Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/07/2011 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

en el sentido de dejar establecido que la fecha de caducidad del mencionado beneficio es el 4/4/07 y no como se consignara en la resolución de referencia.
ARTÍCULO 2º - Estése a lo demás proveído en la resolución que se modifica y en consecuencia, regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación, cumplido pase a la Determinación y Liquidación de Haberes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.050 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-128295-02, FILIPPA ELBA AMANDA, la Resolución Nº 688.741 de fecha 22 de septiembre de 2010.
Corresponde al expediente Nº 2350-128295-02.
Teniendo en cuenta que con posterioridad al dictado de la Resolución Nº 521.410, de fecha 5 de febrero de 2004, obrante a fs. 47, por la cual se reajustó el beneficio de jubilación a Elba Amanda Filippa, bajo el Nº 704.654.756 de la Sección Magisterio, se rectifica la correlación y liquidación, corresponde modificar la mencionada resolución;
Visto lo actuado y contando con la vista del Señor. Fiscal de Estado a fs. 89;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Modificar en su parte pertinente la Resolución Nº 521.410, de fecha 5 de febrero de 2004, obrante a fs. 47, en el sentido de dejar establecido que los mejores cargos desempeñados por Elba Amanda Filippa, son el 70% de Preceptora E.E.M Nº 7 R-130% y el 70% de Preceptora E.E.M, ambos con 24 años desempeñados en la Dirección General de Cultura y Educación, a liquidarse a partir del 15 de junio de 2004, ello atento fs. 68 y lo dispuesto por el artículo 62 párrafo III del Decreto Ley 9.650/80 T.O.
1994.
ARTÍCULO 2º - Liquidar dicha suma y las diferencias resultantes con imputación a la cuenta del Instituto de previsión Social Sección Magisterio.
ARTÍCULO 3º - Se deja constancia que la movilidad establecida por el Art. 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 4º - Estése a lo demás proveído en la resolución que se modifica y en consecuencia, regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación, cumplido pase a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.051 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
La Plata, 13 de enero de 2010.
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2350-148053-03 ITURRIAGA OLIVERA SUSANA INÉS s/Suc., La Plata 13 de enero de 2010. Dra. Carla Astrid Rita López Gijsberts. Domicilio calle 41 Nº 412, La Plata. Tengo el agrado de dirigirme a Usted con referencia al expediente Nº 2350148053-03 perteneciente a Iturriaga Olivera Susana Inés. En consecuencia se encuentra a disposición el mismo, pudiendo tomar conocimiento en el departamento asesoramiento de la Dirección de Prestaciones originarias de 8:30 a 12:30 hs. de lunes a viernes. De no contar con vuestra presencia en los próximos 20 días hábiles de recibida la misma sin dar respuesta o aviso fehaciente alguno, se procederá a la remisión al archivo si correspondiere. Sin otro particular, saludo a Usted muy atentamente.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.052 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2918-17695-93, KROGH SOFÍA MARÍA, la Resolución Nº 679.437
de fecha 25 de marzo de 2010.
Corresponde al expediente Nº 2918-17695-93.
VISTO el Decreto Nº 2.176, de fecha 18 de agosto de 2006, por el cual se correlaciona el cargo desempeñado por doña Sofía María Krogh, jubilada Nº 203.823.556 de la Sección Municipalidades; y CONSIDERANDO:
Que procede establecer el cargo por el cual se regulara el haber de la prestación jubilatoria del titular de autos;
Visto lo actuado y contando con la vista del Señor. Fiscal de Estado a fs. 174;
Por ello,
LA PLATA, VIERNES 22 DE JULIO DE 2011

