Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2023 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 05 de abril de 2023

Adquisitiva, expte. 60359, se cita por el término de diez 10 días a quienes resulten ser herederos de don JUAN JOSE
HOURNAU y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble inscripto bajo el folio 421, del año 1925, NC.
Circunsc. I, sección II, manzana 123b, quinta 123, parcela I, partida 2850 del partido de Azul y comparezca en autos para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designársele para que lo represente, al Sr. Defensor Oficial con competencia en asuntos civiles y comerciales. Azul, 18/12/2022.
abr. 5 v. abr. 10
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3 de Bahía Blanca, cita y emplaza a LA
PROVIDENCIA, RUBEN A. GANUZA CIA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES y/o a quien se considere con derecho sobre el inmueble inscripto bajo la matrícula N Matrícula 30.841 del Partido de Bahía Blanca, cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: II; Sección: A; Chacra: 92, Manzana: 92-d Parcela 5 Partida 62563, sito en calle Guido Spano entre Javier Rizzo y Domingo Pronsato Villa Belgrano de la ciudad de Bahia Blanca, a fin de que dentro del plazo de diez días conteste el traslado de la demanda conferido en autos, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor de Pobres y Ausentes en turno del Departamento arts. 43 y 341 del C.P.C.C. Bonifazi Silvia Andrea. Secretaria.
abr. 5 v. abr. 10
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 6 de Bahia Blanca cita y emplaza al ejecutado PEREYRA DIEGO FABIAN
para que dentro del plazo de cinco días, oponga y prueba las excepciones a que se creyere con derecho en autos "Caramelli Lagleyze Pedro c/Pereyra Diego Fabian s/Ejecución Honorarios", expte. N 109700, con la advertencia de que si no lo hiciere se le nombrará a la Sra. Defensora Oficial Departamental. Se expide el presente en la fecha en que fuera firmado digitalmente en Bahía Blanca. Conste. Fernando Hugo Fratti, Secretario.
abr. 5 v. abr. 10
POR 2 DÍAS - El Tribunal de Trabajo Nro 3 del Departamento Judicial de Quilmes, sito en calle Alem nro. 430 de Quilmes, notifica al Sr. CHICLLA PALOMINO ABEL, que en autos Malacari Edgardo Ramon c/Chiclla Palomino Abel y Otro/a s/Despido", expte. Nº: 25230, se ha resuelto: Quilmes, 26 de agosto de 2019. Autos y Vistos: Considerando: Lo resuelto en el Acuerdo precedente y los fundamentos que lo sustentan, el Tribunal, Resuelve: 1 Rechazar en todas sus partes la demanda promovida por Edgardo Ramón Malacari contra Beatriz Fortunata Vulcano, con costas art. 19 y 20. ley 11.653
2 Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por Edgardo Ramón Malacari contra Abel Chiclla Palomino y en consecuencia condenar al codemandado a pagar al actor dentro de los diez días de notificada la sentencia mediante depósito en el Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal Quilmes centro y a la orden de autos la suma de pesos doscientos cincuenta y dos mil ciento diecisiete $252.117 en concepto de indemnización por despido con S.A.C.: $41.166, indemnización sustitutiva de preaviso con S.A.C.: $10.291; integración mes de despido y días trabajados mes de mayo del 2015: $9.500; SAC proporcional año 2015: $3.958; vacaciones proporcionales año 2015 con SAC: $: 2.400; indemnización artículo 8 de la ley 24.013: $104.500, artículo 15 de la ley 24.013: $51.957, indemnización artículo 2, ley 25.323: $25.978, indemnización art. 53 ter de la ley 11.653: $2.367. arts. 74, 103 y sig., 121 t.o. ley 23041; 122, 123, 124, y cctes, 150, 156, y cctes, 231, 232, 233 y 245 de la LCT, 8 y 15 ley 24.013 y art 2 de la ley 25.323 y rechazar las indemnizaciones del art.
275 LCT, artículo 1 de la ley 25.323 y artículo 45 ley 25.345 por los fundamentos expuestos en los aps i y j del acto resolutorio art. 726 del CCC. 3 A la suma de condena se le aplicarán intereses desde el 5 de mayo del 2015 y hasta su efectivo pago, calculados conforme a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de depósitos a plazo fijo a 30 días, a través del sistema Banca Internet Digital -tasa pasiva digitalvigente en los distintos períodos de aplicación arts. 137, 149 y 276 L.C.T., modificada por las leyes 23.311 y 23.616; 7, 8, 9, 10 y 13 ley 23.928; 1, 4, 8, dec. 529/91; 509 y 622 C.C., todo ello en mérito a lo expuesto por la Excma. Corte Suprema local, en la causa L.
