Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, MARTES 2 DE ENERO DE 2018

ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $ 3.500,00 que fuera aplicada a la Contadora Sra. María Laura Maraschini conforme el artículo quinto considerando segundo, incisos 4, 5, 8, 9 y 10 del fallo de las cuentas del ejercicio 2012 artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, mantener la multa de $ 2.900,00 que fuera aplicada a la Tesorera Sra. Lía Teresa Marrocco conforme el artículo quinto considerando segundo, inciso 4 del fallo de las cuentas del ejercicio 2012 artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a la Sra. Noelia Vanina Riera de la multa que se le mantiene por el artículo primero, dejando constancia de lo manifestado en el considerando cuarto respecto del depósito del importe involucrado.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar a las Sras. María Laura Maraschini y Lía Teresa Marrocco de las multas que se les mantienen por los artículos segundo y tercero, y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 CBU 0140999801200000186543, a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiendo comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose comprobantes que así lo acrediten. Asimismo, y para el caso en que las responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de General Pueyrredón, a la Municipalidad de General Pueyrredón Ente de Obras y Servicios Urbanos ENOSUR, a la Delegación Zonal X de este Honorable Tribunal de Cuentas y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de cinco fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el plazo fijado en el artículo quinto. Cumplido, archívese.
Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 28/09/2017
N de Expediente: 4-058.0-2014
Ente u Organismo: Municipalidad de BENITO JUÁREZ
Ejercicio: 2014
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, mantener la multa de $ 6.000,00 que fuera establecida por el artículo quinto considerando séptimo considerandos segundo apartado 4 y quinto apartados 1 y 4 del fallo de la cuenta del ejercicio 2014, dispuesta al Intendente Municipal Sr. José Julio César MARINI artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $ 3.800,00 que fuera dispuesta por el artículo quinto considerando séptimo considerando segundo apartado 4 del fallo de la cuenta del ejercicio 2014, dispuesta a la Intendente Municipal Interina y Secretaria de Desarrollo social Sra. María Teresa RICCI artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, mantener la multa de $ 3.800,00 que fuera establecida por el artículo quinto considerando séptimo considerando segundo apartado 4 del fallo de la cuenta del ejercicio 2014, dispuesta al jefe de Compras Sr.
Fernando Silvio CERNUTTO artículo 39 de la Ley N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a la Sra. María Teresa RICCI de la multa que se le mantiene por el artículo segundo y fijarle plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1865/4 - CBU 0140999801200000186543, a la orden del Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite. Asimismo y para el caso en que la responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley N12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley N 10869 y sus modificatorias y a los Sres. José Julio César MARINI y Fernando Silvio CERNUTTO de las que se les mantienen por los artículos primero y tercero, respectivamente, y atento a los depósitos efectuados conforme constancias obrantes a fs. 1486/1487, no corresponde disponer el depósito de los mismos.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIII de este Honorable Tribunal de Cuentas y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Municipalidad de Benito Juárez para su conocimiento.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de seis fojas; firmarlo en un ejemplar y publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas, reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos indicado en los artículo cuarto. Cumplido, archívese.
Tipo: Recurso de Revisión Fecha de Acuerdo: 28/09/2017
N de Expediente: 4-090.0-2014
Ente u Organismo: Municipalidad de PUAN
Ejercicio: 2014
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando primero, mantener la multa de $ 10.000,00 que fuera aplicada al Intendente Municipal Sr. Facundo David CASTELLI, conforme el artículo cuarto, considerando octavo del fallo de la cuenta del ejercicio 2014 artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el considerando segundo, mantener la multa de $ 6.000,00 que fuera aplicada a la Tesorera Municipal Sra. Silvana Verónica SCIPIONI, conforme el artículo cuarto, considerando octavo del fallo de la cuenta del ejercicio 2014 artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando tercero, mantener la multa de $ 8.000,00 que fuera aplicada al Contador Sr. Fernando Andrés MERKEL RIERA, conforme el artículo cuarto, considerando octavo del fallo de la cuenta del ejercicio 2014 artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto, mantener la amonestación que fuera aplicada al Concejal e Intendente Municipal Interino Sr. Juan Carlos GOTTAU, conforme el artículo quinto, considerando octavo del fallo de la cuenta del ejercicio 2014 artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando quinto, mantener el cargo de $ 28.254,79 que fuera dispuesto por el artículo séptimo considerando quinto del fallo de las cuentas del ejercicio 2014, por el que deberá responder el Intendente Municipal Sr. Facundo David CASTELLI en solidaridad con el Contador Municipal Sr. Fernando Andrés MERKEL RIERA artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando sexto, dejar sin efecto el cargo de $ 245.816,61 que fuera dispuesto por el artículo octavo considerando sexto, apartado 1.2 del fallo de la cuenta del ejercicio 2014, por el que se responsabilizara al Intendente Sr. Facundo David CASTELLI en solidaridad con el Contador Sr. Fernando Andrés MERKEL RIERA artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Por los fundamentos expuestos en el considerando séptimo, modificar el cargo de $ 1.330.171,21 que fuera impuesto a través del artículo noveno, considerando sexto apartado 2 del fallo de la cuenta del ejercicio 2014, dejándolo sin efecto hasta la suma de $ 50.364,95
y manteniéndolo por la suma $ 1.279.806,26 por el que deberá responder el Intendente Municipal Sr. Facundo David CASTELLI en solidaridad con el Contador Municipal Sr. Fernando Andrés MERKEL RIERA, con la Tesorera Municipal Sra. Silvana Verónica SCIPIONI y con el Director de Producción
SECCIÓN OFICIAL / PÁGINA 42

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/01/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha02/01/2018

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones3418

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

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