Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 16 de diciembre de 2022

Dieciocho con 91/100 $238.218,91.-, en concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva Bip -Tasa pasiva opción plazo fijo digital a 30 díasdesde que cada suma resultó devengada y hasta la fecha de la presente Arts. 7 y 768
del Código Civil y Comercial de la Nación; SCBA L118.615, Zócaro, Sentencia del 11-III-2015; B62.488, Ubertalli, Sentencia del 18-V-2016; Causa L118.587, Trofe, Sentencia del 15 de junio de 2016. 2 Rechazar la demanda en cuanto persigue el cobro de multas de los Arts. 8 y 15 Ley 24.013 y vacaciones no gozadas del año 2015 Arts. 11 Ley 24.013; 3º apartado 1 Decreto 2725/91 y 162 LCT. 3 Imponer las costas a la demandada Art. 19 Ley 11.653. 4 Condenar a la demandada para que proceda a la confección y entrega al accionante, en el plazo de 10 diez días, de un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, y una constancia documentada de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la Seguridad Social conf. Art. 80 LCT; SCBA L95.634, Dos Santos, sentencia del 21-III-2012. Ello, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de fijarse astreintes como sanción conminatoria, los cuales se computarán a partir de la expresa petición de la parte actora, una vez firme la presente Arts. 804 Código Civil y Comercial de la Nación -Ley 26.994-, 37
C.P.C.C.. 5 Librar oficio a la Administración Federal de Ingresos Públicos en los términos del Art. 46 de la Ley 25.345, a fin de anoticiarla del resultado del presente proceso de conocimiento. 6 Diferir la regulación de honorarios para el momento de encontrarse firme la presente Art. 51 Ley 14.967. 7 Librar oficio electrónico al Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal San Miguel, a fin de que proceda a la apertura de una cuenta gratuita para depósitos judiciales a la orden de este Tribunal y perteneciente a estos autos. 8 Regístrese y notifíquese". Barciela Gonzalo. Juez; Mendez Miguel Ángel, Juez; Ramirez Adrián Aníbal, Juez; Colotta Juan Alberto, Secretario de Tribunal del Trabajo. San Miguel, 02 de septiembre de 2021. Liquidación que practico de acuerdo a lo ordenado: 1. Capital de condena $238.218,91.- 2. Intereses $384.675,14.- Subtotal Capital e Intereses $622.894,05.- 3. Impuesto de Justicia 22%o= $ 13.703,67.- 10% Art. 12 inc. f ley 8455= $1.370,37.- Subtotal Impuestos $ 15.074,04.- Total $637.968,09. Asciende la presente liquidación a la suma de Pesos Seiscientos Treinta y Siete Mil Novecientos Sesenta y Ocho con 09/100 $637.968,09.-. Notifíquese por secretaría".
Colotta Juan Alberto. Secretario de Tribunal del Trabajo.
dic. 15 v. dic. 16
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 a cargo del Dr. Marcelo Fabian Valle en autos Di Giacomo, Marcela c/Nicasiro, Juan José y Ot. s/Prescripción Adquisitiva Vicenal, Expte. N 78234, cita a JUAN
JOSE NICASIRO y ANA MARIA PERALTA a tomar intervención en estos obrados en el término de diez días bajo apercibimiento de ser representada por el Sr. Defensor Oficial, todo mediante edictos a publicarse por el plazo de 2 días en el Boletín Oficial de La Plata y diario "Tribuna del pueblo" calle Donatti 1191, de la ciudad de Luján. Art. 681 del C.P.C.. Valle Marcelo Fabian, Juez. Mercedes, 5 de diciembre de 2022.
dic. 15 v. dic. 16
