Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO 2º.- El beneficio acordado será abonado a partir del día 24/04/2008, y será equivalente al 45% del sueldo y bonificaciones asignados al cargo de Cat. 4 servicio 30 hs. con 29 años de antigedad desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación.ARTÍCULO 3º.- Aprobar el cómputo de servicios de fs. 44 y la liquidación de la deuda practicada en concepto de aportes no efectuados que ascienden a la suma de $ 0 estableciendo que se han computado 28 años, 03 meses y 16 días de Servicios.ARTÍCULO 4º.- El Departamento Inclusiones procederá a incluir el presente en planillas de pago de la Sección Administración General.Observaciones:
El haber correspondiente al cargo establecido en el Art. 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.
Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9650/80 T.O. 1994 Implica tanto el aumento como la disminución del haber en la misma proporción que aumente o disminuya el haber del activo.ARTÍCULO 5º.- Regístrese en Actas, notifíquese al interesado.

LA PLATA, MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2011

PÁGINA 8411

ARTÍCULO 2º. Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.156 / sep. 8 v. sep. 14

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-34351-06 DALTO EUCARIS ELVA s/Suc., Acta Nº 2996 de fecha 29 de abril de 2010.VISTO el expediente nº 21557-34351/06 iniciado por Blanca Elba LLORENTE en calidad de hija de Eucaris Elva DALTO fallecida el 23 de noviembre de 2005 por el cual solicitara el Pago de Haberes Sucesorios y
CONSIDERANDO:
Que conforme el certificado de defunción acompañado, con fecha 22-3-04, fallece el pensionado quien gozaba del citado beneficio a partir del 5-1-04;
Que en este estado se detectó una percepción indebida de sumas liquidadas con posterioridad al fallecimiento del causante, conforme fs. 48, ante esto y atento que prima facie estaríamos ante la posible comisión de un delito de acción pública, debe intervenir la Dcción. de Planificación y Control de Gestión a efectos de proceder a la pertinente denuncia ante la justicia para determinar la comisión y autoría del eventual delito;
Que más a fs. 50 vta registra la calidad de apoderada, del pensionado fallecido, la señora Norma Lidia CAROSIO;
Que finalmente este Cuerpo hace suyos los argumentos de hecho y de derecho vertidos en el dictamen que antecede;
Por ello,
CONSIDERANDO:
Que atento el certificado obrante fs.6, con fecha 23/11/05 fallece Eucaris Elva DALTO
quien gozaba de un beneficio de jubilación en este ámbito;
Que con fecha 3 de febrero de 2006, se presenta Blanca Elba LLORENTE en su carácter de hija de la causante de autos, solicitando se le abonen todos los haberes que su madre no percibió en virtud de producirse su fallecimiento, encontrándose acreditados los vínculos invocados con la partida de nacimiento a fs. 12;
Que cabe destacar que el pago de haberes sucesorios deriva de la existencia de la obligación principal, generada por los haberes jubilatorios devengados y no percibidos por el titular de autos, en virtud de producirse su deceso, resultando con derecho al mismo los derecha habientes de Eucaris Elva DALTO, Que ahora bien, durante el trámite se detectó que hubo una percepción indebida de sumas liquidadas por este Organismo con posterioridad al fallecimiento de la titular, conforme surge de fs.46;
Que teniendo ello en cuenta y atento en primera instancia nos encontraríamos ante la posible comisión de un eventual delito de acción pública, corresponde dar intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión, para que proceda a efectuar la pertinente denuncia ante la justicia, a fin de determinarse la comisión y autoría del eventual delito;
Que atento lo expuesto, se supeditará el pago de haberes sucesorios peticionado, a las resultas de la investigación judicial mencionada en el párrafo precedente;
Que a fs. 52 se dictaminó suspender el trámite de pago de haberes sucesorios y dar intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Instituto en fecha 29
de abril de 2010, según consta en el Acta Nº 2996;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Suspender el trámite de las presentes actuaciones en cuanto al recupero de la deuda; ello hasta tanto se dirima la cuestión en sede Judicial, conforme los lineamientos vertidos en la presente.ARTÍCULO 2º.- Pasen las actuaciones al Departamento Asesoramiento para su notificación, cumplido a la Dcción. de Planificación y Control de Gestión atento lo dispuesto en el punto 2º del dictamen que antecede.-