PÁGINA 6449

antigedad en base al coeficiente 1 del cargo citado, a liquidarse a partir del 18 de agosto de 2006, ello atento la fecha de vigencia del Decreto del Poder Ejecutivo mencionado precedentemente.
ARTÍCULO 2º - Liquidar dicha suma y las diferencias resultantes con imputación a la cuenta del Instituto de previsión Social Sección Municipalidades.
ARTÍCULO 3º - Se deja constancia que la movilidad establecida por el Art. 50 del Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 4º - Regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación, cumplido pase a la Dirección de Determinación y Liquidación de Haberes.
Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.053 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 21557-113525-08 LENCINAS RAÚL ESTEBAN la Resolución Nº 690.855 de fecha 20 de octubre de 2010.
Corresponde al expediente Nº 21557-113525-08
VISTO el presente expediente por el cual Raúl Esteban Lencinas, solicita se le acuerde el beneficio de jubilación especial, en los términos de la Ley Nº 12.875, y CONSIDERANDO:
Que se encuentran reunidos los requisitos establecidos por la Ley Nº 12.875 y por Decreto Ley Nº 9.650/80 T.O 1994;
Que, contando con la vista del Señor Fiscal de Estado a fojas 54, Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º - Acordar el beneficio de jubilación especial, en los términos de la Ley Nº 12.875, a Raúl Esteban Lencinas, fecha de nacimiento el 16 de diciembre de 1962, con Documento DNI Nº 16.313.740 y domicilio real en la calle Villa Vengochea y Saldia s/nº, de la Localidad de Villa Vengochea, partido de General Rodríguez, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º - El beneficio acordado será liquidado a partir del 1º de abril de 2008, y será equivalente al 80 % del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Obrero Cat.
21, 30 hs. Con 23 años de antigedad, desempeñado en la Municipalidad de General Rodríguez.
ARTÍCULO 3º - Notificar por la presente lo dispuesto en el artículo 60 de Decreto Ley 9.650/80 T.O. 1994, cuyo texto se acompaña.
ARTÍCULO 4º - El Departamento de Inclusiones procederá a incluir el beneficio en las planillas de pago de la Sección Municipalidades. Percibió anticipo jubilatorio por la Municipalidad de General Rodríguez.
ARTÍCULO 5º - Oportunamente las presentes actuaciones volverán al trámite atento lo solicitado a fs. 41.
ARTÍCULO 6º - Establecer que han sido computados 25 años y 07 meses de servicios con una remuneración al cese 03/2008 de $ 3721,65 en la Municipalidad de General Rodríguez.
Determinar que deberán efectuarse los aportes y contribuciones faltantes a cargo del empleador citado a los fines de alcanzar los 30 años de servicios por una cantidad de 04
años y 05 meses.
ARTÍCULO 7º - La Dirección de Recaudación y fiscalización, de conformidad con las pautas dispuestas en el artículo 8º de la Ley Nº 12.875, fijara la Municipalidad de General Rodríguez el procedimiento a seguir para el recupero de las sumas adeudadas, conforme el articulo anterior, generando el debido registro y verificación del cumplimiento de pago.
ARTÍCULO 8º - Se deja constancia que la movilidad establecida en el artículo 50 del Decreto Ley 9.650/80 implica tanto el aumento como la disminución del haber, en la misma proporción que se aumente o disminuya el haber del activo.
ARTÍCULO 9º - El haber correspondiente al cargo establecido en el artículo 2º es el que viene percibiendo en carácter de transitoriedad.
ARTÍCULO 10 - Regístrese en Actas; vuelva al Departamento Resoluciones Legajos para su notificación. Hecho a la Dirección de Recaudación y Fiscalización Departamento Recursos Entes Provinciales a sus efectos Celina Sandoval Jefe de Dpto. Interino C.C. 8.054 / jul. 19 v. jul. 25

Provincia de Buenos Aires INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica en el expediente Nº 2918-66394-95, LORENZO JUANA ANGÉLICA, la Resolución Nº 689854 de fecha 6 de octubre de 2010.
Corresponde al expediente Nº 2918-66394-95
VISTO el presente expediente por el cual Juana Angélica Lorenzo Jubilada Nº 205.125.459 de la sección Magisterio continuo en actividad en tareas comunes sin efectuar la correspondiente denuncia; y
ARTÍCULO 1º - Establecer que el cargo en base al cual debe liquidarse el haber provisional de doña Sofía María Krogh, jubilado Nº 203.823.556 de la Sección Municipalidades, es el correspondiente al 53% del Coeficiente 0,55 del cargo de Tesorero de la Municipalidad de Tres Arroyos, debiéndose regular la bonificación por
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 388.399 de fecha 20 de junio de 1996 se otorgo a la titular de autos el beneficio de jubilación, detectándose posteriormente la continuidad en las tareas comunes sin la correspondiente denuncia, por lo que corresponde formular cargo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/07/2011 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha22/07/2011

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones3408

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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