Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2017 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Oficial de Procedimiento Capitán de la Policía de la Provincia de Buenos Aires Rodolfo GONZÁLEZ quienes se entrevistan con los encartados y constatan un acto que atenta contra moral y buenas costumbres, lugar donde se les comunica que debido a su accionar quedan inhabilitados para ingresar a los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires; Que prima facie se encuadran sus conductas dentro de lo tipificado en el Título V Punto 2.4 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento Seguridad Presidencia del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Resolución N 1853/13; Que a fs. 2 obra continuación del Acta donde declara el señor Jefe División Seguridad Interna Horacio BASUALDO, quien refrenda lo antes expuesto; Que a fs. 3 a 6 de las actuaciones obra continuación en donde ratifican sus firmas todos los funcionarios actuantes a fs. 1; Que a fs. 8 la Jefatura de Departamento Seguridad Interna del Casino de Tigre informa que los encartados no se encuentran registrados en ese Departamento con prescindencia del hecho que antecede y que cumplidos los plazos previstos conforme lo establece el Ttulo 5 -Punto 5- de la Resolución N 1.853/13, los mismos no han hecho uso del citado beneficio; Que el Área Legales del Casino de Tigre, ha tomado la debida intervención que le compete, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, aprobada por el artículo 2 del Decreto N 1170/92, modificada por Decreto N 1324/01, N 1684/09, N 11/16 Y Resolución N 545/05; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPÓDROMOS Y CASINOS DISPONE: ARTÍCULO 1. Aplicar a los señores María Raquel DURAND D.N.I. N 38.610.404, y Leonardo Andrés MASTRIANO
D.N.I.: 23.665.532, el Derecho de Exclusión por dos Años para ingresar a las Salas de Juegos de los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a partir del día 17 de abril del año 2016, por aplicación de lo establecido en el Título V Punto 2.4 de la Resolución N 1853/13, por los motivos de hecho y derecho que se expresan en los considerandos que anteceden. ARTÍCULO 2.
Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en el Departamento Seguridad Interna del Casino de Tigre. Disposición N: 361/16. "Fdo.: Dr. Cristian Hugo Tiedemann, Director Provincial de Hipódromos y Casinos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires Decreto N 11/16 Oficial. La Plata, de de 2016. Cristian Hugo Tiedemann, Director.
C.C. 1.246 / feb. 6 v. feb. 10

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS
POR 5 DÍAS - El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires procede a notificar al señor Mario Pascual MEDURI D.N.I.: 14.744.580 lo dispuesto por el señor Director Provincial Hipódromos y Casinos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Decreto N 11/16 mediante la Disposición N 0370/16: "La Plata 7 de septiembre de 2016. VISTO, el expediente N 2319 - 20038/16 caratulado: "CTI-DEPARTAMENTO
SEGURIDAD INTERNA CASINO DE TIGRE - SOLICITUD DERECHO DE EXCLUSIÓN
MARIO PASCUAL MEDURI" Y; CONSIDERANDO: Que las actuaciones de referencia se relacionan con el Derecho de Exclusión aplicado preventivamente al señor Mario Pascual MEDURI D.N.I. N 14.744.580 según los hechos que da cuenta el Acta N 021/16 labrada en dependencias de Seguridad Interna del Casino de Tigre; Que en el Acta N 021/16
consta que el día 23/04/2016 siendo las 03:30 horas, ante el señor Jefe Departamento Ricardo GIMÉNEZ, se procede en forma preventiva a la aplicación del Derecho de Exclusión "ad referéndum" de la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos, al señor Mario Pascual MEDURI, atento que siendo aproximadamente las 03:15 hs. el Supervisor de la División Seguridad de Juego Guillermo GONZÁLEZ, visualiza mediante sistema C.C.T.V. al causante en momentos que deambulaba por el segundo nivel sin jugar y encuentra créditos en un satélite de la Ruleta Electrónica de la máquina N 7006 por un importe de $ 126, por tal motivo es convocado el Jefe de Sección Seguridad Interna Leonardo NORES CASTRO en compañía del Oficial de Procedimiento Capitán de la Policía de la provincia de Buenos Aires Alfredo FLORES, quienes interceptan al encartado y lo invitan a la Oficina de Seguridad Interna del tercer nivel, lugar donde reconoce el hecho, momento donde se le comunica que debido a su accionar queda inhabilitado para ingresar a los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, se deja constancia que el señor MEDURI devuelve la suma de $ 120, mediante recibo de objetos y/o valores extraviados N 29.604; Que prima facie se encuadra su conducta dentro de lo tipificado en el Título V Punto 1.6 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento Seguridad Presidencia del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Resolución N 1853/13; Que a fs. 2 obra continuación del Acta donde declara el Supervisor de la División Seguridad Juego Guillermo GONZÁLEZ, quien refrenda lo antes expuesto; Que a fs. 3 a 7 de las actuaciones obra continuación en donde ratifican sus firmas todos los funcionarios actuantes a fs. 1; Que a fs. 8 de las actuaciones figura Recibo de Objetos y/o Valores Extraviados N 29.604; Que a fs. 10 la Jefatura de Departamento Seguridad Interna del Casino de Tigre informa que el encartado se encuentra registrado en ese Departamento con prescindencia del techo que antecede con Ficha de Identificación de fecha 18/01/2002, informando asimismo que cumpli-