ARTÍCULO 1º. Suspender el trámite de Pago de Haberes Sucesorios, supeditándose el pago de las sumas reclamadas por Blanca Elba Llorente, hasta tanto se dirima la cuestión en sede judicial, conforme lo vertido en el presente.
ARTÍCULO 2º. Notificada la solicitante de lo dispuesto precedentemente, dar intervención a la Dirección de Planificación y Control de Gestión, para que proceda a efectuar la pertinente denuncia ante la Justicia, a fin de determinarse la posible comisión y autoría de un eventual delito de acción pública.
ARTÍCULO 3º. Registrar. Pasar al Dto. Asesoramiento a efectos de notificar.
Cumplido, seguir con su trámite como por derecho corresponda con el resultado de la notificación.

Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.154 / sep. 8 v. sep. 14

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 2350-166604-04 BRAICA NÉLIDA CARMEN s/Suc., la Resolución Nº 2975 de fecha 22 de octubre de 2009.
VISTO los presentes actuados por los cuales se detecta la percepción indebida de haberes con posterioridad al fallecimiento del titular de pensión Francisco Antonio CAROSIO y
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.155 / sep. 8 v. sep. 14

Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 10.157 / sep. 8 v. sep. 14

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 2803-72788-90 CAPRA ELBA DORILA s/Suc., la Resolución Nº 2975 de fecha 22 de octubre de 2009.VISTO las presentes actuaciones por medio de las cuales se analiza la situación previsional del titular de autos y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 330.571 de fecha 31-10-91, se acordó beneficio de jubilación ordinaria al titular en base a los servicios prestados en la Mdad de Quilmes;
Que motiva la presente el requerimiento de ajuste en base al adicional Gastos de Representación del Personal Superior y Personal Jerárquico. En primer lugar es dable poner de resalto que dicho emolumento exige la contraprestación, a cargo del agente, de exceso de carga horaria y, según lo actuado en autos la titular no cumplió la misma y, en consecuencia, no corresponde su traslado a la pasividad por no reunir los requisitos exigidos por el art. 41 de la norma previsional;
Que en esta instancia este Cuerpo hace suyos los argumentos de hecho y de derecho vertidos en el dictamen que antecede;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Rechazar, por los motivos expuestos precedentemente, la presentación efectuada por Elba Dorila CAPRA de ajuste del haber con la consideración del adicional por Gastos de Representación del Personal Superior y Personal Jerárquico; ello por no reunir los recaudos del art. 41de la norma previsional.-

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el Expediente N 21557-100591-08 EDGELL SUSANA BEATRIZ s/Suc., la Resolución Nº 709197 de fecha 03 de agosto de 2011.VISTO el presente expediente por el cual Norberto Oscar NOSEDA solicita se le acuerde el beneficio de PENSIÓN, en su carácter de esposo de Susana Beatriz EDGELL, ex jubilada Nº 204.218.116 de la sección Magisterio y fallecida el 30 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:
Que, teniendo en cuenta que durante la tramitación de dicho beneficio fallece el peticionante con fecha 06 de enero de 2010, según lo informado a fs. 68 corresponde en consecuencia reconocer el derecho que le asistía al goce de beneficio;
Que, se encuentran reunidos establecidos en el Decreto-Ley 9650/80 T.O. 1994;
Que contando con la vista del Señor Fiscal de Estado a fs. 65;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1.-Dejar sin efecto la Resolución Nº 696.641, de fecha 09 de febrero de 2011 de fs. 66, por la cual se acordó el beneficio de Pensión a Norberto Oscar NOSEDA
atento haberse dictado con posterioridad al fallecimiento del mismo.ARTÍCULO 2.- Reconocer que a Norberto Oscar NOSEDA, LE 5.243.973, clase 1937, le asistía el goce del beneficio pensionario equivalente al 53 % del sueldo y bonifi-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/09/2011 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha14/09/2011

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones3412

Primera edición02/07/2010

Ultima edición18/07/2024

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