Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/08/2020 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 11 de agosto de 2020

que en el término de doce días comparezcan a hacer valer sus derechos en el presente juicio bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente Art. 341 del CPCC.
POR 1 DÍA - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, me dirijo a Ud. en causa Nº 2607 seguida a JONATHAN HERNANA ACOSTA a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: dad de Quilmes, 8 de julio de 2020. Autos Vistos Para resolver en la presente causa Nº 2607 del registro de la Secretaría Única de este Juzgado en lo Correccional N 5, Considerando: I.- En las presentes actuaciones, se ha citado a juicio en fecha 07 de noviembre de 2013 a Jonathan Hernan Acosta en orden al delito de Robo Simple en grado de tentativa, previsto y reprimido por el Art. 42 y 164 del Código Penal. Que con fecha 8 de mayo de 2015 se declaró la Rebeldía con comparendo a primera audiencia del encartado de mención. Ahora bien, antes de continuar con el trámite de la presente, y conforme lo normado en el Artículo 67 inciso d del Código Penal, corresponde analizar si a partir de esa fecha ha transcurrido el plazo que determina nuestro ordenamiento para la aplicación del instituto de la prescripción de las constancias de la presente causa surge que desde el auto de citación de juicio de fs. 71vta./72vta., del 7 de noviembre de 2013, que opera como último acto interruptivo hasta la actualidad, la acción penal se encuentra prescripta, ello considerando la ausencia de antecedentes del mencionado encausado, a la luz de los informes que han sido agregados a fs. 169/172 Art. 67 inc. "D" del C.P.. La prescripción opera de pleno derecho por el solo transcurso del plazo pertinente implica la conveniencia de su declaración inmediata a fin de evitar la continuidad de un juicio innecesario. Además es un criterio consolidado que la prescripción puede ser declarada, incluso, de oficio en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público, que, como tal, opera de pleno derecho, por el sólo "transcurso del Tiempo" C.S.J.N., Fallos 305:1236; 311:2205; 313:1224
entre muchas otras. Es dable tener presente entonces, que habiendo llegado a este punto de la cuestión analizada, además de la garantía de la defensa en juicio se encuentra en juego la garantía de juez natural y en consecuencia, continuar con el proceso adelante no resulta admisible ni propicio a los fines de garantizar la eficiencia procesal y el debido respecto a la Constitución Nacional. II.- Procédase a levantar la Rebeldía con comparendo a primera audiencia que fuera decretada el pasado 08 de mayo de 2015 sobre el imputado Jonathan Hernán Acosta, y que fuera insertada el día 24 de junio de 2015 bajo el número P2780563. Por los motivos expuestos, y de conformidad con la normativa citada, es que:
Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal por prescripción en causa N 2607 seguida a Jonathan Hernana Acosta por el delito de Robo Simple en grado de tentativa Art. 42 y 164 del Código Penal, de conformidad con lo normado por los Arts. 62 inc. 2, 67 inc. D del Código Penal.- II.- Sobreseer total y definitivamente a Jonathan Hernán Acosta, argentino, sin apodos, no recuerda N de DNI, de 20 años de edad, soltero, de acupación vendedor ambulante, nacido el 09 de julio de 1993 en Avellaneda Provincia de Buenos Aires, con último domicilio conocido en calle Humahuaca N 5381 entre 575 y 580
Barrio San Jorge la localidad y Partido de Florencio Varela, hijo natural de Mónica Beatriz Acosta, por el delito que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 10 de septiembre de 2013 en la localidad y partido de Berazategui Art. 42 y 164 del C.P. y Arts. 322, 323 inc. 1 y 341 del C.P.P. III.- Levantar la Rebeldia y comparendo a primera audiencia que fuera decretada al imputado Jonathan Hernan Acosta. Comuníquese al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia. Regístrese, notifíquese al Sr. Fiscal y al Sr. Defensor Oficial. A fin de no dilatar el libramiento de las comunicaciones de la resolución que antecede, en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la notificación a Acosta mediante publicación de la misma en Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio. Por último, cúmplase con la comunicaciones de ley. Fecho, archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez".
POR 2 DÍAS - La Srta. Juez de Primera Instancia del Trabajo N 2 de la ciudad de Concepción del Uruguay y su jurisdicción, Dra. Nora Angelica Garin, en los autos caratulados: Sartini, Jorge D. c/ Basto S. S.A.C.I. y F. s/ Cobro de Pesos - Expte. N 12399, F 14, T VIII, Año 2020- que tramitan por ante la Secretaría del Dr. Diego Germán Cherot cita y emplaza a BASTO S. SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL INMOBILIARIA Y FINANCIERA, con último domicilio conocido en Talcahuano 469 Piso 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que dentro del plazo de diez días comparezca a tomar Intervención en autos y contestar demanda, bajo apercibimientos de designársele Defensor de Ausentes - Arts. 329
del C.P.C.C. y 31 del C.P.L. Secretaría, 13 de marzo de 2020. Dr. Diego Germán Cherot.
ago. 11 v. ago. 12
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Zárate-Campana, cita y emplaza a JOSE GALDOS SOSA, LUIS DEDOMINICIS y VICTORIO GAVIOLI, y a los herederos y/o sucesores de MAURICIO LIS Ernesto Oscar y Ricardo Horacio Lis y Budman, de FRANCISCO RODOLFO HALECKA
Rodolfo Felix, Agustin Antonio y Marta Cecilia Halecka y de la Torre y de EDMUNDO FRANCISCO SAVASTANO Jorge Luis y Carlos Alberto Machinandiarena y Savastano y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble sito en la calle Colón Nº 1134, entre las calles Salmini y Liniers, de la ciudad y partido de Campana, designado -según plano 14-397- como Circunscripción I - Sección G - Quinta 77 - Manzana 77a - Parcela 23a de origen Parcela 23, Superficie 333 m2, Matrícula Nº 31623 14, Partida Inmobiliaria Nº 6718 antecedente dominial F 9/1952 -14- lote 23 de la manzana 50 A, para que dentro del plazo de diez días comparezcan a éstas actuaciones - "Korol Jorge Raul c/ Lis Mauricio y Otro s/
Prescripción Adquisitiva", Expte. Nº 12.900- a contestar la demanda instaurada por Jorge Raul Korol, bajo apercibimiento de nombrar al Defensor de Ausentes para que los represente Arts. 145, 146, 341, 681 del CPCC. Zárate, agosto de 2020.
ago. 11 v. ago. 12
POR 2 DÍAS - La Sra. Jueza del Tribunal del Trabajo Nº 4 del Departamento Judicial de Morón, Dra. Ma. Gabriela Alcolumbre, Secretaría Única, sito en la calle Colón, 151, 3º piso, Cuerpo H, de la localidad de Morón, Pcia. de Buenos Aires, en los autos caratulados: "Mareque Emanuel Alfredo c/ Gran Estilo S.A. y Otro/ s/Despido" Expte. MO-11218-2015, cita a GRAN ESTILO S.A, a tomar conocimiento de la declaración de rebeldía dispuesta en las presentes actuaciones. Dra.
Ma. Florencia Blanco Khne. Secretaria.
ago. 11 v. ago. 12
POR 2 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 14, Secretaría Única del Departamento Judicial Mar del Plata ha ordenado citar por edictos a los herederos de los demandados VALENSISI LORENZO y MERLO PIERINA

SECCIÓN JUDICIAL > página 13

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/08/2020 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha11/08/2020

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones3380

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031