Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/02/2019 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 14 de febrero de 2019

muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan únicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 22 de mayo de 2006 fs. 188, y que habiéndose glosado el informe del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y la planilla de antecedentes personales de la Provincia de Buenos Aires, según las actuaciones obrantes a fs. 256/258 y 261/vta., se acredita la inexistencia de la causal interruptiva contemplada en el inciso a del art. 67 del C. Penal conforme a la nueva redacción impuesta por la ley 25.990, por lo que deberá declararse la extinción de la acción penal por prescripción y sobreseer a la encartada Esther Virginia Tarditti por el delito endilgado en estos obrados. Asimismo y atento lo expuesto deberá revocarse la rebeldía y orden de comparendo compulsivo que pesa sobre la nombrada ya que mantener la misma implicaría un perjuicio a la libertad ambulatoria de la misma respecto de quien, el proceso conforme lo he puesto de manifiesto ha concluido extinción de la acción, no teniendo ningún sentido utilizar este medio tan solo para notificarlo de dicho resolutorio. En razón de ello es mi criterio librar edictos a los efectos de publicarlos en el Boletín Oficial por el término de Ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal en base a lo expuesto es que: Resuelvo: I.- Revocar la rebeldía y orden de comparendo compulsivo de la imputada Esther Virginia Tarditti.
Artículo 307 y cctes. del Ceremonial. II.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripcion de la presente causa Nº 602177 nº interno 2375 respecto a Esther Virginia Tarditti a quien se le imputara el delito de usurpación de propiedad, hecho presuntamente ocurrido el día 1 de junio de 2005 en la localidad de Temperley partido de Lomas de Zamora.
Artículo 62, 67 y 76 ter del C.P.. III.- sobreseer a la encartada Esther Virginia Tarditti, D.N.I. Nº 3.886.248, sin apodo, argentina, casada, ama da casa, nacida el día 13 de julio de 1940 en La Carlota Prov. de Córdoba, con domicilio en la calle Chile 1659 de Mar del Plata, hija de Pedro Gerónimo y de Virginia Rosario Gallon, anotada en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U668974 y en el Registro de Antecedentes Personales de la Provincia de Buenos Aires bajo trámite N 3629988, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, Notifíquese a los Representantes del Ministerio Público en sus respectivos despachos y al imputado mediante edictos los cuales se publicarán en el Boletín Oficial por el tiempo de ley art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fecho comuníquese y archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Maximiliano Estevez. Auxiliar Letrado Secretaría, Banfield, 1 de febrero de 2019.
feb. 14 v. feb. 20
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra.
Ana María Tenuta. Notifica a JUAN CARLOS CORTEZ y AGUSTIN CARUZO en la causa Nº 2735-C caratulada "Martinez, Maximiliano; Suarez, Jorge; Martinez, Fabian; Ruiz, Lucas; Avalos, Brian; Rojas, Nahuel; Cativa, Franco; Perez, Carlos;
Araujo, Brian; Ibarra, Emanuel; Pralon, Mateo; Cortez, Juan Carlos; Caruso, Agustín; Acuña, Jorge; Ling, Juan; Ledesma, Pablo; Chamorro, Cristian Y Rodriguez, Miguel s/ infracción art. 10 ley 11.929", de trámite ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar, lo siguiente: field, 28 de septiembre de 2018. Autos y Vistos: La presente causa Nº 2735-C
de los libros de registro de este juzgado, caratulada "Martinez, Maximiliano; Suarez, Jorge; Martinez, Fabian; Ruiz, Lucas;
Avalos, Brian; Rojas, Nahuel; Cativa, Franco; Perez, Carlos; Araujo, Brian; Ibarra, Emanuel; Pralon, Mateo; Cortez, Juan Carlos; Caruso, Agustín; Acuña, Jorge; Ling, Juan; Ledesma, Pablo; Chamorro, Cristian Y Rodriguez, Miguel S/ Infracción Art. 10 Ley 11.929", y Considerando: Que se inician estas actuaciones, en orden a la infracción a la ley 11.929, por acta de procedimiento obrante a fojas 1/vta., la cual da cuenta de un hecho supuestamente acaecido el día 10 de diciembre de 2017
