Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/03/2022 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 25 de marzo de 2022

radicación y citación a juicio dispuesta en la presente causa conforme lo informado el pasado 20/10/2020 por la Comisaría de Burzaco respecto del domicilio sito en Cruz Del Sur N 1020 y posteriormente en fecha 9/2/2022 por la Comisaría de José Marmol en relación al domicilio de la calle Saenz Peña N. 566, y visto lo informado por la Actuaria en fecha 2/2/2022
respecto del abonado aportado en autos, corresponderá disponer su citación por edictos, a través del Boletín Oficial y por el término establecido en el Artículo 129 del Ritual, haciéndose saber que éste Juzgado a mi cargo, cita y emplaza al nombrado, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N IPP 38386-20 IPP 8961/4, en orden al delito de robo simple en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Rigen los artículos 303, 304 y 306 del C.P.P. Funcionario firmante: 16/3/2022. Ramos Perea Andrea Viviana, Juez".
mar. 21 v. mar. 28
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires cita y emplaza a FERREYRA BRIAN CESAR, poseedor del DNI 36702691; nacido el 27/03/1992 en Ciudad Autónoma de Bs. As., hijo de Antonio Cesar y de Mirta Noemi Vallejos, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. 0700-25608-1600
Registro Interno Nº 9436, caratulada "ferreyra Brian Cesar s/Encubrimiento Calificado". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, fecha de la firma digital. En atención al estado de autos y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletin Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía arts. 129
y 304 del Digesto Adjetivo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional". Helzel Ignacio Hernán, Auxiliar Letrada.
mar. 21 v. mar. 28
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8, Secretaría Única del Depto. Judicial de Mar del Plata, Dr. Hernán Félix Krzyszycha, hace saber que con fecha 10/8/2021 se ha decretado la quiebra del Sr. NICANOR LUCAS IGNACIO DE ANTONI, DNI 39.741.275, CUIT 20-39741275-0, con domicilio real en calle Alte. Brown N 1949, departamento 10 H de la ciudad de Mar del Plata, Pcia. de Buenos Aires. Se ha fijado la fecha del 08/04/2022 para que los acreedores se presenten ante la Sindicatura a verificar sus créditos, a tal fin solicitar turno ante la Sindicatura. Intímase al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico la documentación y los bienes de la fallida.
Prohíbese hacerle pagos al fallido los que serán considerados ineficaces. La Sindicatura recibirá los pedidos de verificación de créditos todos los días hábiles judiciales en el horario de 14:00 hs. a 20:00 hs.; atento los motivos de salud que son de público y notorio conocimiento, se pide a los Sres. Acreedores soliciten turno para presentarse a verificar. Se ha fijado el día 09/05/2022 para la presentación del Informe Individual y el 10/06/2022 para la presentación del Informe General por parte de la Sindicatura. Síndico designado CPN Rubén Daniel Sesto, con domicilio de calle Avda. Luro 3894-1 A de Mar del Plata, cel. 2235259912; tel 0223 474-7739/472-5058. E-mail: estudiojewkes@gmail.com. Mar del Plata, marzo de 2022.
mar. 21 v. mar. 28
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Titular a Cargo P.D.S. del Juzgado Correccional N 3 del Departamneto Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Carlos Gualtieri notifica a MAURO GABRIEL PERALTA, en la causa Nº 07-03-8005-16 Nº interno 5927
seguida al nombrado en orden al delito de violación de domicilio, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar de la resolución infra se transcribe field, 17 de Junio de 2021 -Y vistos: Esta causa Nº 07-03-8005-16 Nº interno 5927 del registro de este Juzgado y Nº 4773/2016 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excelentísima Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Peralta Mauro Gabriel s/Violacion de Domicilio" y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de violación de domicilio presuntamente ocurrido el 20 de agosto de 2016 en Esteban Echeverría del que fuera víctima Yamila Soledad Denapole, y la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 31 de octubre de 20016, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial.- Que mediante presentación electrónica el Sr. Fiscal de Juicio Dr. Jorge Michelini, solicitó la prescripción de la acción penal.- Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la Ley 25.990.- En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429 caratulada "O.L.A. s/Recurso de Casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent. del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que en los presentes obrados con fecha 3 de mayo de 2017 se otorgó al encartado Peralta la suspensión de juicio a prueba beneficio que fue revocado en fecha 15 de agosto de 2019. Asimismo, no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos b, c y d y aún el a del C.P. que se refiere a la comisión de otro delito, resultando que los tres primeros fueron realizados entre el día 21 de agosto de 2016 fs. 13 y la radicación de fecha 31 de octubre de 2016 fs. 42, por lo que descontando el plazo de la probation otrorgada se encuentra cumplido el plazo de prescripción previsto en el art. 62 inc. 2 del Código Penal, conforme surge de la certificación que antecede.- Que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires y el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, según las actuaciones obrantes a fs. 144 y 150/153 respectivamente, con los cuales se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art.67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la Ley 25.990, es que resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción, respecto del
SECCIÓN JUDICIAL > página 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/03/2022 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha25/03/2022

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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