Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2011 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

ARTÍCULO OCTAVO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos tercero: Prueba del Saldo y quinto, apartado 2: Incompatibilidad, y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO NOVENO: Declarar que los Sres. Alberto Raúl Pfeiffer, Raúl Horacio Gladchtein, Ricardo Leonardo Ivoskus, Héctor Daniel Abbruzzese y Maudillo Diéguez Fernández, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar a los Sres. Ernesto Alberto Ivoskus y Raúl Horacio Gladchtein de la amonestación que se le formula en el artículo cuarto.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar al Sr. Ricardo Leonardo Ivoskus de la multa que se le formula en el artículo quinto y fijarle plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1.865/4
a la orden conjunta del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869
y sus modificatorias. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias . Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias .
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Notificar a los Sres. Ricardo Leonardo Ivoskus, Héctor Daniel Abbruzzese y Alberto Raúl Pfeiffer del cargo que se le formula en el artículo sexto y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden conjunta del Sr.
Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DECIMOTERCERO: Notificar a los Sres. Alberto Raúl Pfeiffer, Raúl Horacio Gladchtein, Ricardo Leonardo Ivoskus, Héctor Daniel Abbruzzese y Maudillo Diéguez Fernández de la reserva dispuesta por el artículo octavo.
ARTÍCULO DECIMOCUARTO: Disponer que las autoridades municipales tomen nota de lo manifestado en los considerandos cuarto, apartado 2 y quinto, apartado 1.
ARTÍCULO DECIMOQUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DECIMOSEXTO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona VII de este Honorable Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de veintiún fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en los artículos undécimo y duodécimo y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: Fallo Fecha de acuerdo: 22/03/2011
Nº de expediente: 4.056.0/09
Ente u organismo: GUAMINÍ
Ejercicio: 2009
Resuelve: Fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Guaminí, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Siete millones dieciocho mil novecientos sesenta y uno con 57/100 $ 7.018.961,57 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Resultando IX y el Considerando Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el considerando segundo, incisos 1, 4, 6, 7, 10, 11.a, 11.b, 11.c, 12 y 13.
ARTÍCULO CUARTO: Dejar constancia de lo manifestado en los considerandos cuarto, incisos 1 y 2 y quinto.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando octavo, aplicar una amonestación al Director de Asuntos Legales Sr. César Carlos Elorriaga, al Contador Municipal Sr. Julián Ezequiel Krieger, al Secretario de Hacienda Sr. Claudio Sergio Figal, a la Contadora Municipal Sra. Elsa Graciela Stoessel, a la Secretaria de Hacienda Sra. Stella Maris Camilo, y al Secretario de Gobierno a cargo de la Secretaría de Hacienda y Responsable del Sistema de Presupuesto Sr. Rubén Jorge Moro artículos 243 inciso 4º de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 2 de la Ley 10.869 y sus modificatorias.

LA PLATA, MARTES 5 DE JULIO DE 2011 PÁGINA 5741

ARTÍCULO SEXTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando octavo aplicar multa de $ 3.000,00 al Intendente Municipal Sr. Carlos Alberto Cordero artículos 243 inciso 2º de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 4º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando sexto, inciso 1 con formulación de cargo de $ 1.317,53 por el que responderán el Intendente Municipal: Carlos Alberto Cordero, en solidaridad con el Contador Municipal:
Julián Ezequiel Krieger, y el Secretario de Hacienda: Claudio Sergio Figal artículos 243
inciso 1º de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 3º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando sexto, inciso 2 con formulación de cargo de $ 1.418,67 por el que responderán hasta la suma de $ 555,58, el Intendente Municipal: Carlos Alberto Cordero, en solidaridad con el Contador Municipal: Julián Ezequiel Krieger, y el Secretario de Hacienda: Claudio Sergio Figal y hasta la suma de $ 863,09 el Intendente Municipal: Carlos Alberto Cordero, en solidaridad con el Contador Municipal: Julián Ezequiel Krieger y la Secretaria de Hacienda: Stella Maris Camilo artículos 243 inciso 1º de la Ley Orgánica Municipal y 16
inciso 3º de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Encomendar a la Relatoría de Delegación las verificaciones indicadas en los considerandos segundo, incisos 8 y 9 y tercero, incisos 1 y 2.
ARTÍCULO DÉCIMO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos sexto, inciso 5 y séptimo, inciso 6, y disponer que la Relatoría de Delegación y la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Declarar que el Intendente Municipal Sr. Carlos Alberto Cordero, el Contador Municipal Sr. Julián Ezequiel Krieger, el Secretario de Gobierno a cargo de la Secretaría de Hacienda y Responsable del Sistema de Presupuesto Sr.
Rubén Jorge Moro, el Contador Municipal Sr. Gustavo Fabián Eleno, el Director de Asuntos Legales Sr. César Carlos Elorriaga y el Jefe de Personal Sr. Manuel Ángel Haedo, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores tratadas en el considerando séptimo, incisos 1, 2, 3 y 4, en las condiciones allí expuestas y considerar subsumida la tratada en el considerando séptimo, inciso 5, en la reserva dispuesta en el considerando sexto, inciso 5.
ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO: Notificar al Sr. César Carlos Elorriaga, al Sr. Julián Ezequiel Krieger, al Sr. Claudio Sergio Figal, a la Sra. Elsa Graciela Stoessel, a la Sra.
Stella Maris Camilo y al Sr. Rubén Jorge Moro, de la amonestación que se le formula en el artículo quinto.
ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO: Notificar al Sr. Carlos Alberto Cordero de la multa que se le formula en el artículo sexto y fijarle plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, 1865/4 a la orden conjunta del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10869 y sus modificatorias .
ARTÍCULO DÉCIMOQUINTO: Notificar al Sr. Carlos Alberto Cordero, al Sr. Julián Ezequiel Krieger, al Sr. Claudio Sergio Figal y a la Sra. Stella Maris Camilo, del cargo que se les formula en los artículos séptimo y octavo y fijarles plazo de noventa días para que procedan a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 a la orden conjunta del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se les hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10869 y sus modificatorias .
ARTÍCULO DÉCIMOSEXTO: Notificar al Sr. Carlos Alberto Cordero, al Sr. Julián Ezequiel Krieger, al Sr. Rubén Jorge Moro, al Sr. Gustavo Fabián Eleno, al Sr. César Carlos Elorriaga y al Sr. Manuel Ángel Haedo, de la reserva dispuesta por los artículos décimo y undécimo y lo dispuesto en el artículo duodécimo in fine.
ARTÍCULO DECIMOSÉPTIMO: Notificar al Sr. Carlos Alberto Cordero, al Sr. Julián Ezequiel Krieger, a la Sra. Iris Belén Pérez y a la Sra. María Rosa Clavero, del cese de las reservas dispuesta en el artículo undécimo.
ARTÍCULO DÉCIMOCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMONOVENO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIIPigé de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de veintiocho fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2011 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha05/07/2011

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones3422

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/08/2024

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