Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 27 de abril de 2022

01 de febrero de 2022 a fin de notificar del sobreseimiento dispuesto al menor Fernández Bernechea, Juan Martín con DNI
45.758.779 y Persona Mayor Responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. por el término de 5
días". Fdo: María Fernanda Hachmann en su carácter de titular del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores.
abr. 22 v. abr. 28
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri N 242 de ésta ciudad, en Causa N 109-19, Interno N 2125 caratulada "Sommerville Devora Natalli s/Encubrimiento, Art. 277 Inc. 1 Apart. "C" del C.P. en Villa Gesell", Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a SOMMERVILLE DEVORA NATALLI, titular del DNI N40.669.520, la resolución dictada en el día de la fecha que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: "Dolores, 19 de abril de 2022. Autos y vistos Y
considerando Por todo ello; Resuelvo: I.- Declarar Extinguida la Acción Penal, en ésta causa N 109-19 interno N
2125 caratulada "Sommerville Devora Natalli s/Encubrimiento Art. 277 Inc. 1 Apart. "C" del C.P. en Villa Gesell", al haber Operado la Prescripción de la misma, correspondiendo Sobreseer en forma total a la imputada Sommerville Devora Natalli, de nacionalidad argentina, titular del DNI N40.669.520, nacida el 24 de marzo de 1997 en Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, hija de Cristian Alejandro y de Valeria Guillermina Cabrera, con último domicilio conocido en Paseo 109 e/Av. 12 y 13
de Villa Gesell, encontrándose registrada bajo el Prontuario N 1508846 Sección A.P., en orden al delito de Encubrimiento, previsto y sancionado por el Artículo 277 inciso 1 apartado "c" del Código Penal, en Villa Gesell, por el que fuera elevada los juicio, sin costas, al haber transcurrido los plazos que establecen los arts. 59, 62 y 67 4 párrafo del C.P. y Arts. 323 inc.
1, 324 y cctes del C.P.P.. II.- Regístrese. Notifíquese por los medios electrónicos. A fin de dar cumplimiento con la notificación de la causante y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 129 del Código Procesal Penal, Notifíquese por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de ésta Provincia de Buenos Aires librando el oficio de rigor. Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley, poniendo conocimiento lo resuelto a la Sección Antecedentes del Ministerio de Seguridad Bonaerense, al Registro Nacional de Reincidencia y a la SGA Departamental a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 22 del Acuerdo 2840 S.C.J.B.A. Oportunamente, archívese".
Fdo. Analía H. C. Pepi. Juez en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores. Ante mí: Inés Lamacchia.
Secretaria.
abr. 22 v. abr. 28
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular a Cargo P.D.S. del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Carlos Gualtieri, cita y emplaza a GONZALO MATIAS DOMINGUEZ VELOZ, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-6672-20 Nº interno 7607, seguida al nombrado en orden al delito de Lesiones Graves, cuya resolución infra se transcribe: field, 19
de abril de 2022. Y vistos: Esta causa Nº LZ-3514-2020 del registro de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental y Nº 07-00-6672-20 nº interno 7607 de este Juzgado caratulada "Dominguez Veloz Gonzalo Matias s/Lesiones Graves"; Y Considerando: Lo planteado por el Sr. Agente Fiscal de Juicio, la notificación de la Defensoría Oficial y de acuerdo a las constancias obrantes en autos se desprende que: Con los elementos colectados y habiendo el encartado Dominguez Veloz Gonzalo Matias constituído domicilio en la calle Ñandubay N 1372 "B" de Adrogué, ausentándose del mismo sin haber tomado el recaudo de anoticiar su alejamiento del mismo al órgano jurisdiccional o en su defecto a su Defensora Oficial. No obstante lo expresado precedentemente, el Suscripto, previo dar cumplimiento con lo ordenado en el Artículo 303 y siguientes y con el fin de resguardar el debido proceso y demás garantías constitucionales y tal como lo viene sosteniendo nuestro doctrinario Jorge Claria Olmedo que: El Tribunal debe agotar los medios legales que para conseguir la intervención del imputado: si no lo consigue lo declarará rebelde o contumaz, cualquiera la causa de la ausencia: incomparecencia, ocultación o fuga Tratado de Derecho Procesal Penal TºII, Pag. 91 Ed. Córdoba Es mi criterio previo a la declaración de rebeldía, librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley Art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo:
1 Citar a Dominguez Veloz Gonzalo Matias por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5
días y en la forma establecida en el Artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su Rebeldía Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Suspender los términos del plazo de citación a juicio hasta que se obtenga el resultado de los edictos publicados.
Notifíquese". Fdo: Carlos Gualtieri. Juez a cargo P.D.S. Ante mi: Leandro Avecilla. Auxiliar Letrado. Banfield, 19 de abril de 2022.
abr. 22 v. abr. 28
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de ésta ciudad, cita a DAVID ALEJANDRO DIAZ, DNI 41.237.813, nacido en Baradero, Pcia. de Bs. As, el 20/1/1995, hijo de Velo Luis Alberto y de Velo Claudia Leticia, con último domicilio conocido en calle Colectora Oeste y Alicia Moreau de Justo, de la localidad de Zárate, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa N SN50-2022, lPP-16-02-002235-20 caratulada: "Diaz David Alejandro -Lesiones levesBaradero", cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 19 de abril de 2022. Atento al estado de autos, en virtud de lo solicitado por el Sr.
Agente Fiscal y ante el silencio del Señor Defensor Particular, desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Diaz David Alejandro, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado Rebelde, expidiéndose Orden de Captura en causa Nº 50/2022 cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifíquese. Proveo por disposición de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental". Fdo.:
Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de lesiones leves, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo Rebelde y expedirse Orden de Captura, en causa Nº SN-50-2022. Arts. 129 y 304 del C.P.P. San Nicolás, 19 de abril de 2022.

SECCIÓN JUDICIAL > página 6

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha27/04/2022

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones3382

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/07/2024

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