Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/03/2021 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 05 de marzo de 2021

Vanesa Herrera en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inciso primero del Código Procesal Penal y 59 inciso tercero y 76 ter. -párrafo cuartodel Código Penal." Fdo. Laura V. Ninni, Juez. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: mas de Zamora, 24 de febrero de 2021. Atento al tiempo transcurrido, notifíquese a Cintia Vanesa Herrera de la resolución de fojas 127/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo." Fdo. Laura V. Ninni, Juez de Garantías. Pellegrino Romina Florencia, Auxiliar Letrado. Lomas de Zamora, 24 de febrero de 2021.
mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - La Señora Titular del Juzgado De Garantías N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra.
Laura V. Ninni, notifica a JAVIER SANTILLAN, en causa N PP-07-00-065240-10/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: mas de Zamora, 3 de agosto de 2018 Por ello, Resuelvo: IDeclarar extinguida la acción penal en la presente causa seguida a Javier Santillan por el delito de Tenencia Ilegal de Arma de Guerra Artículos 59 inciso tercero y 62 inciso segundo y 189 inciso 2, párrafo 2 del Código Penal. IISobreseer totalmente a Javier Santillan en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inciso 1 del Código Procesal Penal." Fdo. Laura Ninni, Juez. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: mas de Zamora, 24 de febrero de 2021 Atento al tiempo transcurrido, notifíquese a Javier Santillan de la resolución de fojas 122/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo." Fdo. Laura Ninni, Juez de Garantías. Pellegrino Romina Florencia, Auxiliar Letrado.
mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 6, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, comunica que con fecha 1º de julio de 2019 se ha abierto el Concurso Preventivo del Sucesorio de ISAIAS SEGUNDO OYARZO
VARGAS o SEGUNDO ISAIAS OYARZO, quien en vida poseía el D.N.I. 93.234.860 y se domiciliaba en Godoy Cruz Nº 825, de Bahía Blanca. Se ha fijado hasta el día 12 de abril de 2021 fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos ante la Síndica Contadora María Cristina DAnnuncio DNI 17.838.268, con domicilio procesal constituido en calle Italia 958 de Bahía Blanca y domicilio electrónico en 27178382689@cce.notificaciones; quién deberá presentar el informe individual el día 26 de mayo de 2021 y el Informe General el día 7 de julio de 2021. Bahía Blanca, febrero 12 de 2021. Conste. Dr. Fernando H. Fratti, Secretario.
mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. BÁRBARA GAMELO, víctima de autos, en causa nro. INC-17229-2 seguida a Maldonado Fernando Javier por el delito de Robo Agravado la Resolución que a continuación de transcribe: del plata 8
de febrero de 2021 Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aún cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aún cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima - En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado." Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: del Plata, 24 de febrero de 2021. Autos Y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín oficial de la Provincia de Buenos Aires, haciéndose saber que su silencio será interpretado como falta de voluntad para participar del proceso." Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi, Juez de Ejecución Penal.
mar. 2 v. mar. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a la Sra. MARÍA LUZ AGUIRRE, víctima de autos, en causa nro. INC-17075-2 seguida a Gainza Matias Ezequiel por el delito de Incidente de Prisión Domiciliaria. La Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 09 de diciembre de 2020. Autos Y Vistos: Atento el estado de autos: I.- Líbrese oficio a las víctimas de autos, Sr.

SECCIÓN JUDICIAL > página 9

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/03/2021 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha05/03/2021

Nro. de páginas59

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/08/2024

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