Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/08/2010 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

siderado con la siguiente imputación: PRESUPUESTO GENERAL - EJERCICIO 2010LEY 14.062 - DECRETO 2586/09 - JURISDICCIÓN 11.220 JURISDICCIÓN AUXILIAR
00 - ENTIDAD 050 - FINALIDAD 3 - FUNCIÓN 4 - FUENTE DE FINANC. 1.3. - PROG 007
- AES 001 - PARTIDA PRINCIPAL 5 - SUBPRINCIPAL 1 - PARCIAL 9 - SUBPARCIAL 001.
CUMPLIMIENTO LEY 10.448.
ARTÍCULO 4º. Determinar que los certificados de Crédito Fiscal serán entregados una vez cumplida la presente Resolución y verificados, desde su aspecto formal por la Dirección de Auditoría de Control de Gestión, todos los requisitos que debe cumplimentar la empresa interesada, siendo la misma una visación de la documentación rendida por los interesados, quienes asumen la absoluta responsabilidad sobre su veracidad, en cuanto a las acciones de capacitación y adquisición de equipamiento.
ARTÍCULO 5º. La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Educación y el Señor Subsecretario Administrativo de este Organismo.
ARTÍCULO 6º. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma; comunicar a la Subsecretaría de Educación, a la Subsecretaría Administrativa, a SHELL C.A.P.S.A. a la Dirección General de Administración, a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, al Consejo Provincial de Educación y Trabajo y por su intermedio a quienes corresponda. Publicar en el Boletín Oficial, y dar intervención al SINBA. Cumplido, archivar.
Mario N. Oporto Director General de Cultura y Educación C.C. 10.501

Provincia de Buenos Aires DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
Resolución Nº 2.486
La Plata, 11 de agosto de 2010.
VISTO el expediente Nº 5826-393523/10 mediante el cual se propicia, en el ámbito de esta jurisdicción, la creación de una Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo de esta Dirección General de Cultura y Educación; y CONSIDERANDO:
Que las Leyes Nacionales Nº 19.587 y Nº 24.557, regulan las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo y la prevención de los riesgos respectivamente en el ámbito del sector público provincial;
Que el Gobierno Provincial tiene como objetivo prioritario preservar la vida y la salud de sus trabajadores atendiendo, fundamentalmente, las cuestiones referidas a la prevención de accidentes y promoción de la salud;
Que la Resolución Conjunta del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno Nº 391/08, del Ministerio de Trabajo Nº 164/08, y de la Secretaría General de la Gobernación Nº 145/08, creó la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público CoMiSaSEP, marcando un hito fundamental en la política de Empleo Público que lleva adelante la Provincia;
Que dicha Comisión ha surgido del diálogo con todas las organizaciones sindicales de los trabajadores estatales, teniendo a su cargo el tratamiento de las políticas públicas vinculadas a las condiciones y medio ambiente de trabajo de los empleados del Poder Ejecutivo Provincial;
Que dentro de las funciones de la CoMiSaSEP están las de fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las dependencias públicas y la de impulsar la creación de comités mixtos en todas las jurisdicciones, debiendo regular su funcionamiento y asegurando la debida capacitación de sus integrantes;
Que esta jurisdicción siguiendo los lineamientos del Poder Ejecutivo, considera conveniente crear la mencionada Comisión con representación de los trabajadores, a fin de tratar cuestiones atinentes a las condiciones y medio ambiente de trabajo específicas en el ámbito de esta cartera de estado;
Que el artículo 65 inciso d de la Ley Nº 10.430 faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas de Higiene y Seguridad Laboral que protejan al trabajador de los riesgos propios de cada tarea; art. 65: Asistencia sanitaria y social: El poder Ejecutivo proveerá, más allá de los derechos preenunciados, la cobertura integral de los agentes de la Administración Pública en lo que hace a salud, previsión y seguridad, debiendo: inc. d:
adoptar las medidas de higiene y seguridad laboral que protejan al trabajador de los riesgos propios de cada tarea..
Que el artículo 3º de la Ley Nº 10.449 establece que El Estatuto del Empleado Público de la Provincia de Buenos Aires, y su reglamentación, será de aplicación supletoria en todos los casos no legislados en esta Ley, tanto en materia de derechos como en lo atinente a obligaciones y prohibiciones de los agentes.
Que en el marco de la Ley Nº 13.552 se propició en el Acuerdo Paritario del 6 de octubre de 2009 la creación de la Comisión Jurisdiccional de Salud y Seguridad Laboral, siguiendo los lineamientos que en la materia ha adoptado el gobierno Provincial en la normativa emanada de la CoMiSaSEP;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 69, incisos e y k de la Ley Nº 13.688;
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Crear la Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo de la Dirección General de Cultura y Educación, que tendrá a su cargo el tratamiento de las cuestiones vinculadas a la salud y seguridad en el trabajo de todos los organismos que se encuentran bajo la órbita de esta jurisdicción.
ARTÍCULO 2º. La Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo de la Dirección General de Cultura y Educación estará integrada por:

