Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/03/2012 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

4 Proceder a suscribir el Acta Compromiso, cuyo modelo consta en Anexo III.
5 Proceder a liquidar la obligación, por expediente, verificar la existencia medidas de afectaciones patrimonial, calcular las retenciones de la seguridad social e impositivas, y determinar:
El monto total en pesos de las retenciones.
El monto total en pesos de las afectaciones.
La cantidad de bonos calculados al valor técnico equivalente al monto de la obligación a cancelar a la fecha de suscripción del contrato.
6 Suscribir juntamente con el acreedor, o su representante, el contrato pertinente.
7 Verificar en la Tesorería General de la Provincia la existencia de pedidos de fondos, o solicitar los mismos, con afectación a las partidas de Contribuciones Figurativas, Préstamos, Aportes de Capital, o Ingresos Propios, según corresponda.
8 Una vez cancelado el pedido de fondos por parte de la Tesorería General de la Provincia, mediante el pago de la parte de efectivo correspondiente a las retenciones impositivas y la constancia de acreditación de los Bonos en la cuenta comitente de cada acreedor en la Caja de Valores S.A., proceder a registrar el ingreso en la cuenta contable correspondiente.
9 Simultáneamente, entregar al acreedor el comprobante de retenciones impositivas, previa deducción de las afectaciones que correspondan, y entregar la constancia de acreditación a su nombre de los bonos en la Caja de Valores S.A., completando así el pago total del contrato de suscripción celebrado y proceder a cancelar la totalidad de las órdenes de pago que conforman dicho contrato, con la imputación presupuestaria que corresponda.
10 Llevar un Registro de Contratos de Regularización de Obligaciones No Financieras o Suscripción de Títulos en el que se consignará número de contrato, fecha, acreedor, número de expediente, número de orden de pago original, importe del contrato y observaciones.
b Corresponde a la Tesorería General de la Provincia:
1 Pagar al Organismo Descentralizado, Empresa, Sociedad del Estado Provincial o Fondos Fiduciarios, previa intervención de la Contaduría General de la Provincia, con la imputación indicada en el punto a.7 y simultáneamente retener e ingresar a la cuenta contable Retenciones Bonos de Regularización de Obligaciones No Financieras, por el monto de la emisión de bonos y cancelar con esta última imputación el contrato suscripto, por el importe líquido a pagar al proveedor mediante la transferencia de la cuenta comitente Tesorería General de la Provincia Cuenta Títulos Bonos de Regularización de Obligaciones No Financieras a la cuenta de cada acreedor en la Caja de Valores S.A.
2 Entregar en pesos, al Director General de Administración o funcionario que haga sus veces, con imputación a Contribuciones Figurativas, Préstamos, Aportes de Capital, o Ingresos Propios, según corresponda, los fondos necesarios para el pago de las retenciones impositivas, en el caso de corresponder.
3 Informar al Director General de Administración o funcionario que haga sus veces sobre la cancelación de cada uno de los contratos celebrados.

LA PLATA, VIERNES 23 DE MARZO DE 2012

PÁGINA 2227

C.C. 2.712

Disposiciones


Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 727
La Plata, 8 de marzo de 2012.
VISTO el expediente Nº 2209-52748/2011, relacionado con la nota elevada a foja 2
suscripta por el Director Médico del Sanatorio San Lucas de San Isidro, que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que la oblea de seguridad serie BA, Nº 1277810 debe ser anulada conforme la nota adunada a foja 2 suscripta por el Director Médico del Sanatorio San Lucas de San Isidro, Dr. Pedro LAWSON, por la que informa la inutilización de la misma por error en su confección;
Que obra adunada a foja 1 nota elevada a la Directora Provincial del Registro de las Personas por el Licenciado Cristian BATISTA, Director de Planeamiento y Estadística por medio de la cual remite la comunicación del nosocomio;
Que obra adherida al pie de foja 2 la oblea de seguridad mencionada tachada y exhibiendo anotación que reza anulado;
Que las presentes actuaciones se enmarcan dentro de lo prescripto por el artículo 11
del Decreto 1.454/06.
Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Anular la oblea de seguridad serie BA Nº 1277810, por las razones expuestas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º. Destruir la documentación detallada en el artículo 1º por la Dirección de Planeamiento y Estadística, bajo debida constancia.
ARTÍCULO 3º. Registrar. Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a la Dirección de Delegaciones y a la Dirección de Planeamiento y Estadística. Cumplido, Archivar.
Claudia Marcela Corrado Directora Provincial C.C. 2.644

Provincia de Buenos Aires MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LAS PERSONAS
Disposición Nº 735
La Plata, 8 de marzo de 2012.
VISTO el expediente Nº 2209-59527/2012, relacionado con la nota elevada a foja 1
suscripta por el Director de Planeamiento y Estadística del Registro Provincial de las Personas, que diera origen a los presentes, y CONSIDERANDO:
Que conforme nota obrante a foja 1 suscripta por el Licenciado Cristian Batista, Director de Planeamiento y Estadística, deben ser anuladas la constatación de parto y obleas de seguridad en ella detalladas;
Que debe anularse la constatación de parto serie A Nº 01602560 obrante a foja 2, por rotura, y la oblea de seguridad serie BA Nº 1397190 adunada a foja 3, donde obra nota de la Dra. Eleonora J. DUBRA, Sub Directora Médica del Hospital Italiano de La Plata, mediante la cual solicita dicha medida;
Que deben anularse las obleas de seguridad detalladas en la nota obrante a foja 4, suscripta por la Sra. María Rosa HEREDIA, Jefa de Internaciones del Instituto Médico Platense, por error en su confección;
Que se adunan a fojas 5/7 las obleas de seguridad que deberán ser anuladas, a saber; serie BA Nº 1401613; serie BA Nº 1401614; serie BA Nº 1401615; serie BA Nº 1401616; serie BA Nº 1401617; serie BA Nº 1401625; serie BA Nº 1401626; serie BA Nº 1401627; serie BA Nº 1401628; serie BA Nº 1401629; serie BA Nº 1401630; serie BA Nº 1401631; serie BA Nº 1401632; serie BA Nº 1401633; serie BA Nº 1401634; serie BA Nº 1401635; serie BA Nº 1401636; serie BA Nº 1401637; serie BA Nº 1401638; serie BA Nº 1401639; serie BA Nº 1401640; serie BA Nº 1401641; serie BA Nº 1401642; serie BA Nº 1401643; serie BA Nº 1401644; serie BA Nº 1401645; serie BA Nº 1401646; serie BA Nº 1401647 y serie BA Nº 1401648;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/03/2012 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha23/03/2012

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3400

Primera edición02/07/2010

Ultima edición27/06/2024

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