Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/12/2012 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

IV. 5 La información requerida en las declaraciones juradas podrán ser igualmente recibidas por cualquier otro medio fehaciente en la medida que tengan fecha cierta y contengan todos los datos requeridos en los arts. 54 y 55 del Estatuto.
IV. 6 Si el candidato no estuviere presente, deberá designar mandatario que lo represente con facultades para aceptar el cargo en caso de ser electo. La carta mandato deberá contener firma certificada por escribano público o contener la firma de dos testigos socios de la cooperativa para su validez.
IV. 7 Todo candidato postulante podrá renunciar a la postulación en cualquier momento hasta el momento de la elección. Dicha renuncia deberá efectuarse por cualquier medio fehaciente incluyendo la renuncia a viva voz formulada en la Asamblea pertinente.
V - Falta de Candidatos:
V. 1 Excepcionalmente, para el caso de que vencido el plazo no se hubiera oficializado ninguna candidatura, el Consejo de Administración confeccionará un listado que se considerará oficializado en el que deberá constar con la conformidad escrita de los asociados que integran el citado listado, la declaración jurada y su compromiso de asumir el cargo para el que se postula. Dicho listado podrá incluir más candidatos que puestos a elegir.
VIElección de la Comisión de Escrutinio:
VI. 1 Se seguirán las pautas del art. 47 del Estatuto por lo que una vez abierta la Asamblea se procederá a designar a los miembros de la Comisión de Escrutinio, la que contará con la cantidad de integrantes que disponga la Asamblea designados en la misma entre los presentes y a viva voz. Podrán presentarse miembros voluntarios que deberán ser aprobados por la Asamblea. Ni los candidatos ni los miembros del Consejo o la Sindicatura podrán ser miembros de la Comisión de Escrutinio. Dicha comisión tendrá las funciones estatutarias y sus decisiones se tomarán - en caso de disputapor simple mayoría de sus miembros.
VI. 2 Culminando el tratamiento de los puntos del Orden del Día de la Asamblea, o cualquier otro anterior al que prevea la elección de los Consejeros y la Sindicatura, se procederá a dar comienzo al acto eleccionario, por votación secreta, la que quedará en manos de la Comisión de Escrutinio la que tendrá facultades para observar votos, los que en caso de no resultar computables serán debidamente separados y colocados en un sobre o paquete lacrado y firmado por sus integrantes. Dichos votos se considerarán como no emitidos.
VI. 3 Corresponde a la Comisión de Escrutinio:
1 Velar y adoptar las medidas necesarias para el correcto desarrollo de las votaciones y el escrutinio.
2 Comprobar la identidad de los votantes en caso de duda.
3 Efectuar el recuento de votos.
4 Confeccionar el acta de votación la que deberá ser redactada por el Secretario del Consejo y firmada por el Presidente de la Asamblea y los miembros de la Comisión de Escrutinio.
VI. 4 Finalizada la votación, la Comisión de Escrutinio procederá a:
1 la verificación de los votos y el escrutinio.
2 Posteriormente procederá a anotar en su acta los resultados del acto eleccionario e informar de ello a las autoridades de la Asamblea.
3 La documentación que respalda todo lo actuado y el resultado del escrutinio será guardada en un paquete lacrado y firmada por los integrantes de la Comisión de Escrutinio y las autoridades de la Asamblea.
4 En caso de empate de dos o más postulantes se procederá a efectuar una segunda votación.
VI. 5 La Comisión de Escrutinio podrá proponer la anulación total o parcial de las elecciones cuando compruebe manifiestas irregularidades leves o graves según el caso.
El Presidente y el Secretario resolverán sobre la propuesta sin más y en la misma Asamblea. Igualmente podrá ser consultada para resolver cualquier diferencia o conflicto que surja en oportunidad del acto eleccionario o el escrutinio. No tendrá decisión ni opinión respecto a la validez de las candidaturas que hubieren sido impugnadas por el Consejo de Administración por no ajustarse al Estatuto o el Reglamento.
VIIDe los Padrones:
VII. 1 La Cooperativa confeccionará un padrón de todos los asociados en condiciones de elegir los que estarán a disposición de los asociados con 72 hs de anticipación al acto eleccionario y antes de comenzar la Asamblea.
VIIISupremacía de la Ley y del Estatuto:
VIII. 1 En caso de conflicto en la interpretación o aplicación entre las disposiciones de las leyes, el Estatuto y las de este Reglamento se impondrán las disposiciones de las leyes y en segundo término del Estatuto.

Transferencias


POR 5 DÍAS - Bahía Blanca. GUSTAVO DANIEL
FELIÚ, DNI 14.173.645, domiciliado en José Hernández 133 de Bahía Blanca, transfiere legajo de taxi N 388 a Mónica Patricia Feliú, DNI 12.971.399, domiciliada en José Hernández 133 de Bahía Blanca. Escribano interviniente: Mariana Moral, titular del Registro 74 con domicilio en 19 de Mayo 524 de Bahía Blanca. Se cita y emplaza a todos los acreedores del titular del legajo a que formulen sus oposiciones y reclamen sus créditos en el domicilio del Escribano interviniente, en un plazo máximo
LA PLATA, JUEVES 6 DE DICIEMBRE DE 2012

