Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/06/2012 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 28
de marzo de 2012, según consta en Acta Nº 3.095;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Intimar de pago a los derechohabientes del titular bajo apercibimiento de iniciar acciones legales que correspondan para su recupero.
ARTÍCULO 2º - Notificar la presente Resolución mediante Edictos.
ARTÍCULO 3º - Oportunamente dar intervención a la Dirección Liquidación y Pago de Haberes - Dpto. Determinación de Haberes - División Adecuaciones y Altaspara la confección del pertinente Título Ejecutivo.
ARTÍCULO 4º - Registrar. Pasen las actuaciones al Dpto. Técnico-Administrativo, Sector Edictos para su publicación, Hecho a la Dirección Liquidación y Pago de HaberesDpto. Determinación de Haberes - División Adecuaciones y Altas para que actúe en el marco de su competencia. Cumplido seguir el trámite como por derecho corresponda.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.730 / jun. 21 v. jun. 27

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2813-35924-65 SAMPIETRO, ITALIA AIDÉ s/Suc. la Resolución Nº 717.662 de fecha 8 de febero de 2012.
Corresponde al Expediente Nº 2813-35924-65
VISTO el expediente Nº 2813-35924/65 iniciado en vida por Italia Aidé Sampietro, atento la situación previsional planteada en autos, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución del 2/10/08 obrante a fs. 55 se declara legítimo el cargo deudor determinado en autos, atento la percepción indebida de haberes que surge de las actuaciones y que asciende a la suma de $ 2.132,31. Asimismo se recepta favorablemente la propuesta de pago efectuada por Eduardo Billordo y se ordena la afectación del 20% de los haberes pensionarios a los fines cancelatorios;
Que ahora bien, se advierte que al momento del dictado del acto, con fecha 2/10/08
lo dispuesto se torna abstracto atento haberse producido el fallecimiento de Eduardo Billordo con fecha 2/10/07, dándose de baja el beneficio con fecha 4/12/08;
Que se advierte que al momento del dictado del acto existía una situación de hecho que invalida lo resuelto no siendo fácticamente posible cumplimentar lo allí ordenado, por lo que corresponde la revocación según lo dispuesto por el Art. 113 del Decreto Ley 7.647/70;
Que a fs. 73 se dictaminó modificar la resolución referenciada de conformidad con el Art. 113 del decreto Ley 7.647/70;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 8
de febrero de 2012, según consta en el Acta Nº 3.088;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Rectificar, de conformidad a lo normado en el Art. 113 del Decreto Ley 7.647/70, la Resolución de fecha 2/10/2008.
ARTÍCULO 2º - Declarar legítimo el cargo deudor en cabeza de Eduardo Billordo por la suma de $ 2.132,32, atento las argumentaciones vertidas precedentemente.
ARTÍCULO 3º - Notificar la presente resolución a los posibles herederos mediante publicación de Edictos, a los fines de habilitar en su caso la confección del pertinente título ejecutivo.
ARTÍCULO 4º - Diligenciar Oficio al Registro de Juicios Universales a fin de verificar antecedentes.
ARTÍCULO 5º - Oportunamente, verificar la existencia de extracciones con posterioridad al fallecimiento de Eduardo Billordo, atento la fecha de baja de la prestación informada a fs. 64 y la fecha de deceso.
ARTÍCULO 6º - Registrar. Pasar las actuaciones al Dpto. Técnico-Administrativo, Sector Edictos para su publicación. Hecho al Dpto. de Control Legal para diligenciar Oficio al Registro de Juicios Universales. Cumplido seguir el trámite como por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.731 / jun. 21 v. jun. 27

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-077342-07 SÁNCHEZ ANDRÉS ÁNGEL s/Suc. la Resolución Nº 717.659 de fecha 8 de febero de 2012.
Corresponde al Expediente Nº 21557-077342-07
VISTO el expediente Nº 21557-077342-07 iniciado por el hoy fallecido Andrés Ángel Sánchez, atento el cargo deudor liquidado por haberse detectado la percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento de la pensionada, y CONSIDERANDO:
Que resulta inviable materializar los términos del acto de fecha 20/05/10 fs. 64, en razón de ocurrir el fallecimiento de la titular de Pensión Antonia Grilli 18/08/07;

