Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2024 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 08 de marzo de 2024

C.P.P. Dicho ello, conforme las constancias agregadas en las presentes causas donde surgiría la existencia de posibles delitos contra la integridad sexual de la menor de edad, es que corresponde autorizar la declaración testimonial de J. I. M.
como anticipo extraordinario de prueba conforme el artículo 274 del ritual, bajo la modalidad Cámara Gessell, resultando conveniente, a criterio del Suscripto, la asistencia de un psicólogo o profesional especialista en maltrato y/o abuso sexual infantil, quedando bajo la exclusiva responsabilidad del Sr. Agente Fiscal la fijación de la presente audiencia, como así también la notificación de la misma al imputado de autos, su defensa y la citación del menor, la que deberá realizarse con la antelación necesaria, quedando a criterio de la Instrucción la necesidad de contar en el momento de la audiencia, con los especialistas que el caso requiera, conforme lo manifestado precedentemente. Por ello; Resuelvo: Hacer Lugar a lo solicitado por el Sr. Agente Fiscal, Dr. Walter Pierrestegui en lo que respecta a otorgar a la declaración del menor J. I. M., el carácter de anticipo probatorio, conforme lo normado en los arts. 102 bis y ter, 274 ss. y cc., 247 todos del C.P.P., quedando a cargo de la Instrucción -conforme Protocolo de recepción de Testimonios de niños, niñas y adolecentes víctimas o testigos de los delitos tipificados en el Libro II Título III del C.P.-, dar cumplimiento con las respectivas notificaciones. Regístrese. Remítase a la Fiscalía interviniente a los fines de las practicas de las notificaciones. B.- Se ha dispuesto fecha para la recepción de Declaración Testimonial al menor J. I. M. de 13 años de edad, a través del Dispositivo Cámara Gesell para el día martes 12 de marzo de 2024, a las 12:00 horas, la cual se realizará en la sede de Fiscalía, sita en Calle 77 N 358 de Necochea, y será llevada a cabo por la Perito Psicóloga de la Fiscalía General Departamental, Licenciada Rosario Azcoiti, en presencia tanto del Fiscal y Juez de Garantías intervinientes, como así también de la Asesora de Incapaces en turno".
mar. 4 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en Causa N 1742/19 y su Acumulada la Causa Nº 936/21 I.P.P. N 03-00-003865-19 E
I.P.P. Nº 03-01-480-21 "Alvarez Daniel Roque, Hurto a Ferreyra Fabricio Fabián en Dolores y Encubrimento en Chascomús, Flagrancia", de trámite por ante éste Juzgado, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle Aristóbulo del Valle N 87, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al coinfractor ALVAREZ
DANIEL ROQUE, DNI 32885620, cuyo último domicilio conocido era en calle Real: Calle Brasil N 431 Chascomús, te.
02241 -15-553407, de la resolución dictada por el Juzgado, que a continuación se transcribe: "Dolores, 28 de febrero de 2024. Autos y Vistos Y Considerando Por lo antes expuesto, Resuelvo: Primero: Sobreseer parcialmente al ciudadano Alvarez Daniel Roque; DNI 32885620, nacionalidad argentina, domiciliado en real: calle Brasil N 431 Chascomús, te.
02241 -15-553407, en orden al hecho por el que fue requerido a juicio, hurto en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Rigen en el caso los Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º, 67 del CP. y 341 del C.P.P. Segundo: Mantener la orden de Rebeldía y Comparendo oportunamente dispuesta por este Órgano y hacer reserva de la presente hasta que sea habido, ello en función a que no ha operado la prescripción de la acción en orden al delito de encubrimiento IPP 03-01-00048020/00. Tercero: Habido que sea notifiquese al imputado, o en su defecto procédase a la notificación de conformidad a lo establecido por el artículo 129 del CPP, librando los correspondientes oficios de rigor. Cuarto: Regístrese. Notifíquese.
Oportunamente practíquense las comunicaciones de ley". Fdo. Dr. Emiliano J. Lazzari, Juez a Cargo del Juzgado en lo Correccional. Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental. Ante mi Dra. Natalia Noemi Lovari, Abogada-Secretaria.
Juzgado en lo Correccional N 1 Departamental.
mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 11, a cargo de la Dra. Paula Buffarini, Secretaría Única, Departamento Judicial La Plata, sito en Avenida 13 e/47 y 48 planta baja de la ciudad y partido de La Plata, provincia de Buenos Aires, en autos "Casanueva Federico Nahuel s/Quiebra Pequeña", Expte. 95553, hace saber que el día 09/02/24 se ha decretado la Quiebra de FEDERICO NAHUEL CASANUEVA, con DNI 37.979.637, Sindico actuante Cr. Lucas Daniel Mautisi, con domicilio constituido en calle 14 Nº 781 6to. piso oficina 6 de La Plata, y electrónico en 23347672149@cce.notificaciones, correo electrónico contadoresasociadostl@gmail.com, número telefónico 2392-610542, ante quien deberán presentarse las insinuaciones verificatorias en calle 14 Nº 781 6to. piso oficina 6 de La Plata, de lunes a viernes de 15 a 18 horas, con turno previo, solicitado al correo electrónico o al número telefónico mencionado precedentemente, hasta el día 05 de abril de 2024, debiendo abonar la suma de $15.600 equivalente al 10 % del salario mínimo vital y móvil en concepto de arancel; el informe individual deberá presentarse el dia 20 de mayo de 2024 y el informe general el día 04 de julio de 2024. Queda prohibido al fallido percibir y/o efectuar pagos, los que se consideraran ineficaces, asimismo se ordena al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes del fallido. Intímese al fallido a entregar al Síndico dentro de las 24
horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Arts. 88 inc.3, 4 y 5 LCQ. La Plata, 29 de febrero de 2024. El presente deberá publicarse por cinco dias, en el Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires, bajo debida constancia que la medida deberá publicarse sin previo pago en función de lo dispuesto por el Art. 273 inc. 8 de la Ley 24.522. La Plata.
mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús, Dr. Ramiro G. Varangot, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ALBERTO CARDOZO, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 2001-467-23, seguidas al nombrado en orden al delito de Amenazas calificadas. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Lanús, fecha de firma digital. En atención a lo que surge de las actuaciones policiales de fecha 8 de febrero de 2024, en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, y toda vez que del traslado a la Defensa hasta el momento no aportó nuevos datos de su defendido de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Alberto Cardozo, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días". Ramiro G. Varangot, Juez. En fecha 29 de febrero de 2024. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado Rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría.
mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús,
SECCIÓN JUDICIAL > página 10

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/03/2024 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/03/2024

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones3385

Primera edición02/07/2010

Ultima edición18/07/2024

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