PÁGINA 9805

ANEXO I
REGLAMENTO INTERNO ELECTORAL
Datos a completar para postularse a ser Miembro del Consejo de Administración Nombres
Apellido
Domicilio
Número de Documento
Socios Activos que apoyan o refrendan la candidatura
En el caso de ser Representante de una Persona Jurídica nombrar la misma
Síndico
Si se postula para Síndico complete con una x Firma del Candidato IMPORTANTE:
Requisitos para ser candidato:
El art. 54 del Estatuto establece las condiciones para ser Miembro del Consejo de Administración:
a Ser persona de existencia visible o representante de entidad de existencia ideal o tener capacidad legal para obligarse.
b Haber integrado por lo menos una cuota social.
c No tener deudas vencidas con la Cooperativa, ni haber sido nunca dado de baja de la misma por moroso.
d Que sus relaciones con la Cooperativa hayan sido normales y no hayan motivado ninguna compulsión judicial.
e Tener antigedad mínima de tres años como Asociado de la Cooperativa.
f Haber tenido en el ejercicio contrato de seguro en vigencia.
Nc. 81.509

Provincial de Buenos Aires TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 4
Departamento Judicial Lomas de Zamora POR 3 DÍAS - Destrucción de Expedientes. El Tribunal del Trabajo Nro. 4 de Lomas de Zamora, hace saber que el día 23 de noviembre de 2012 a las 8 hs. se llevará a cabo la destrucción, autorizada por Resolución Nro. 2483/12 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 19 de septiembre del corriente año, de los expedientes paralizados cuya última actuación procesal útil date de más de 10 años años 1998 al 2001, cantidad de expedientes: 3.555. Asimismo se hace saber que la nómina de Expedientes a destruir art. 119 del Ac. 3397/08 se encuentra a disposición de los interesados en la Sede de este Tribunal, sita en Pte. Perón 46, Piso 1º, de la Localidad de Lomas de Zamora, Prov. de Buenos Aires. Según establece el artículo 120
del Acuerdo 3397/08, los interesados pueden plantear por escrito ante el Tribunal dentro de los 20 días corridos desde la publicación de edictos o desde la recepción del oficio según fuere el casoa que se refiere el artículo 119 del Acuerdo 3397/08, oposiciones, solicitar desgloses, ser designado depositario voluntario del Expediente en los términos del artículo 2188 y siguientes del Código Civil; o la revocación de la autorización de destrucción, cuando se verifique un supuesto de conservación prolongada regido por el artículo 116 del Acuerdo 3397/08. Lomas de Zamora, 27 de septiembre de 2012. Lelia Bibiana Rinaldi, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.274 / dic. 6 v. dic. 10

USINA POPULAR Y MUNICIPAL DE TANDIL S.E.M.
POR 1 DÍA - Aprobación de liquidaciones. Por la presente, la empresa Usina Popular y Municipal de Tandil SEM., inscripta en el Registro de Licitadores y Contratistas de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Tandil, bajo el Nº 685, hace saber que han concluido las obras decretadas de utilidad pública y pago obligatorio de pavimentación en calles: a Rosalía de Castro 1200 VP y VI; b Franklin 300
VP y VI; c Canadá 1000 VP y VI; d Fernández de la Cruz 1000 VP y VI y e López Osornio 800 VP y VI, todas de Tandil, según Ordenanza Municipal Nros: a 12587/2011;
b 12662/2011; c 12757/2012; d 12973/2012; e 12872/2012 respectivamente, estando aprobadas las liquidaciones correspondientes. El presente se publica a los efectos de que los Sres. vecinos frentistas, propietarios y/o tenedores a título de dueño de los inmuebles que no han abonado la obra concurran a dicho fin al domicilio de calle Nigro 575, oficina legal, de la ciudad de Tandil. Art. 46 concs. de O.G. 1772/73. Tandil, 13 de noviembre de 2012.
Tn. 191.142

de diez 10 días contados a partir de la última publicación. Bahía Blanca, veintinueve de octubre de 2012.
Mariana Moral, Notaria.
B.B. 58.888 / nov. 30 v. dic. 6


POR 5 DÍAS - Bahía Blanca. OLGA ALCIRA HASPERT, DNI 10.737.481 domic. calle Guiraldes 2260 de esta ciudad transfiere el legajo de taxi 329 a José Martínez, DNI 14.454.960 domic. calle León de Iraeta 816
de esta ciudad. Escribano interviniente Daniel Néstor Pie titular Registro 69 con domic. calle Sócrates 1461 de Bahía Blanca. Se cita y emplaza a todos los acreedores del titular del legajo a que formulen sus oposiciones y
reclamen sus créditos en el domicilio del escribano interviniente en un plazo máximo de diez 10 días contados a partir de la última publicación. Bahía Blanca, 31 de octubre de 2012. Daniel Pie, Notario.
B.B. 58.803 / nov. 30 v. dic. 6
POR 5 DÍAS Valle Hermoso. Aviso que ENRIQUE
ÁNGEL DI CLEMENTE domiciliado en 9 de Julio 4291 de Mar del Plata, Prov. de Buenos Aires alquila Planta para procesado de verduras y hortalizas libre de toda deuda y personal con todos sus enseres ubicada en Tetamanti el 5 y 7; Valle Hermoso de Mar del Plata; María Silvia Farías transfiere Habilitación Municipal del Inmueble citado y la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/12/2012 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha06/12/2012

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones3409

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/07/2024

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