POR 2 DÍAS - San Miguel, 19 de mayo de 2022. En atención a lo solicitado notifíquese la sentencia dictada en autos por edicto por el término de dos días en el Boletín Oficial y en la Nueva Página Social Arts. 145, 146, 147 de CPCC, quedando a cargo del peticionante su confección y diligenciamiento. Barciela Gonzalo, Juez. La resolución que se notifica dice así: "San Miguel, 19 de mayo del 2022. El Tribunal Resuelve: Fallo: Autos, Vistos Y Considerando: Los términos del Acuerdo que antecede, El Tribunal Resuelve: 1. Hacer lugar parcialmente a la demanda incoada por la Sra. Evelyn Jessica Cerrudo contra la demandada ADRIANA MARCELA ADDALA, condenando a esta última, a que le abone a la primera, dentro de los 10 diez días de notificada la presente, mediante depósito en cuenta bancaria perteneciente a estos autos y a la orden de este Tribunal, la suma de Pesos Quinientos Ocho Mil Ciento Ochenta y Cinco con 67/100 $508.185.67.-, en concepto de los rubros reseñados en la cuestión primera de la presente sentencia; con más los intereses moratorios cuya liquidación se practicara en base a la Tasa Pasiva BIP -Tasa pasiva opción plazo fijo digital a 30 díasdesde que cada suma resultó devengada y hasta la fecha de la presente Arts. 7 y 768 del Código Civil y Comercial de la Nación; SCBA
L118.615, Zócaro, Sentencia del 11-III-2015; B62.488, Ubertalli, Sentencia del 18-V-2016; Causa L118.587, Trofe, Sentencia del 15 de junio de 2016. 2. Rechazar la demanda en cuanto persigue el cobro el rubro identificado como Vac.
Prop. Año 2014 y 2015 Art. 162 LCT. 3. Imponer las costas a la demandada Art. 19 Ley 11.653. 4. Condenar a la demandada para que proceda a la confección y entrega a la accionante, en el plazo de 10 diez días, de un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, y una constancia documentada de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la Seguridad Social conf. art. 80 LCT; SCBA L95.634, Dos Santos, sentencia del 21-III-2012. Ello, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de fijarse astreintes como sanción conminatoria, los cuales se computarán a partir de la expresa petición de la parte actora, una vez firme la presente Arts. 804 Código Civil y Comercial de la Nación -Ley 26.994-, 37
CPCC. 5. Librar oficio a la Administración Federal de Ingresos Públicos en los términos del Art. 46 de la Ley 25.345, a fin de anoticiarla del resultado del presente proceso de conocimiento. 6. Diferir la regulación de honorarios para el momento de encontrarse firme la presente Art. 51 Ley 14.967. 7. Librar oficio electrónico al Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal San Miguel, a fin de que proceda a la apertura de una cuenta gratuita para depósitos judiciales a la orden de este Tribunal y perteneciente a estos autos. 8. Regístrese y notifíquese". Barciela Gonzalo .Juez; Mendez Miguel Angel. Juez; Ramirez Adrian Anibal. Juez; Colotta Juan Alberto. Secretario de Tribunal de Trabajo. Así como: "19 de mayo de 2022, liquidación que practico de acuerdo a lo ordenado:
1. Capital de condena $508.185,67
2. Intereses $577.180,79
Subtotal Capital e Intereses $1.085.366,46
3. Impuesto de Justicia 22%o= $23.878,06
10 % Art. 12 inc. f ley 8455= $2.387,80
Subtotal Impuestos $26.265,86
Total $ 1.111.632,32
Asciende la presente liquidación a la suma de $1.111.632,32 Notifíquese por secretaría". San Miguel, 19 de mayo de 2022.
"En San Miguel, en la fecha y hora indicada en la referencia de firma digital inserta se notifica electrónicamente a las partes el presente con trámite de veredicto y sentencia en los términos de la Ac. 3991/20 SCBA. Conste. Asciende la presente liquidación a la suma de $1.111.632,32 Notifíquese por Secretaría". San Miguel, 19 de mayo de 2022. En San Miguel, en la
SECCIÓN JUDICIAL > página 22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/12/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha16/12/2022

Nro. de páginas78

Nro. de ediciones3379

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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