Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2014 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 6334

LA PLATA, MARTES 12 DE AGOSTO DE 2014

BOLETÍN OFICIAL

Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificacionesrecurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 27/03/2014
N de Expediente: 3-120.3/2012-0-1-0
Ente u Organismo: MUNICIPALIDAD DE TRES ARROYOS - ORGANISMO DESCENTRALIZADO CLAROMECÓ SERVICIOS TURÍSTICOS
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Tres Arroyos - Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos, ejercicio 2012, con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos Sesenta y Cinco Mil Ciento Cincuenta y Dos con Sesenta y Seis Centavos $ 65.152,66 que el Ente acusó al finalizar el ejercicio, no significa la convalidación de los valores en caja y cuentas bancarias, conforme a lo expuesto en el Considerando Undécimo.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los Considerandos Segundo, Tercero y Cuarto a.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos reseñados en el Considerando Segundo y Cuarto inciso a, y en base a la determinación efectuada en el Considerando Décimo aplicar Multas de $ 4.500,00 a la Directora María Angélica Souto, de $ 5.500 al Director Horacio Oscar Cabrera y de $ 2.900,00 al Contador Alejandro Gabriel Finocchio, y Amonestación a la Tesorera María Silvina Renaud y a la Jefe de Compras Adriana Silvia Marchi artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los motivos detallados en el Considerando Quinto, desaprobar las extralimitaciones sin posibilidad de compensación, formulando cargo de $
4.162,53 por el que responderán el Director del Organismo Horacio Oscar Cabrera en solidaridad con el Contador Alejandro Gabriel Finocchio Artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Sexto y, en base a lo allí expuesto, formular cargo de $ 4.099,41 por el que responderá la Tesorera del Organismo María Silvina Renaud Artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Séptimo y, en base a lo allí expuesto, formular cargo $ 26.474,69 por el que responderán el Director del Organismo Horacio Oscar Cabrera en solidaridad con el Contador Alejandro Gabriel Finocchio Artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Desaprobar los egresos tratados en el Considerando Octavo y, en base a lo allí expuesto, formular cargo $ 12.086,01, por el que responderán: la Directora del Organismo María Angélica Souto en solidaridad con el Contador Gabriel Alejandro Finocchio hasta la suma de $ 3.519,26; el Director del Organismo Horacio Oscar Cabrera en solidaridad con el Contador Gabriel Alejandro Finocchio hasta la suma de $ 7.617,95 y el Director del Organismo Horacio Oscar Cabrera en solidaridad con el Contador Gabriel Alejandro Finocchio y con la Tesorera María Silvina Renaud hasta la suma de $ 948,80 Artículos 243 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y 16 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal de Cuentas sobre los temas tratados en los Considerandos Cuarto Inciso b y Noveno, y disponer que la Relatoría tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO DÉCIMO: Declarar que los Directores del Organismo María Angélica Souto y Horacio Oscar Cabrera, el Contador Gabriel Alejandro Finocchio y la Tesorera María Silvina Renaud, funcionarios alcanzados por las Reservas del Artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a Horacio Oscar Cabrera, María Angélica Souto, Alejandro Gabriel Finocchio, María Silvina Renaud y Adriana Silvia Marchi lo resuelto en los Artículos precedentes, según las sanciones que particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles, a los funcionarios alcanzados con sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar los importes señalados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuentas fiscales 1865/4 multas Pesos y/o 108/9 cargos pesos, ambas a la orden del Señor Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido por el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10.869 y sus modificatorias ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Notificar a María Angélica Souto, Horacio Oscar Cabrera, Gabriel Alejandro Finocchio y María Silvina Renaud, de las reservas dispuestas por el Artículo Décimo.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar al Ministerio de Economía, lo expresado en el Considerando Tercero apartado 6.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar la presente Sentencia a la Delegación Zona IX, con sede en Bahía Blanca.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente Sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Comunicar la presente Sentencia a la Municipalidad de Tres Arroyos y a su Organismo Descentralizado Claromecó Servicios Turísticos.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nº 7/2014 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente Fallo que consta de diecinueve fojas; firmarlo en dos ejemplares y reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en el Artículo Undécimo. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del Honorable Tribunal de Cuentas.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificacionesrecurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 27/03/2014
