Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/01/2019 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de enero de 2019

Fecho, archívese la causa sin más trámite. V.- Regístrese. Proveo por licencia de la Titular.- Fdo.: Eduardo Campos Campos. Juez Subrogante." Luciana Pérez Zamora, Auxiliar Letrada.
ene. 3 v. ene. 9
POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 6543-18 autos caratulados Páez, Juan Pablo y otros s/Amenazas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo por licencia del titular, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única mi a cargo, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco dias según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a JUAN
PABLO PÁEZ y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle 5 N 6570 de la localidad de Mar Del Tuyú, provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: "Dolores, 07
de diciembre de 2018. Autos y Vistos Y Considerando Resuelvo: 1.- Aceptar la competencia de este Juzgado de Garantías del Joven N 1 en relación al joven Páez Juan Pablo por el delito que prima facie se ha calificado como Amenazas delito este previsto y penado en el art. 149 BIS del CP la que tramitará en el marco de la Carpeta de Causa N
27806543-18, ello a tenor de la declinatoria planteada en el marco del presente proceso. Comuníquese al sr. Juez declinante mediante oficio de estilo lo aquí resuelto.- 2.- Sobreseer definitivamente por hecho al menor, Páez, Juan Pablo, titular del DNI 44.171.410, argentino, soltero, estudiante, con fecha de nacimiento el día 06 de febrero del 2.018, en la ciudad de Buenos Aires, con domicilio en calle 5 n 6570 de la ciudad de Mar del Tuyú, Pdo Agustina Mabel Franco, Secretario de Juzgado de Primera InstanciaJuzgado de Garantias del Joven Nº 1 de la Costa en orden al delito calificado por el ministerio público fiscal ha calificado como Amenazas por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el art. 323 incs. 5 del CPP. no sometiendo al mismo a proceso penal. 3.- No hacer lugar a la prohibición de acercamiento por los fundamentos vertidos precedentemente.- 4. Notifíquese en su público despacho al sr. Defensor Oficial del Joven y a la Sra. Agente Fiscal del Joven.- Regístrese". Eduardo Adrián Campos Campos en su carácter de Juez Subrogante del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, 18 de Diciembre de 2018. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 6543-18, provenientes de Comisaría de Mar Del Tuyú, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 1112-18 de fecha 07 de diciembrede 2018 a fin de notificar al menor Páez, Juan Pablo con DNI 44.171.410 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P.. Dr. Emiliano Lazzari en su carácter de Juez Subrogante del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Requiero además tenga a bien remitir a este Juzgado de Garantías del Joven N 1, Deptal. Dolores, sito en Pellegrini N 19 de la ciudad de Dolores C.P. 7100, Provincia de Buenos Aires, copia de la publicación que nos ocupa a fin de ser agregada al expediente de autos. Agustina Mabel Franco.
ene. 3 v. ene. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Necochea, en el marco de la investigación registrada bajo el N PP-11-00-004809-14/00, caratulada "Klink, Martín Alejandro s/ Amenazas", notifica por este medio a KLINK, MARTÍN ALEJANDRO por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el art. 129 del CPP, la siguiente resolución: "Necochea, 21 de diciembre de 2018. Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I Declarar la Extinción de la Acción Penal por Prescripción, respecto de Martín Alejandro Klink, Argentino, instruido, DNI 25.235.667, en orden a los delitos de Amenazas reiteradas, previsto y sancionado enel art. 149 bis primer supuesto del Código Penal en concurso real art. 54 del C.P., los cuales se habrían constatado entre los días 28/08/2014 y 12/09/2014; y consecuentemente sobreseer al mencionado en los términos de lo previsto en el art. 323 inc. "1" del C.P.P., en razón de las consideraciones vertidas precedentemente art. 62 inc. 2 del C.P., arts. 321, 322, 323 inc. 1 del C.P.P.. II En atención a ignorarse el lugar de residencia de Martín Alejandro Klink, y habiéndose agotado las medidas tendientes a averiguarlo, procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial Digital durante cinco días a efectos de notificar la presente resolución, a cuyo fin líbrese la notificación electrónica correspondiente art. 129 del C.P.P.. Cumplido, certifíque el actuario la publicación ordenada. III Hacer saber al Sr. Agente Fiscal que deberá arbitrar lo pertinente para dar de baja de la averiguación de paradero del causante, adjuntando debida constancia en autos, conforme lo expuesto en el considerando segundo art. 23 ss. y cc. del C.P.P.. IV Regístrese. Notifíquese. Comuníquese". Dra. Aida María Jose Tedoldi Lhez, Juez de Garantías. Ante mí: Diego M. Montero, Auxiliar Letrado. Necochea, a los 21 días del mes de diciembre de año 2018.ene. 3 v. ene. 9
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo, por disposición Superior, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil n 1
Departamental, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a LEANDRO MIGUEL ALMIRON de nacionalidad argentina, sin apodos referidos, de 26 años de edad, nacido el día 24 de octubre de 1993, hijo de Juan Carlos Almiron y de Silvia Alejandra Aquino, a fin de que comparezca por ante este Juzgado, sito en la calle Talcahuano n 278 de la ciudad de Banfield, 1 piso de lunes a viernes de 8:00 a 13:30 horas a estar a derecho art 129 del C.P.P., en el marco del incidente de ejecución de sentencia número 49.313, bajo apercibimiento de disponer su Rebeldía, en el marco de las actuaciones antes referidas. Para mayor ilustración se transcribe el auto que así lo ordena: " Lomas de Zamora, de diciembre de 2.018 IIPrevio a proveer lo solicitado por el Sr. Defensor Oficial a fs. 87, visto lo informado por la Sra. Actuaria y en razón de ignorar el paradero de Almiron , de conformidad con lo dispuesto en el art. 129 del C.P.P., cítese y emplazáse al referido para que en el plazo de 5 cinco días a fin comparezca a esta Sede a estar a derecho, bajo apercibimiento de disponer su rebeldía, en el marco de las presentes actuaciones. A tales efectos, líbrese edicto y publíquese en el boletín oficial por el plazo de 5 cinco días en forma gratuita P/D/S/C/J. Miriam Buzzo -Juez-". Dado, firmado y sellado en la Sala de mi público Despacho, en Lomas de Zamora, a los días del mes de diciembre de 2018. Liliana E. Rigueiro.
ene. 3 v. ene. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez Correcccional de Tres Arroyos, Dr. Gabriel Giuliani, Secretaría Única a mi cargo, Departamento Judicial Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, dirijo a Ud. el presente librado en la Causa 101/2016, caratulada MAXIMILIANO GASTÓN GALEANO por Desobediencia. Art. 239 del C.P que instruyera la UFI Nº 16 de la ciudad de Tres Arroyos, provincia de Buenos Aires, Departamento Judicial Bahía Blanca, bajo el Nº de I.P.P. 02-01-

SECCIÓN JUDICIAL > página 11

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/01/2019 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/01/2019

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones3380

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/07/2024

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