en el estadio de Los Andes más precisamente en el pre-cacheo de la calle Boedo y Estrada de Lomas de Zamora, donde el Oficial Principal Ricardo Quintana, el Oficial Subayudante Alan Motto y el Teniente Julio Valdez, ambos numerarios de la Seccional Primera de Lomas de Zamora, observaron distintos grupos de simpatizantes del Club Atlético Los Andes intentaban ingresar sin entrada al estadio, siendo que al invitar a los mismos que desistan de su actitud y que se retiren del lugar, comenzaron a insultar al personal policial y a arrojar botellas al suelo, razón por la cual se interceptó y se identificó a alguno de ellos, los cuales resultaron ser Maximiliano Martinez; Fabian Martinez; Jorge Suarez; Lucas Matias Ruiz; Cristian Chamorro; Miguel Rodriguez; Brian Avalos; Brian Nahuel Rojas; Franco Cativa; Carlos Alberto Perez; Braian Gabriel Araujo Artaza; Emanuel Federico Ibarra; Mateo Pralong; Juan Carlos Cortez; Agustin Caruzo; Jorge Luis Acuña; Juan Fernando Lind y Pablo Ledesma, motivo por el cual fueron trasladados al asiento de la dependencia antes indicada. Que radicadas las actuaciones ante esta judicatura, la firmante ordenó la citación de los efectivos policiales intervinientes en el acta de procedimiento de fs. 1/vta., Alan Motto y Julio Valdez, quienes -bajo juramento de leya fs. 249 y 250 respectivamente, reconocieron las firmas insertas en el acta como propias manifestando también que no recordaban el hecho que los convocaba. En esta inteligencia, entiendo que el acta de procedimiento al ser instrumento público da fe de lo sucedido y constituye un relato valedero del que se nutre el Juzgador que interviene en la causa para tener por acreditados los hechos que en aquella se describen. Es decir resulta el andamiaje judicial por el cual se pone en funcionamiento el procedimiento, por ello a lo largo del proceso, las personas que tomaron participación del acto deben ratificar lo sucedido y sus relatos deben ser contestes con lo plasmado en ellas para su convalidación. Ante esta circunstancia señalada y al no recordar los funcionarios actuantes el contenido del acta que dio origen a las actuaciones, hacen que esta pieza no pueda ser tenida como un elemento fundamental para tener por acreditados los hechos que se afirman. En definitiva, ante la carencia de elementos objetivos que me permitan seguir adelante con las actuaciones, entiendo que corresponderá sobreseer a los nombrados, atento los fundamentos expuestos por lo que Resuelvo: I Sobreseer a Maximiliano Daniel Martinez, D.N.I.
49.355.286, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle Logio Lautaro N 1812 de Florencio Varela, nacido el día 14 de noviembre de 1998; Fabian Martinez, D.N.I. 49.355.284, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle Logio Lautaro N 1812 de Florencio Varela; Jorge Suarez, D.N.I. 35.863.472, argentino, soltero desocupado, domiciliado en la calle Machado N 288 de Lomas de Zamora, nacido el día 29 de septiembre de 1985; Lucas Matias Ruiz, D.N.I.
34.091.641, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle Bolonia N 2347 de Lomas de Zamora; Cristian Chamorro, D.N.I. 32.843.445, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle Espronceda N 476 de Lomas de Zamora, nacido el día 24 de abril de 1987; Miguel Rodriguez, D.N.I. no recuerda, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle OHiggins N 223 de Lomas de Zamora, nacido el día 17 de marzo de 1996; Brian Avalos, D.N.I.
38.620.769, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle Bolonia N 1832 de Lomas de Zamora, nacido el día 8
de diciembre de 1994; Brian Nahuel Rojas, D.N.I. 40.538.336, argentino, soltero, desocupado, domiciliado en la calle
SECCIÓN JUDICIAL > página 27

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/02/2019 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha14/02/2019

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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