Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/12/2023 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 19 de diciembre de 2023

Secretario. Juzgado Correccional N 3 Dolores. "Dolores, 19 de octubre de 2023. Autos Y Vistos: Habiendo quedado firme y consentida la sentencia de fecha 23 de agosto del año 2023, Practíquese por Secretaría el cómputo de vencimiento de pena y liquidación de costas procesales art. 500 C.P.P.. Fecho, vuelva a despacho. Proveo como Juez subrogante permanente". Martínez Mollard Jorge Agustín, Juez. Señor Juez: "Primero: Informo a V.S. que por Sentencia dictada por éste Juzgado Alvarez Gonzalo Emanuel fue condenado por sentencia dictada por éste Juzgado con fecha 23 de agosto del año 2023 a la pena de un 1 año y cuatro 4 meses de prisión de ejecución condicional y pago de costas procesales, Y
respecto a Alvarez Walter Nicolás en el mismo pronunciamiento fue condenado a la pena de un 1 año de prisión de ejecución condicional la que quedó firme y consentida con fecha 13/9/2023. Tiempos de detención. Alvarez Gonzalo Emanuel Causa 950/2021, Int. 2973 IPP 03-01-1709-21 estuvo detenido desde el día 24/5/2021 a las 01:18 horas -ver fs.
3- hasta el día 24/5/2024 en que la Fiscalia dispuso su libertad y se hizo efectiva a las 13:15 de dicha jornada -ver fs. 36 y 43- un 1 día. Causa 934/2021 int. 2970 IPP 03-01-1724-21/00 estuvo desde el día 24/05/2021 a las 19:50 horas -ver acta de procedimiento AP00001347-0088680/2021- hasta el día 28/5/2021 en que en el marco de incidente de excarcelación 1
el Dr. Gasquet dispuso su excarcerlación, la que se hizo efectiva el mismo día -ver fs. 9 y 16/vta de dicho incidentecon lo cual totalizan cuatro 4 días.- Causa 1615/2021 int. 3134 IPP 03-01-1802-21/00 no estuvo privado de su libertad. Alvarez Walter Nicolás, Causa 176/2020 int. 2571 IPP 03-01-2088-18, no estuvo privado de su libertad. Causa 176/2020 int. 2571, IPP 03-01-2632-21 no estuvo privado de su libertad. Segundo: Que en consecuencia el plazo contemplado en el artículo 27
párrafo primero del Código Penal de cuatro años, vence el día 23 de agosto del año 2027. Tercero Que los plazos contemplados en el artículo 27 párrafo segundo del Código Penal, de ocho y diez años, vencerán el día 23 de agosto del año 2031 y el día 23 de agosto del año 2033 respectivamente. Cuarto: Asimismo informo que practicada la correspondiente liquidación de gastos y costas, corresponde abonar a los obligados al pago Alvarez Gonzalo Emanuel y Alvarez Walter Nicolás la suma de pesos dos mil quinientos uno $2501, suma que deberá acreditar mediante boleta de depósito Judicial a la orden de este Juzgado en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, caso contrario se decretará la Inhibición General de Bienes conforme lo establecido en el artículo 4 de la Ley 4552 y Ley Impositiva Provincial vigente. Es cuanto debo informar a V.S Dolores, 20 de octubre de 2023. Facio Matias Andres, Secretario. "Dolores, 20 de octubre de 2023. Autos Y Vistos: Atento el cómputo practicado por el Actuario, apruébase el mismo y notifíquese al Agente Fiscal, a la Defensa Oficial y a los condenados librándose el oficio de rigor vial mail. Firme el respectivo cómputo de pena y realizadas que sean las comunicaciones de Ley y a los fines de cumplir con lo normado en el art. 59 inc. 7 según Ley 14.128 se le hará saber al Agente Fiscal a los fines que estime corresponder. Proveo como Juez subrogante permanente". Jorge Martinez Mollard, Juez.
dic. 13 v. dic. 19
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Secretario del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de ésta ciudad de Dolores, interinamente a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, en causa N 1418-19, Interno N 2441 caratulada "Alvarez Walter Nicolás s/Encubrimiento -2 Hechosart. 277, Inc. 1 apart.
