resolución N 815.073 de fecha 10/06/2015 debiendo en el plazo de 10 días proceder a abonar a este organismo la suma adeudada en la Cuenta Fiscal Nº 50046/3 CBU 0140999801200005004639 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Casa Matriz o en su defecto celebrar convenio de pago dentro del mismo plazo, bajo apercibimiento de dar curso al recupero de las sumas adeudadas por la vía judicial de apremio.
RESOLUCIÓN N 815.073

VISTO, el expediente N 2918-67628/75 correspondiente a BENSABATH FORTUNA GERMANIA S/SUC, en el cual se ha declarado legítimo un cargo deudor y se detecta en esta instancia un error en el monto determinado, y CONSIDERANDO, Que por Resolución N 779174 se declaró legítimo el saldo deudor de autos, perteneciente al Sr. Juan Bautista Lo Monaco, en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA CON 06/100 CENTAVOS $42.770,06;
Que en esta instancia se advierte que el saldo deudor declarado legítimo no resulta ser correcto, toda vez que teniéndose presente los pagos efectuados, el saldo exigible es por la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES
CON 25/100 CENTAVOS $18.793,25;
Que de conformidad con lo actuado en autos, efectivamente la deuda declarada legítima por Resolución N779174 no resulta ser correcta, toda vez que no se tuvieron en cuenta los montos ingresados;
Que habiéndose cometido un error material al momento de referenciar el monto exigible, de conformidad con los términos del art.115 del Decreto-Ley 7647/70, corresponde rectificar el monto consignado, convalidándose todo lo allí actuado.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Rectificar el monto declarado legítimo en la Resolución N779174, de conformidad con el art. 115 del Decreto-Ley 7647/70, toda vez que se ha incurrido en un error al momento de consignar el mismo, convalidándose todo lo allí actuado, resultando el saldo deudor exigible al Sr. Juan Bautista Lo Monaco, en la suma de DIECIOCHO MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 25/100 CENTAVOS $18.793,25 ;
ARTÍCULO 2: Registrar. Notificar. Cumplido, seguir su trámite como por derecho corresponda. Hecho archivar.
Sector Gestión y Recupero de Deudas/Departamento Relatoria Christian Alejandro Gribaudo, Presidente.
mar. 29 v. abr. 5

HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30º y 27º in fine de la Ley 10.869 y sus modificatorias, hágase saber por el término de cinco 5 días a los herederos y sucesores de la señora GEMA MARÍA GARDINER DE MONZO, que el H.
Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado fallo con fecha 31 de mayo de 2018, en el Expediente Nº 2020.10-2010, Consejo Escolar de Carlos Tejedor ejercicio 2010, cuya parte pertinente dice: La Plata, 31 de mayo de 2018.- Resuelve: Articulo Segundo: Confirmar parcialmente las observaciones enunciadas en el Resultando IX apartados 2 y 3 Considerandos Segundo y Tercero de la Resolución N 371/2012 de fecha 5 de julio de 2012 recaída sobre el estudio de la cuenta del Consejo Escolar de Carlos Tejedor - Ejercicio 2010, desaprobando erogaciones por la suma de $
9.645,73 y mantener la responsabilidad y el cargo solidario impuesto a la señora Gema Gardiner y al señor. por la suma
SECCIÓN OFICIAL > página 68

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/04/2019 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha01/04/2019

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones3419

Primera edición02/07/2010

Ultima edición29/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930