118.615 del 11 de marzo del 2015, autos Zócaro Tomás Alberto c/Provincia ART S.A. y Otro/a s/Daños y Perjuicios, en concordancia con lo dispuesto en la causa L. 108.164 del 13 de noviembre de 2013, autos Abraham, Héctor Osvaldo c/Todoli Hnos. S.R.L. y otros s/Daños y Perjuicios 4 El codemandado Chiclla deberá entregar al actor certificados de trabajo y aportes previsionales dentro de los diez días de notificada la sentencia, bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria en caso de incumplimiento art. 80 LCT y art. 804 del Código Civil y Comercial. 5 Las costas se aplican al codemandado Chiclla por los rubros que progresan y al actor, con el beneficio de ley, por los que se rechazan arts. 19, 20
y 22 ley 11.653. Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularán una vez practicada por Secretaría la liquidación prevista en el art. 48 de la ley 11653. Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese". Firmado Guillermo Edgardo Caminos, Presidente; Silvia Ester Bartola, Juez; Silvia Cristina Bozzola, Juez; Lorena Roxana Abelenda, Auxiliar Letrada; Expte. Nº: 25230. "Liquidación que practica el Actuario de conformidad con lo establecido por el artículo 48 de la ley 11653 y las pautas determinadas en el acto sentencial de autos. Capital de sentencia $252.117. Intereses desde el 5/5/15 al 23/8/19 $288.887. Tasa de Justicia $11.887. Contribución sobre tasa $1.188,70. Total $553.427.70 son: Pesos quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos veintisiete con setenta centavos $553.427,70". Secretaría, 26 de agosto de 2019. Yanina Gisela Verge, Secretaria. "Quilmes, 26 de agosto de 2019. De la liquidación practicada, córrase traslado a las partes por el término de cinco días, bajo apercibimiento de tenerla por consentida si dentro del plazo estipulado no se formularen observaciones art. 48, ley 11.653. Notifíquese a las partes, con copias art. 16, inc. h, y 63, ley 11.653". Yanina Gisela Verge, Secretaria. "Quilmes, 26 de agosto de 2019. Autos y Visto: La causa número 25230
caratulada "Malacari Edgardo Ramon c/Chiclla Palomino Abel y Otro/a s/Despido", teniéndose en cuenta la importancia del asunto y mérito de los trabajos realizados, el Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes, Resuelve: 1 Regular los honorarios de los Dra. Sonia Sandra Moya en tresdcientos veintiocho $328 IUS por los rubros de progreso, y en diecisiete 17 IUS por los rubros de rechazo sumas a las que se deberán adicionar el aporte previsional de ley e IVA en caso de corresponder arts. 1, 2, 8, 9, 13/16, 21/23, 25, 26, 28, 43 y ccdts., ley 14.967; 12 inc. a, y 14, ley 6716, mod. por ley 8455; causa L77914
"Zuccoli Marcela c/SUM S.A. s/Daños y Perjuicios"; art. 730 CCC. y 277 LCT. modificados por ley 24432. La letrada interviniente deberá acreditar el pago de los aportes a la Caja de Previsión para Abogados de acuerdo con lo establecido por la ley 10.268, mod. de la ley 6716, bajo apercibimiento de ley. 2 Hágase saber a las partes que en caso de solicitar transferencia de las sumas pertinentes capital u honorarios de abogados a cuentas particulares deberán antes de la acreditación de los depósitos, denunciar y acreditar la titularidad de las cuentas que se pretendan utilizar bajo apercibimiento de librar los giros correspondientes sin más trámite y sin excepción. 3 Regístrese y notifíquese a las partes y peritos intervinientes". Guillermo Edgardo Caminos, Presidente; Silvia Ester Bartola, Juez; Silvia Cristina Bozzola, Juez;

SECCIÓN JUDICIAL > página 26

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/04/2023 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha05/04/2023

Nro. de páginas73

Nro. de ediciones3374

Primera edición02/07/2010

Ultima edición28/06/2024

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