LA PLATA, MIÉRCOLES 8 DE FEBRERO DE 2017

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dos los plazos previstos conforme lo establece el Título 5 -Punto 5- de la Resolución N
1.853/13, el mismo no ha hecho uso del citado beneficio; Que elevadas las actuaciones al Área Legales del Casino de Tigre, esa Instancia ha tomado la debida intervención que le compete, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, aprobada por el artículo 2 del Decreto N 1.170/92, modificada por Decreto N 1.324/01, N 1684/09, N 11/16 Y Resolución N 545/05; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPÓDROMOS Y CASINOS DISPONE: ARTÍCULO 1
Aplicar al señor Mario Pascual MEDURI D. N N 14.744.580; el Derecho de Exclusión Definitiva para ingresar a las Salas de Juegos de los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a partir del día 23 de abril del año 2016, por aplicación de lo establecido en el Título V Punto 1.6 de la Resolución N 1853/13, por los motivos de hecho y derecho que se expresan en los considerandos que anteceden. ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en el Departamento Seguridad Interna del Casino de Tigre. Disposición N: 0362/16. "Fdo.: Dr.
Cristian Hugo Tiedemann, Director Provincial de Hipódromos y Casinos del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires Decreto N 11/16.
C.C. 1.247 / feb. 6 v. feb. 10

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS
POR 5 DÍAS - El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires procede a notificar al señor Daniel PIZARRO D.N.I.: 25.739.214 lo dispuesto por el señor Director Provincial Hipódromos y Casinos del lnstituto Provincial de Lotería y Casinos Decreto N 11/16 mediante la Disposición N 0370/16: "La Plata, 7 de septiembre de 2016. VISTO, el expediente N 231921158/16 caratulado: "CTI-Departamento Seguridad Interna Casino de Tigre solicitud derecho de exclusión Daniel PIZARRO" y;
CONSIDERANDO: Que las actuaciones de referencia se relacionan con el Derecho de Exclusión aplicado preventivamente al señor Daniel PIZARRO D.N.I. N 25.739.214 que no exhibe, según los hechos que da cuenta el Acta N 005/16 labrada en dependencias de Seguridad Interna del Casino de Tigre; Que en eI Acta N 005/16 consta que el día 15/01/2016 siendo la 1:30 horas, ante el señor Jefe Departamento Ricardo LEVIS, se procede en forma preventiva a la aplicación del Derecho de Exclusión "ad referéndum" de la Dirección Provincial de Hipódromos y Casinos al señor Daniel PIZARRO, asimismo el señor Jefe Departamento Ricardo LEVIS comunica a la División Seguridad Interna que en la mesa de Ruleta N 9 se encontraba una persona de sexo masculino, el cual aproximadamente a las 22:52 horas del día 13/01/16, había recibido $ 4000 pesos cuatro mil de más por parte de la Cajera Sabrina MAZA al efectuar una compra de fichas en la Caja Venta de Fichas del tercer nivel para luego retirarse del Casino. Por tal motivo, el Jefe de Sección Seguridad Interna Rafael BENÍTEZ en compañía de los Oficiales de Procedimientos Capitanes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, Alfredo FLORES
y Daniel SERRANO, invitan al causante a la Oficina de Seguridad Interna del tercer nivel, lugar donde el causante se niega rotundamente a efectuar la devolución de la suma recibida de más, adoptando el mismo una actitud agresiva con insultos y agravios hacia el personal interviniente, debiendo ser reducido utilizando la fuerza mínima e indispensable, para luego ser trasladado en un móvil policial a la Subcomisaría Delta, lugar donde se le comunica que debido a su accionar queda inhabilitado para ingresar a los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires; Que prima facie se encuadra su conducta dentro de lo tipificado en el Título V Punto 1.12 de las Normas Complementarias de las Acciones del Departamento Seguridad - Presidencia del Instituto Provincial de Lotería y Casinos Resolución N 1.853/13; Que a fs. 2/3 obra continuación del Acta donde declaran la Cajera Venta Pago señorita Sabrina MAZA y el Jefe Departamento señor Ricardo LEVIS, quienes refrendan lo antes expuesto; Que a fs.
4/ 8 de las actuaciones obra continuación en donde ratifican sus firmas todos los funcionarios actuantes a fs.1; Que a fs. 9 de las actuaciones obra Acta Policial labrada en la Comisaría de la Jurisdicción; Que a fs. 11 el señor Jefe División Seguridad Interna del Casino de Tigre informa que el encartado no se encuentra registrado en ese Departamento con prescindencia del hecho que antecede y que cumplidos los plazos previstos conforme lo establece el Título 5 Punto 5- de la Resolución N 1.853/13, el mismo no ha hecho uso del citado beneficio. Que el Área Legales del Casino de Tigre, ha tomado la debida intervención que le compete, produciendo el dictamen pertinente; Que siguiendo el sentido que antecede y en un todo de acuerdo, se procede al dictado del acto administrativo; Que la presente se dicta de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, aprobada por el artículo 2 del Decreto N 1170/92, modificada por Decreto N 1.324/01, N 1.684/09, N
11/16 Y Resolución N 545/05; Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE HIPÓDROMOS
Y CASINOS DISPONE: ARTÍCULO 1 Aplicar al señor Daniel PIZARRO D.N.I. N
25.739.214 que no exhibe; el Derecho de Exclusión Definitiva para ingresar a las Salas de Juegos de los Casinos dependientes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a partir del día 15 de enero del año 2016, por aplicación de lo establecido en el Título V Punto 1.12 de la Resolución N 1853/13, por los motivos de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2017 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/02/2017

Nro. de páginas35

Nro. de ediciones3423

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/08/2024

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