N de Expediente: 2-212.0/2012-0-1-0
Ente u Organismo: ENTE DE PROMOCIÓN DEL PLAN COMIRSA
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los Estados Contables auditados correspondientes al Ente de Promoción del Plan Comirsa Ejercicio 2012 conforme a la documentación presentada a estudio y en base a los procedimientos de auditoría aplicados, en virtud de los fundamentos expresados en el Considerando Quinto.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia que se ha dado cumplimiento a los requerimientos efectuados por la Relatoría y de su labor de auditoría, en mérito a lo expresado en los Considerandos Primero y Cuarto.
ARTÍCULO TERCERO: Mantener en reserva el tema señalado en el Resultando XVI, referido a la Causa Judicial Nº 16-00108375-06; subsistente la responsabilidad de los funcionarios intervinientes señores Walter Ariel Santalla; Marcelo Alberto Carignani y Pedro Escudero, encomendando a la Relatoría que en el próximo estudio de cuentas retome e informe sobre su evolución, dándole por cumplida la encomienda del fallo precedente, conforme lo expuesto en el Considerando Segundo.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a los señores Walter Ariel Santalla, Marcelo Alberto Carignani y Pedro Escudero lo resuelto en el Artículo Tercero.
ARTÍCULO QUINTO: Comunicar a las autoridades del Ente de Promoción del Plan Comirsa la Propuesta de Mejora generada por la División Relatora, conforme lo expuesto en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEXTO: Dar por cumplido a la División Relatora la encomienda del Artículo Quinto del fallo de cuentas del ejercicio 2011, encomendándole el seguimiento e informar sobre la deuda que el Organismo mantienen con la Provincia de Buenos Aires y la Propuesta de Mejora expuesta en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar la presente sentencia a las autoridades del Ente de Promoción del Plan Comirsa y a los funcionarios de la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales, conforme lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución de este H.
Tribunal del 21/05/86. Oportunamente devolver al Organismo, la documentación presentada a estudio.
ARTÍCULO OCTAVO: Remitir para conocimiento del señor Ministro de la Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Buenos Aires y al señor Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros, la presente sentencia.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Señor Director General de Receptoria y Procedimiento Resolución Nº 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, la presente sentencia que consta de nueve fojas, firmarla en doble ejemplar a los fines del Reglamento Interno, notificarla a los funcionarios citados en el Artículo Cuarto y comunicarla a los funcionarios citados en los Artículos Quinto, Sexto y Séptimo.
Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
Nota:
El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 38 de la Ley 10.869 y sus modificacionesrecurso de revisión.
Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 27/03/2014
N de Expediente: 2-170.0/2012-0-1-0
Ente u Organismo: INSTITUTO DE LA VIVIENDA
Ejercicio: 2012
Resuelve:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Instituto de la Vivienda - Ejercicio 2012 por un monto de $ 2.232.853.481,35 en las condiciones que se expresan en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos ciento treinta y ocho millones quinientos veintiocho mil ciento cincuenta y cuatro con quince centavos $138.528.154,15, que se transfiere al Ejercicio 2013 acorde a lo expresado en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia de la labor realizada por la División Relatora conforme lo expresado en el Considerando Primero.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia y comunicar a las autoridades del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires la propuesta de mejora de acuerdo a lo expresado en el Considerando Segundo y encomendar a la División Relatora el seguimiento del tema e informar en ocasión del estudio de cuentas del próximo ejercicio.
ARTÍCULO QUINTO: Remitir para conocimiento la presente sentencia a las autoridades del Organismo y al Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y devolver al Instituto de la Vivienda, los libros y demás elementos presentados a estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Rubricar por el señor Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 7/14 del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, la presente sentencia que consta de seis fojas, firmarlo en doble ejemplar a los fines establecidos en el Reglamento Interno. Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web del H. Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/08/2014 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha12/08/2014

Nro. de páginas55

Nro. de ediciones3423

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/08/2024

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