LA PLATA, MARTES 31 DE AGOSTO DE 2010

PÁGINA 8825

Por la Subsecretaría Administrativa:
Titular:
Gustavo Daniel CORRADINI, Subsecretario Administrativo Suplente:
Verónica LAGUNA WEINBERG, Asesora de Gabinete de la Subsecretaría Administrativa Por la Subsecretaría de Educación:
Titular:
Beatriz ZARAGOCI, Asesora Docente Suplente:
María Alejandra PAZ, Directora de Capacitación Por la Dirección General de Administración:
Titular:
Alicia O. FERNÁNDEZ, Directora General de Administración Suplente:
María Teresa BERTOLOTTI, Directora de Presupuesto Por la Dirección Provincial de Recursos Humanos:
Titular:
Gastón FERNÁNDEZ SANSONE, Director Provincial de Recursos Humanos Suplente:
Edith RIVERO, Directora de Personal Titular:
Ricardo Salvador ARCIDIACONO, Director de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo Suplente:
Ricardo GALVEZ, Jefe del Departamento Higiene y Seguridad Titular:
Adrián Fabio GALO, Director de Salud Laboral Suplente:
José Alberto BIESA, Agente de la Dirección de Salud Laboral Por la Dirección Provincial de Servicios Generales:
Titular:
Juan Claudio FAVRE, Director Provincial de Servicios Generales Suplente:
Sergio Rodolfo VALENTINI, Director de Transporte Terrestre Por la Dirección Provincial de Legal y Técnica:
Titular:
Daniel Jorge URRUTY, Director Provincial de Legal y Técnica Suplente:
Marcelo ANTONOW, Director de Legal y Técnica Educativa Por la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar:
Titular:
Osvaldo Raúl RANDAZZO, Director de Obras Suplente:
Carlos Marcelo GARDINETTI, Asesor de Gabinete de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar Por la Dirección Provincial de Consejos Escolares:
Titular:
Olga ROUCO, Directora de Políticas Alimentarias y de Apoyo a la Inclusión Escolar Suplente: Guillermo ACEBAL, Director de Logística Por la Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica Argentina AMET:
Titular:
Julio Fabián BASOALTO DNI 20.265.325
Suplente:
Néstor Eduardo SCHEMBER DNI 24.314.015
Por la Asociación de Trabajadores del Estado ATE:
Titular:
Carlos LEAVI GARDONI DNI 23.063.199
Suplente:
Teresa AMATTA DNI 17.162.872
Por la Federación de Educadores Bonaerenses FEB:
Titular:
Néstor SALLETE DNI 5.256.475
Suplente:
Juana FORNARINI DNI 6.164.506
Por el Sindicato de Obreros y Empleados de la Minoridad y la Educación SOEME:
Titular:
Néstor COLOMBIER DNI 5.183.079
Suplente:
Gabriel Hernán ORAZIUK DNI 23.942.402
Por el Sindicato Gráfico Platense :
Titular:
Marcelo ROMIGETTI DNI 20.184.972
Suplente:
Federico COURONIOTIS DNI 17.880.389
Por el Sindicato Unido de Educadores Técnicos de la República Argentina SUETRA:
Titular:
Omar Helios BERMÚDEZ DNI 13.713.380
Suplente:
Gustavo Daniel PASTORINO DNI 13.434.247
Por el Sindicato Unificado de los Trabajadores de la Educación de la Provincia de Buenos Aires SUTEBA:
Titular:
Vilma ALVARADO DNI 14.431.940
Suplente:
Mónica ROMERO DNI 17.138.901
Por la Unión de Docentes Argentinos UDA:
Titular:
Jorgelina Elena PAPA DNI 10.979.472
Suplente:
Miguel Ángel GHURZOFF DNI 7.620.713
Por la Union del Personal Civil de la Nación UPCN:
Titular:
Omar MACERONI DNI 12.291.137
Suplente:
Leonardo BAYSSE DNI 25.476.848
Por la Unión Docentes de la Provincia de Buenos Aires UDOCBA:
Titular:
Alejandro R. SALCEDO DNI 20.859.117
Suplente:
Omar F. CÁSERES DNI 14.689.055
ARTÍCULO 3º. Las Direcciones de Salud Laboral y de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo dependientes de la Dirección Provincial de Recursos Humanos actuarán como asesoras de la Comisión Jurisdiccional Mixta de la Dirección General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 4º. La Comisión Jurisdiccional Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo de la Dirección General de Cultura y Educación tendrá las siguientes funciones, obligaciones y atribuciones:
a Elaborar el reglamento interno, que deberá contener, como mínimo, los derechos y obligaciones de sus integrantes, la metodología e instrumentos a utilizar por la Comisión y la periodicidad de las reuniones.
b Comunicar su composición y cualquier cambio que pudiera producirse a la CoMiSaSEP
c Proponer e impulsar mejoras progresivas en las condiciones y ambiente laboral de los trabajadores de la jurisdicción.
d Fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las dependencias públicas.
e Elevar a la CoMiSaSEP propuestas que por sus resultados positivos en la jurisdicción permitan mejorar la salud y seguridad de los trabajadores de otras jurisdicciones.
f Velar por el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y convencionales vigentes en la materia.
j Participar en la elaboración, aprobación y evaluación de los programas de prevención de riesgos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 31/08/2010 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha31/08/2010

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones3426

Primera edición02/07/2010

Ultima edición07/08/2024

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