Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/06/2020 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 17 de junio de 2020

bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial de ausentes para que los represente Art. 344 del CPCCF y VF; en los autos caratulados Expte. N 285/2013 Pellizer Idalo Mario c/ Lanza Castelli Cesar y Echeveste Francisco Jose s/
Demanda por Usucapión. Dr. Demetrio Antonio Cuenca, Juez.
jun. 17 v. jun. 18
POR 3 DÍAS - El Tribunal de Trabajo Nº 1 Secretaría Única del deparatmento Judicial de Mar del Plata sito en la calle Garay n 1768, en los autos caratulados "Belmonte Maria Cecilia y Otros s/Homologación de Convenio" Expte 68630, a los efectos de citar a herederos y derechohabientes de EDUARDO RAUL MONTERO DNI 25.211.616, para que en el termino de treinta dias se presenten a hacer valer sus derechos en los autos caratulados "Belmonte Maria Cecilia y ot.
s/Homologación de Convenio Expte 68.630" bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado y entregar los fondos provenientes del credito laboral a los herederso presentados en autos. Se deja constancia que la parte actora goza del beneficio de gratuitidad Art. 1 Ley 8593, Ley 12200, Art. 20 y 22 de Ley 11653 y Art. 20 LCT. El auto que ordena la presente dice: "Mar del Plata, 20 de Febrero de 2019 Sin perjuicio de lo indicado por el Sr. Asesor de Incapaces en su dictamen de fecha 21 de diciembre de 2018 y en orden a lo expresamente peticionado en el pto. VIII, corresponde ordenar publicar edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en el diario La Capital de Mar del Plata, a efectos de citar a herederos y derechohabientes de Eduardo Raul Monteros, DNI 25.211.616, para que en el término de treinta das se presenten a hacer valer sus derechos en los autos "Belmonte María Cecilia y Ot. s/ Homologación de Convenio-Expte:
68.630", bajo apercibimiento de continuar los mismos segn su estado y entregar los fondos provenientes del crédito laboral a los herederos presentados en autos. Dr. José Maria Casas, Presidente. Artículo 20 Gratuitidad El trabajador o sus derecho-habientes gozaran del beneficio de la gratuitidad en los procedimientos judiciales o administrativos derivadosde la aplicacion de esta ley , estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo . su vivienda no podra ser afectada ala pago de costas en caso alguno. en cuanto de los antecedentes del proceso resultare pluspeticion inexcusable, las costas deberan ser soportadas solidariamentesentre las partes y el profesional actuante. Artículo 22 Los trabajadores o sus derecho-habientes gozaran del beneficio de gratuitidad . La expedicion de testimonios, certificados, legalizaciones o informes en cualquier oficina publica sera gratuita En ningun caso les sera exigida la caucion real o personal para el pago de costas, gastos u honorarios o para la responsabilidad por medidas cautelares.- Solo daran caucion juratoria de pagar si mejorasen de fortuna. Mar del Plata, junio de 2020.
jun. 17 v. jun. 19
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en autos En Vuelo Agropecuario S.R.L. s/ Quiebra Pequeña"- Expte. 49959-2017, se ha decretado la quiebra EN
VUELO AGROPECUARIA S.R.L. -CUIT 30-70854725-1-, inscripta bajo matrícula N 67445 de fecha 17/03/2004, legajo 122635 con domicilio social en calle Alvarado N 353 Cte. Nocanor OtamendiGral. Alvarado. Síndico designado: Dr.
Ricardo Luis Oribe, que atenderá en su domicilio de la Castelli N 2441 - 2do. Piso A Mar del Plata, los días lunes miércoles y viernes de 9 a 13 y de 16 a 20 hs. y martes y jueves de 9 hs. a 17 hs. Fíjase hasta el 31/08/2020 como fecha hasta la cual los acreedores podran presentarse ante el síndico con los títulos justificativos de sus créditos a efectos de su verificación, el 13/10/2020 para la presentación del Informe Individual y hasta el 26/11/2020 para la presentación del Informe General previstos por el art. treinta y nueve y doscientos de la ley veinticuatro mil quinientos veintidós. Dr. Raúl Eduardo Garros, Juez Civil y Comercial.
jun. 17 v. jun. 23
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa referenciada en el epígrafe la que tramita por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del departamento judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avenida del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría única a mi cargo, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a doña MARIANA DE LAS NIEVES DIAZ FLORES DNI Nº 33.398.462 el fallo dictado en la mencionada causa. La parte resolutiva del fallo ante dicho, y a transcribirse en los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: "Tigre, 11 de junio de 2020 Notifico a Ud. que en el expediente caratulado "Diaz Flores Mariana De Las Nieves s/ Infracción Artículo 2º Ley 13.178 - T.O por Ley 13.875.-" , en trámite por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tigre del Departamento Judicial de San Isidro, sito en la Avenida del Libertador General San Martín Nº 254 de la Localidad y Partido de Tigre, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, Secretaría única a mi cargo, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: "Tigre, 11. de Junio de 2.020. Autos y Vistos Resulta Considerando
Fallo: 1 Disponer la Extinción de la Acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Mariana De Las Nieves Diaz Flores DNI Nº 33.398.462, de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 art. 3 del Dec. Ley 8.031/73; 2 Disponer el Sobreseimiento Definitivo en estos actuados Sin CostaS respecto de Mariana De Las Nieves Diaz Flores DNI Nº 33.398.462, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del CPP de aplicación supletoria conforme lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto-Ley 8.031/73; 3 Sin perjuicio de lo resuelto precedentemente, Ordenar el Decomiso de la mercadería oportunamente incautada ver planillas anexas obrantes a fs. 2/5 en el procedimiento desplegado en autos con fecha 26-02-2.019, las cuales pasarán al patrimonio de la Provincia de Buenos Aires conforme artículos 16º de la Ley 11.825 -de aplicación en virtud de lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto 828/04 incorporado por Decreto 1.174/05 Reglamentario de la Ley 13.178, 23º del Código Penal de la Nación, 13º 1er. y 2do. párrafos del Decreto-Ley 8.031/73 -T.O. por Decreto 181/87 y 1º del Decreto-Ley 7.710/71, a cuyo fin, líbrese oficio por Secretaría al Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas de la Provincia de Buenos Aires. Regístrese. Notifíquese. A fin de consumar las notificaciones ordenadas, respecto de la causante, en atención a la falta de conocimiento de su paradero, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese por Secretaría oficio electrónico, dejándose constancia en el instrumento a librarse que la publicación edictal ordenada deberá ser realizada sin previo pago; y respecto del Ministerio Público de la Defensa, mediante los medios tecnológicos previstos de utilización mediante la Acordada 535/20 de la SCBA, a cuyo fín, líbrese cédula de notificación electrónica, y al Registro Provincial de Comercialización de Bebidas Alcohólicas a través del correo institucional de dicho registro léase:
asesoramientotecnico@reba.mseg.gba.gov.ar. Cumplido con la totalidad de lo ordenado Archívese. Dr. Alberto Raúl
SECCIÓN JUDICIAL > página 12

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/06/2020 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha17/06/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones3378

Primera edición02/07/2010

Ultima edición04/07/2024

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