LA PLATA, JUEVES 21 DE JUNIO DE 2012

PÁGINA 5055

Que se corroboró la extracción de fondos de la Cuenta del causante con posterioridad al deceso de la pensionada, como también la manifestación de autoría por parte de la nombrada y asunción de pago mediante los haberes pensionarios ver fs. 38;
Que cabe señalar que el monto del cargo deudor a recuperar, según lo que establecieron la áreas técnicas fs.66/70, cual es $ 8.372,63;
Que a fs. 74 se dictaminó declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos, por haberes percibidos indebidamente por parte de la pensionada -fallecida-;
Que la presente fue tratado por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 8
de febrero de 2012, según consta en el Acta Nº 3.088;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Declarar legítimo el cargo deudor determinado en autos por la suma que asciende a $8.372,63, en virtud de la percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento de Andrés Ángel Sánchez, por Antonia Grilli -fallecida-;
ARTÍCULO 2º - Notificar a los derecho-habiente/s sobre la aludida deuda como los demás términos a plasmarse en el acto que en consecuencia se dicte, e intimar de pago -dentro del plazo perentorio de cinco 5 días-. En el supuesto de corresponder, deberá imprimirse la modalidad de rigor para dichos casos, cual es la publicación de Edictos en el marco formal y legal respectivamente. Ello bajo apercibimiento de iniciar este IPS las acciones legales por la vía judicial idónea para el recupero total del cargo deudor, dando intervención a la Fiscalía de Estado, previa confección del título ejecutivo.
ARTÍCULO 3º - Registrar. Pasar a la Dirección de Recaudación y Fiscalización Sector Gestión y Recupero de Deudapara que tome la intervención de su competencia.
Hecho al Dpto. de Informaciones Generales. Cumplido siga trámite como por derecho corresponda. Oportunamente archivar.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.732 / jun. 21 v. jun. 27

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco 5 días en el expediente Nº 2350-116957-02 SIELING JUAN EBERARDO s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio de pensión, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.733 / jun. 21 v. jun. 27

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, cita por el término de cinco 5 días en el expediente Nº 21557-219910-12 TUCCI RODOLFO CÉSAR
s/Suc., a toda persona que se considere con derecho al beneficio del subsidio por fallecimiento, bajo apercibimiento de resolverse las actuaciones con las partes intervinientes.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.734 / jun. 21 v. jun. 27

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-076442-07, VALDIVIA NAVARRO JOSÉ s/Suc., la Resolución Nº 717564 de fecha 8 de febrero de 2012.
Corresponde al Expediente Nº 21557-076442-07
VISTO el presente expediente por el cual José Valdivia Navarro solicita se le acuerda el beneficio pensionario en su carácter de cónyuge supérstite de Nydia Jesús Figueroa, ex jubilada Nº 201.843.635 de la Sección Magisterio y fallecida el 15 de octubre de 2005, y CONSIDERANDO:
Que del testimonio de sentencia agregado por la hija de la causante a fs. 9/10 del expediente de fs. 33, surge que los cónyuges se encontraban separados legalmente en los términos de la Ley 2.393 por sentencia recaída en la causa Valdivia, José y Figueroa, Nydia Jesús s/ Divorcio por mutuo consentimiento 67 bis;
Que habida cuenta que el Art. 67 bis de la Ley arriba mencionada, dispone que la separación tendrá los mismos efectos que el divorcio por culpa de ambos cónyuges, es que no corresponde otorgar el beneficio pretendido por el interesado, ello conforme lo establecido en el Art. 39 del Decreto Ley 9.650/80 TO 1994;
Que contando con la vista del Sr. Fiscal de Estado a fs. 35 y de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Relatoria a fs. 37;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Denegar el beneficio de pensión solicitado por José Valdivia Navarro, DNI 94.133.071, clase 1940, domiciliado en calle Urquiza Nº 461 de la localidad de San Nicolás de los Arroyos, partido de San Nicolás, atento las argumentaciones vertidas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º. Contra las Resoluciones del Instituto de Previsión Social los interesados podrán interponer Recurso de Revocatoria dentro del plazo de veinte 20 días de notificado artículo 74 Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994.
Celina Sandoval Jefe de Departamento Interino C.C. 5.735 / jun. 21 v. jun. 27

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/06/2012 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha21/06/2012

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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