Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2024 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 08 de mayo de 2024

Ley" de fecha 6/11/19 , el Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes, Resuelve: 1 Regular los honorarios de los Dres. Daniel Ricardo Cornaglia, en la cantidad equivalente a cuarenta y cuatro 44 IUS; Elvio Ricardo Medina, en la cantidad equivalente a veintidos 22 IUS; sumas a las que se deberán adicionar el aporte previsional de Ley e IVA en caso de corresponderarts. 1, 2, 8, 9, 13/16, 21/23, 25, 26, 28, 43 y ccdts., Ley 14.967; 12 inc. a, y 14, Ley 6716, mod. por Ley 8455;
causa L77914 "Zuccoli Marcela c/SUM S.A. s/Daños y Perjuicios"; art. 730 C.C.C. y 277 LCT. modificados por Ley 24432. Los letrados intervinientes deberán acreditar el pago de los aportes a la Caja de Previsión para Abogados de acuerdo con lo establecido por la Ley 10.268, mod. de la Ley 6716, bajo apercibimiento de Ley. 2 Hágase saber a las partes que en caso de solicitar transferencia de las sumas pertinentes capital u honorarios de abogados y peritos a cuentas particulares deberán antes de la acreditación de los depósitos, denunciar y acreditar la titularidad de las cuentas que se pretendan utilizar bajo apercibimiento de librar los giros correspondientes sin más trámite y sin excepción. Sin perjuicio de ello hágasele saber a los letrados y perito intervinientes que en razón de lo informado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires BAPRO y hasta tanto se comunique otro mecanismo en el marco de la emergencia sanitaria decretada, mediante la Resolución SP Nº 16/20 la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias se realicen mediante transferencias electrónicas; aún las de montos iguales o inferiores a $30.000, en función de la normativa del Banco Central de la República Argentina BCRA. En consecuencia, hágasele saber al actor que deberá denunciar una cuenta bancaria de su titularidad a fin de efectuar la transferencia del monto depositado y acompañar la documentación que acredite su titularidad. 3 Regístrese y notifíquese a las partes y peritos intervinientes". Fdo: Dra. Silvia Cristina Bozzola, Juez. Dr. Guillermo Edgardo Caminos, Juez. Dra. Silvia Ester Bartola, Juez. Dra. Lorena Rosana Abelenda, Auxiliar Letrado. Artículo 54 del Decreto Ley 8.904/77: "Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez 10 días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez 10 días de intimado su pago, cuando sean exigibles. Operada la mora el profesional podrá optar por: a Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido por el artículo 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual. b Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento. Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real. En la cédula de notificación, en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo". Asimismo: "Quilmes, 29 de marzo de 2023:
Agréguese, de conformidad con lo pedido, lo informado por el oficial Notificador en fecha 31/10/2022 y 31/01/2023 y lo dispuesto por los art. 59 y 62 del C.P.C.C; publíquense edictos en el Boletín Oficial y el diario "El Sol", a fin de notificar la sentencia recaida en autos a la parte demandada "ACA Elegimos S.A." La presente publicación de edictos se efectuará sin cargo alguno, en virtud de lo dispuesto por el art. 22 de la Ley 11.653 beneficio de litigar sin gastos. Notifíquese". Dra.
Silvia Ester Bartola, Juez.
may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado Unipersonal de Familia Número 09, a cargo de la Dra. Maria Laura Lucchini Minuzzi, Secretaría Única, sito en la calle Almirante Brown intersección Colón, Piso 1 de Morón, Correo electrónico: juzfam9mo@jusbuenosaires.gov.ar, Teléfono 4489-7900 interno 17072, del Departamento Judicial de Morón, cita y emplaza por 10
días al Sr. JUAN JOSE GUZMAN RODRIGUEZ, para que comparezca a hacer valer sus derechos en el presente juicio bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente. Morón, 02 de mayo de 2024.
Pitasi Natalia Gisele, Secretario.
may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Gral. Madariaga, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Dolores, cita y emplaza por 5 días a la Sra. MARÍA LEONOR CARAM DNI 11.049.621 para que dentro del plazo comparezca a tomar la intervencion que le corresponda en estos autos "Expte. N JPGM-30262-2022. Caram Carlos Antonio s/Sucesión AbIntestato INFOREC 970, año 2022". Gral. Madariaga, 2 de mayo de 2024. Renzo Settino, Auxiliar Letrado.
may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial n 6 de Bahía Blanca, notifica a HERNÁN MAURICIO KATZEN el traslado dictado en los autos caratulados "Fernandez Norberto Juan s/Sucesión Ab-Intestato", Expte. n 74093, a saber: "Bahía Blanca, 28 de septiembre de 2020: De un nuevo análisis de la situación, sin perjuicio de las actuaciones cumplidas y atento el estado de autos: de la prescripción de honorarios planteada, mediante escrito de fecha 17/05/19 y adjuntado en PDF al presente, córrase traslado por el término de 5 días, a los herederos del Dr José Luis García Pereyra, Firmado.
Cristian A. Marrón. Juez. Se expide el presente en Bahía Blanca, 02 de mayo de 2024. Fernando Hugo Fratti, Secretario.
may. 7 v. may. 8
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 9 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Esteban Félix García Martinez, Secretaría Única, notifica y emplaza por el plazo de 02 días a Héctor Estanislao Velazquez, DNI 95201840
y Zulma Flor Lugo, DNI 93035731, a fin de hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de tenerlo por consentido en los autos caratulados "V. F. U. s/Abrigo", expte. LZ-38729-2023". "Lomas de Zamora, 2 de mayo de 2024. Tienese presente lo que surge del acta que antecede. Atento el estado de autos, póngase en conocimiento de HÉCTOR ESTANISLADO
VELAZQUEZ BRITOS y de ZULMA FLOR LUGO el pedido de situación de adoptabilidad de Ulises Velazquez Flor, efectuado por el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos del NNyA de Esteban Echeverría, debiendo en el término de cinco días estar a derecho cumpliendo los requisitos dispuestos por los arts. 56, 118 y ccdtes. del C.P.C.C., y constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado en el que se considerarán válidas todas las notificaciones, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado art. 40, 41 y ccdtes. del C.P.C.C. y de declarar la situación de adoptabilidad de U. V. F. art. 12 Ley 14528. Hágase saber que en caso de no contar con los recursos suficientes para contratar a un abogado de la matrícula, les asiste el derecho de hacerse defender por el Defensor Oficial, por lo que deberán dirigirse con carácter previo a la audiencia a las Unidades de Defensa Civil, sitas en Alem N 1371 de Banfield. Teniendo en consideración los intereses en juego, a fin de no vulnerar los derechos constitucionales que le asisten a Hector Estanislado Velazquez Britos y Zulma Flor Lugo, encontrándose reunidos y verificados los presupuestos de admisibilidad para admitir la notificación de carácter excepcional que evoca el art. 145 del C.P.C.C., dispongo su
SECCIÓN JUDICIAL > página 23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/05/2024 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/05/2024

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones3379

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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