"C" C.P. y Robo art. 164 C.P. a Fourcade José Eduardo, Alvarez Gonzalo Emanuel s/Hurto -2 Hechos-, Ttva. de Hurto, Usurpación Propiedad y Hurto Agrav. por Escalamiento. Alvarez Walter Nicolás y Loto Braian Ezequiel s/Hurto, todos en Gral. Belgrano", Secretaría Única a mi cargo, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a LOTO BRAIAN EZEQUIEL, titular del DNI N 43.428.961, la resolución dictada en el día de la fecha que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "Dolores, 23 de agosto de 2023. Autos y Vistos Y Considerando Por todo ello, Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal, en la Causa 211/20 int. 2578 IPP 03-01-00865-19/00, seguida por el delito de Hurto al haber operado la prescripción de la misma, correspondiendo sobreseer en forma total a los imputados Walter Nicolás Alvarez de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 42.015.079, nacido el día 11 de agosto del año 1999 en Santiago del Estero, hijo de Walter Ovidio Alvarez y de Antonia Alejandra Lotto, con domicilio casa 17 Barrio Testa de General Belgrano; Gonzalo Emanuel Alvarez de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 39.449.449, nacido el día 17 de mayo del año 1996 en Santiago del Estero, hijo de Walter Ovidio Alvarez y de Antonia Alejandra Lotto, con domicilio Leandro Alem N 205 de General Conesa Bs. As. y Brian Ezequiel Loto, de nacionalidad argentina, titlar del DNI Nº 43.428.961, nacido el día 20 de febrero del año 2001 en Santiago del Estero, hijo de Antonia Alejandra Loto, de estado civil soltero, que si sabe leer ye escribir con domicilio en la calle 222 N
919 de la ciudad de General Belgrano en orden al delito de hurto, previsto y sancionado por el artículo 162 del Código Penal, por el que fuera elevada los juicio, Sin Costas, al haber transcurrido los plazos que establecen los arts. 59, 62 y 67
4 párrafo del C.P. y arts. 323 inc. 1, 324 y cctes del C.P.P.. II.- Declarar Extinguida la Acción Penal, en la causa 1418/2019 int 2441 IPP 03-01-01689-18/00, seguida por el delito de Encubrimiento, previsto y sancionado por el artículo 277, inc. 1 apartado c del Código Penal, al haber operado la prescripción de la misma, correspondiendo Sobreseer en forma total al imputado Walter Nicolás Alvarez de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 42.015.079, nacido el día 11 de agosto del año 1999 en Santiago del Estero, hijo de Walter Ovidio Alvarez y de Antonia Alejandra Lotto, con domicilio en casa 17 barrio Testa de General Belgrano en orden al delito de encubrimiento, previsto y sancionado por el artículo 277 inc.
1º apartado c del Código Penal, por el que fuera elevada los juicio, sin costas, al haber transcurrido los plazos que establecen los arts. 59, 62 y 67 4 párrafo del C.P. y arts. 323 inc. 1, 324 y cctes del C.P.P.. III.- Declarar Extinguida la Acción Penal, en la causa 211/20 int. 2578 IPP 03-01-000219-19/00, seguida por el delito de hurto, previsto y sancionado por el artículo 162 del Código Penal. al haber operado la prescripción de la misma, correspondiendo Sobreseer en forma total al imputado Gonzalo Emanuel Alvarez de nacionalidad argentina, titular del DNI Nº 39.449.449, nacido el día 17 de mayo del año 1996 en Santiago del Estero, hijo de Walter Ovidio Alvarez y de Antonia Alejandra Lotto, con domicilio en calle Leandro Alem N 205 de General Conesa en orden al delito de hurto, previsto y sancionado por el artículo 162 del Código Penal, por el que fuera elevada los juicio, sin costas, al haber transcurrido los plazos que establecen los arts. 59, 62
y 67 4 párrafo del C.P. y arts. 323 inc. 1, 324 y cctes del C.P.P.. IV.- Atento lo resuelto en los puntos precedentes recaratulese la presente causa de la siguiente manera presente causa 1418/19 int. 2441 y sus acumuladas: 176/20 int.
2571 caratulada "Alvarez Walter Nicolás s/Encubrimiento -1 Hechoart. 277 Inc. 1 Apart. "c" C.P. y Robo art. 164 C.P. a Fourcade José Eduardo, Alvarez Gonzalo Emanuel: Causa N 950/2021 Int. 2973 s/Violación de Domicilio art. 150 del C.P.; y Causa N 934/2021 Int. 2970 Tentativa de Hurto art. 162 y 42 del C.P. y 1615/2021 Int 3134 Hurto Agravado por Escalamiento art.163 Inc. 4º del C.P. todos General Belgrano". Regístrese y notifíquese a las partes técnicas en forma electrónica y por oficio a los encartados y pase la presente causa para resolver sobre los abreviados presentados. Una vez
SECCIÓN JUDICIAL > página 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/12/2023 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha19/12/2023

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición17/07/2024

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