Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/09/2023 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 28 de septiembre de 2023

POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra.
Gisela Aldana Selva, notifica a VEGA SANCHEZ BANEZA, DNI 94624153 con ultimo domicilio conocido en Bonpland Nº 5330 entre calles Victor Hugo y Perito Moreno de Moreno B, del resolutorio abajo transcripto, recaido en causa Nº ME680-2020 8394, "Garcete Prieto, Alejandro s/Lesiones Leves Agravadas por haber sido cometidas Contra su Pareja, de un Hombre hacia Una Mujer Mediando Violencia de Género y Amenazas Calificadas por el Uso de Arma Blanca, en Concurso Real": Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en las presentes actuaciones seguidas a Garcete Prieto Alejandro en orden a los delitos de Lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja, de un hombre hacia una mujer mediando violencia de genero y amenazas calificadas por el uso de arma blanca, en concurso real y proceder al Archivo de las mismas, Sobreseyéndose al nombrado y dejándose constancia que conforme lo establecido en el artículo 115 c punto 3 de la Ac. 3397 de la S.C.J.B.A., transcurridos cinco 5 años desde la firma del presente, este expediente se encontrará en condiciones de ser destruido. Notifíquese y cúmplase con las comunicaciones del caso. Gisela Aldana SelvaJuez en lo Correccional - Ante mí: Gerardo César Simonet: Secretario". Mercedes, septiembre de 2023.
sep. 22 v. sep. 28
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Secretario del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de ésta ciudad de Dolores, interinamente a cargo del Dr. Antonio Severino, en causa N
1429-2021, Interno N C-763 caratulada "Cerra Cesar Osvaldo s/Infracción al Codigo Fiscal", Secretaría Unica a mi cargo, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar al representante de la Empresa CERRA CESAR OSVALDO, la resolución dictada que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "Dolores, 18 de septiembre de 2023. Autos y Vistos: Téngase presente lo informado por la Comisaría 1º de la Costa en las actuaciones agregadas digitalmente y, previo a resolver lo que en derecho corresponda, notifíquese por edicto judicial el contenido del auto de fecha 22 de junio del año 2022 al contribuyente Cerra Cesar Osvaldo de conformidad con lo dispuesto en al artículo 129 del Código Procesal Penal, el que se publicará en el Boletín Oficial de ésta Provincia de Buenos Aires, librando el oficio de estilo. Recepcionada la constancia de publicación, vuelva a despacho.Proveo como Juez subrogante. "Proveo como Juez subrogante permanente. Fdo. Jorge Martínez MollardJuez". Facio Matias Andres, Secretario.sep. 22 v. sep. 28
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Secretario del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de ésta ciudad de Dolores, interinamente a cargo del Dr. Jorge Agustín Martinez Mollard, en Causa N DL-1141-2022, Interno N C-745 caratulada "GARCIA JOHANA ESTEFANIA s/Control de Legalidad -ARBACod.
Fiscal", Secretaría Única a mi cargo, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar al representante de la Empresa Garcia Johana Estefania, la resolución dictada que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: Dolores, 18 de septiembre del año 2023.- Autos y Vistos:
Para resolver en la presente causa 1141/2022 int. C 745 caratulada Garcia Johana Estefania Infracción al art. 82 Título X
del C.F. s/Control de Legalidad; Y Considerando: Que en fecha 5 de septiembre del año 2022 se eleva la presente causa a la Excma. Cámara a los efectos de que proceda a sortear el Juzgado Correccional que corresponda para que de acuerdo a lo establecido en el art. 89 del C.F. deberá expedirse sobre la legalidad del procedimiento llevado a cabo. Con lo cual paso a analizar el iter procedimental de la presente causa. A fs. 3 obra acta de comprobación labrada el día 14 de junio del año 2019, en Ruta 2 vial de San Borombón en la cual consta que fue interceptado un vehículo marca Mercedes Benz, Modelo 710 dominio DMF461 el cual era conducido por Toledo, Miguel Angel y solicitada a éste la documentación respaldatoria de la mercadería transportada, exhibió remitos Tipo "R" Nº 0001-00000081, 0001-00000080, 0001-00000079, 0001-00000078, 0001-00000077, 0001-00000076 de la firma Johannna Stefania Garcia sin consignar fecha y con CAI vencido, encuadrando tal conducta en lo dispuesto por el artículo 82 primer párrafo del C.F. y modificatorias reglamentado por Resolución Normativa Nº 26/11, por cuanto infringe lo dispuesto en la Resolución General N 1415/03 de la AFIP y mod. en su artículo 27, a las que remite la Pcia de Bs. As. a través del artículo 621 de la D.N Serie "B" 1/2004 y modif. Asimismo manifestó estar transportando mercadería propiedad de Garcia Johanna Stefania; designando como depositario de la mercadería consistiendo la misma en 6000 unidades de productos alimenticios varios. El acta labrada cumple con los requisitos exigidos por el art. 85 del Código Fiscal, desde que en la misma se detallan los hechos detectados, la norma prima facie infringida, la medida preventiva dispuesta, la citación al propietario poseedor tenedor o transportista a una audiencia para que efectúen las manifestaciones que hagan a sus derechos art. 85 del Código Fiscal. Por providencia 5918/2021 obrante a fs. 11 y vta., ARBA emplazó nuevamente y por el plazo de cinco día al contribuyente a fin que realice su descargo.
Decisión que fue debidamente notificada conforme surge a fs. 12. En fecha 07/03/2022, se dicta disposición sancionatoria, mediante la cual se sanciona al contribuyente Johanna Stefania Garcia, por la comisión de la infracción tipificada en el art.
82 del Titulo X, del C.F., toda vez que se constató el transporte de bienes, sin la documentación respaldatoria válida, infringiéndose las disposiciones contenidas en la Resolución General 1415/03 de la AFIP y modificatorias, en su artículo 27, a las que se remite la Provincia de Buenos Aires Mediante el artículo 621 de la Disposición Normativa Serie "B" N 01/2004.
ver. fs. 18/22 Dicha disposición sancionatoria tal como luce a fs. 24 de la presente causa fue notificada Garcia, Johanna Stefania, conforme lo dispone artículo 162 inc. b del Código Fiscal, no habiéndose interpuesto contra la Disposición Sancionatoria, recurso de apelación alguno. De todo lo actuado y del raconto efectuado, el Suscripto no advierte irregularidad procedimental alguna, ni vicio que genere la ilegalidad de la sanción impuesta, Resuelvo: I.- Remitir la presente causa a A.R.B.A. Agencia de Recaudación Provincia de Buenos Aires toda vez que se ha efectuado el análisis sobre la legalidad requerido por el art. 89 del C.F. y no se ha observado irregularidad procedimental alguna. II.Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Deptal. III.- A fin de poner en conocimiento a la contribuyente la presente y atento el resultado de la anterior notificación; Notifíquese por Edicto de conformidad con lo dispuesto en al artículo 129 del Código Procesal Penal, el que se publicará en el Boletín Oficial de ésta Provincia de Buenos Aires, librando el oficio de estilo y también al representante de la Fiscalía de Estado. Recepcionada la constancia de publicación, vuelva a despacho. Proveo como Juez subrogante." Jorge Martínez Mollard - Juez Ante mí Matias Andres Facio, Secretario".
sep. 22 v. sep. 28
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Secretario del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en
SECCIÓN JUDICIAL > página 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/09/2023 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha28/09/2023

Nro. de páginas82

Nro. de ediciones3380

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/07/2024

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