Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 16 de noviembre de 2018

y jarles para los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta scal Nº 1865/4 multas Pesos a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberá noticar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modicatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Noticar a los funcionarios Víctor Hugo LÓPEZ MONTI, Alejandro Víctor FERNANDEZ, Bernardo Julio RODRÍGUEZ, Oreste Luis CARLINO, Diego Osvaldo GIOVANNETTI, Leticia BARCELO BOVARI, Andrea Mariana MENDIGUIBEL, Nicolás VITALE y Eugenia Adeli ROSILLO ACUÑA, según le corresponda a cada uno, lo resuelto en los Artículos Quinto, Séptimo y Octavo.
ARTICULODECIMO SEXTO: Poner en conocimiento de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, la situación planteada en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Comunicar la presente Resolución a las autoridades del Organismo, al Ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires y al Relator de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 018-16 del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de treinta y una fojas, publíquese en el Boletín Ocial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, y reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento, durante los términos jados en el Artículo Décimo Cuarto.
Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modicaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 31/05/2018
N de Expediente: 2-172.0-2016
Ente u Organismo: INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
Ejercicio: 2016
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta del INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL - Ejercicio 2016, acorde a lo expresado en el Considerando Undécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Manifestar que han quedado subsanadas las observaciones enunciadas en el Resultando X, bajo el Apartado 2 del ejercicio y bajo el Apartado 1 de ejercicio anteriores, de acuerdo a lo expresado en los Considerandos Primero y Segundo.
ARTÍCULO TERCERO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H. Tribunal Cuentas de la provincia de Buenos Aires sobre la materia tratada en el Considerando Cuarto y encomendar que la División Relatora, a través de la Delegación II, tomen nota para informar en su próximo estudio. Declarar que el señor Carlos Marcelo INSAURRALDE, no deberá considerarse exento de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, no se pronuncie concreta y denitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO CUARTO: Noticar al señor Carlos Marcelo INSAURRALDE del tema que se mantiene en reserva por el Artículo Tercero.
ARTÍCULO QUINTO: Aplicar la sanción de: Llamado de Atención a los señores Christian Alejandro GRIBAUDO y Carlos Marcelo INSAURRALDE, en mérito a los fundamentos expuestos en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEXTO: Encomendar a la División Relatora que constituya un expediente especial con el objeto de efectuar el seguimiento de los casos señalados, conforme lo expuesto en los Considerandos Quinto, Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Encomendar a la División Relatora en el próximo estudio de la cuenta, el seguimiento de los temas tratados, conforme lo expuesto en el Considerando Noveno.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar al Instituto de Previsión Social y a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, de lo manifestado en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO NOVENO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por los Artículos Tercero y Quinto de la Resolución N 292/2017 del H. Tribunal de fecha 15/06/2017, recaída sobre el estudio de la cuenta del Instituto de Previsión SocialEjercicio 2015, conforme lo expresado en los Considerandos Segundo, Sexto, Séptimo, Octavo y Noveno.
ARTÍCULO DÉCIMO: Comunicar a las autoridades del Instituto de Previsión Social así como de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la provincia de Buenos Aires y la Caja de Jubilaciones Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la provincia Buenos Aires, lo expresado en los Considerandos Séptimo y Octavo.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Noticar a los señores Mariano CASCALLARES, Ariel Hernán FERNÁNDEZ, Fabián Andrés JAYAT, Christian Alejandro GRIBAUDO; Carlos Marcelo INSAURRALDE; y Diego Martin CAPUYA de lo resuelto en el Artículo Sexto, y que no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas, se pronuncie concreta y denitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Dejar constancia de lo señalado en el Considerando Décimo.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Noticar a los señores Mariano CASCALLARES, Ariel Hernán FERNÁNDEZ y a la señora Carmen SARRA de lo resuelto en el Artículo Segundo.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Noticar a los señores Christian Alejandro GRIBAUDO y Carlos Marcelo INSAURRALDE de lo resuelto en el Artículo Quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente Resolución a las autoridades del Organismo, al Ministro de Trabajo de la provincia de Buenos Aires y al relator actuante de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales de este H. Tribunal de Cuentas ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Rubríquese por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18-16
del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, la presente Resolución que consta de veinte fojas, publíquese en el Boletín Ocial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires. Fírmese, cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la ley 10.869 y sus modicaciones recurso de revisión.

SECCIÓN OFICIAL > página 86

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/11/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/11/2018

Nro. de páginas111

Nro. de ediciones3401

Primera edición02/07/2010

Ultima edición28/06/2024

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