Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/10/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 16 de octubre de 2018

una transferencia de créditos, entre las partidas presupuestarias que se detallan en el Anexo Único IF-2018-23487825-GDEBADCSAMCTI, por un total de pesos un millón ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos setenta y nueve $ 1.845.379,00, el cual pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Presupuesto Público y a la Contaduría General de la Provincia, publicar y dar al Boletín Oficial.
Jorge Román Elustondo, Ministro Nota: El anexo podrá ser consultado en el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación.
C.C. 11.483

Disposiciones DISPOSICIÓN N 1361-DPRYFSMSALGP-18

LA PLATA, BUENOS AIRES
Miércoles 10 de octubre de 2018

VISTO la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires GDEBA en el ámbito de la provincia de Buenos Aires; las actividades atinentes al ejercicio del poder de policía y fiscalización sanitaria a cargo de la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria y CONSIDERANDO:
Que el objetivo de la implementación del GDEBA como plataforma informática que permite la gestión digital de todos los trámites de la administración central y organismos descentralizados de la provincia de Buenos Aires es despapelizar el procedimiento administrativo, eficientizar la gestión administrativa y facilitar la generación electrónica, registro y archivo de la documentación;
Que a través de la Ley N 13.666, reglamentada por Decreto N 305/12 y modificatorios, la provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional de Firma Digital Nº 25.506, equiparando la firma digital a la firma ológrafa, gozando de plena validez y eficacia jurídica, y destaca que cuando una ley requiera firma manuscrita, esa exigencia queda satisfecha por la firma digital;
Que en el año 2017 se dictó una Resolución Conjunta entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría Legal y Técnica JGM Nº 11/17 y SLYT Nº 39/17, con el objeto de establecer a partir del 3 de marzo de 2017 la obligatoriedad del uso de dos 2 módulos del GDEBA: 1 COMUNICACIONES OFICIALES CCOO, como medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos y 2 GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES GEDO, como medio de creación, registro y archivo de documentos, por parte de los Ministros, Secretarios, Secretarios de Estado y el Director General de Cultura y Educación, en todos los niveles de su estructura organizativa;
Que en línea con los avances en la implementación del sistema, se dictó la Resolución Conjunta con número GDEBA RESFC2017-1-E-GDEBA-MJGM entre el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Secretaría Legal y Técnica, que determina la confección obligatoria de los actos administrativos a través del módulo GEDO, y su correspondiente firma digital, que dicten los Ministerios, sus organismos dependientes, Secretarías de Estado, Subsecretarías, y la Dirección General de Cultura y Educación;
Que, asimismo, con número GDEBA RESFC-2015-5-E-GDEBA-MJMG, se dispuso la obligatoriedad del uso del módulo GEDO para la confección de todos los actos administrativos que dicten las Direcciones Generales, Provinciales y de Línea dependientes de los Ministerios, Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo y la Dirección General de Cultura y Educación, los cuales deberán ser firmados mediante el uso de la firma digital;
Que esta normativa entró en vigencia el 2 de octubre de 2017, publicándose en el Boletín Oficial N 28.107;
Que, en el marco de lo descripto y de las competencias de policía sanitaria asignadas a la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria, se entiende que los actos administrativos, certificados de vigencia y cualquier otro documento oficial que acredite, modifique o cree una situación jurídica deben ser producidos mediante el uso del módulo GEDO y contar con firma digital y Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto documento N DECTO-2018-337GDEBA-GPBA.
Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DE REGISTRO Y
FISCALIZACIÓN SANITARIA
DISPONE
ARTÍCULO 1. Establecer que todo acto administrativo, certificado de vigencia o documento oficial que cree, acredite o modifique una situación jurídica y que emane de esta Dirección Provincial, Direcciones de línea o Departamentos dependientes, debe realizarse utilizando el módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales GEDO del Sistema de Gestión Documental Electrónica Buenos Aires GDEBA y debe ser firmado por firma digital.
ARTÍCULO 2. Determinar que solo el personal que detente alguno de los siguientes cargos queda autorizado a emitir documentos oficiales:
a. Director/a de la Dirección de Farmacia.
b. Director/a de la Dirección de Fiscalización Sanitaria.
c. Subdirector/a de la Dirección de Fiscalización Sanitaria.
d. Jefes de Departamentos.
ARTÍCULO 3. Comunicar a las Direcciones de Fiscalización Sanitaria y Farmacia, a sus Departamentos y a las Regiones Sanitarias con actividad de fiscalización. Notificar a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, al Programa de Atención Médica Integral PAMI y al Instituto de Obra Médico Asistencial IOMA. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Ana Norma Talco, Directora Provincial C.C. 11.476

SECCIÓN OFICIAL > página 10

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/10/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha16/10/2018

Nro. de páginas63

Nro. de ediciones3421

Primera edición02/07/2010

Ultima edición31/07/2024

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