Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2018 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

La Plata > Viernes 27 de abril de 2018

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del partido de Merlo, Depto.
Jud. de Morón, en causa Nº 15002, caratulada: Cardenas, Matias S/ Inf. art. 86 y 87 Inc. B Decreto Ley 8031/73; notifíquese a MATÍAS CARDENAS, argentina; sin domicilio jo. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia denitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs.As., 05 de Marzo de 2018.- Vista y Considerando Resuelvo: 1 Declarar -de ociola prescripción de la pena de multa impuesta a Manuel de la Cruz Hinojosa Núñez con otros datos personales en la causa 2 Hacer cesar la rebeldía del causante de marras y su Comparendo Compulsivo en este Juzgado 3 Regístrese. Remítase a la Instrucción actuante -por diez díasa n de que se notique el presente, al procesado por Edictos, y -por vías usualesa su Defensa Ocial y a la Policía Provincial, a sus nes registrales.- Fdo:
Eduardo A. Diforte. Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 9 días del mes de marzo de 2.018. Ante mí: Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.965 / abr. 25 v. may. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud.
de Morón, en causa Nº 25.806, caratulada: Ordoñez, Javier Ramón S/ inf. arts 86 Y 87 Inc. B Dec. Ley 8031/73 ; notifíquese a JAVIER RAMÓN ORDOÑEZ, argentina, titular del D.N.I. N 13.639.215, último domicilio conocido en la calle Drago N 2840
de este distrito de Merlo. Notifíqueselo mediante Edicto a publicarse por el término de cinco días, de las Mandas judiciales que se transcriben a continuación: Merlo Bs. As., 6 de marzo de 2018. Atento al tiempo transcurrido en que se encomendaran diligencias tendientes a vericar si el encartado, Javier Ramón Ordoñez, reside en el domicilio que ha jado -oportunamenteen los presentes obrados, sito en la calle Drago N 2840 de este distrito; y dado que hasta el momento no fué posible ubicarlo allí, es oportuno disponer que se notique por edictos, a Javier Ramón Ordoñez, en la forma de estilo que deberá presentarse en calidad de citado dentro del plazo de cinco días de su publicación en ésta Sede Judicial; así como el apercibimiento de que en caso de no hacerlo será declarado rebelde art. 129 C.P.P.. Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez.. Dado en Merlo Bs. As., a los 12 días del mes de marzo de 2.018. Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letrado C.C. 3.966 / abr. 25 v. may. 3
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud.
De Morón, en causa Nº 26.501, caratulada: Almirón, César Emanuel S/ Inf. Art. 85 Decreto Ley 8031/73; notifíquese a CÉSAR
EMANUEL ALMIRON titular del D.N.I. Nº 33.563.504, último domicilio conocido en calle Lautaro N 1.029 de esta comuna; en donde aparece prima facie. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia denitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs.As., 7 de junio de 20017.-Vista: Y Considerando: Fallo: 1 Declarando de Ociola nulidad del Acta de Constatación Policial que diere origen a la causa, aportada a fs.
3/vta. Nulidad, de igual índole, que debe extenderse a todas las pruebas colectadas consecutivamente, de índole cargosa para con el enjuiciado César Emanuel Almiron como actos concatenados en forma consecutiva con relación al prealudido causante, al no aparecer en dicha pieza volcada, debidamente, por los funcionarios actuantes como preventores policíacos, la naturaleza y circunstancia de la Falta Hipotéticamente Prevenida, en especial una Venta Ambulante Callejera, a n de encuadrar ello dentro de los presupuestos previstos para la punición del artículo apuntado en presunto obrar al enjuiciado, como el fundante de la causa. Rigen artículos 3, 85 a contrario sensu, 122 apartado I inciso by ccdtes. del Decreto Ley 8031/73, y 201, 203 segundo párrafo-, 206 a contrario sensu, 207 y ccdtes. del C.P.P. 2 Absolviendo a César Emanuel Almiron con restantes circunstancias personales en autos, libremente y sin costas, de la presunta autoría de la Infracción estructurada y penada en el artículo 85 del Decreto Ley 8031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires; conforme lo ocurrido y prevenido policialmenteel día diecisiete del mes de febrero del año Dos Mil Diecisiete, alrededor de las diecinueve horas, en la vía pública local en la unión de las vías Leandro N. Alem y Arredondo del Barrio Matera del partido de Merlo de la provincia de Buenos Aires. Respecto a los efectos secuestrados liminarmente a la prevención al causante, corresponde ante lo predescripto, Noticarlo de las previsiones de los párrafos cuarto y sexto del artículo 13 del Decreto Ley 8031/73, a sus nes. 3 Regístrese. Notifíquese por la Instrucción Policial Intervinienteal encartado, a su Defensa Ocial competente y a la Policía de esta Provincia, a sus efectos registrales. A
tales nes pase la causa a la Comisaría actuante, por siete días. Oportunamente, archívese. Fdo: Eduardo A. Diforte. Juez. Ante mí: Dr. Sergio E. Alessandrello. Auxiliar Letrado. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As. de abril de 2018. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fué posible ubicar al encausado César Emanuel Almirón, es oportuno disponer que se notique por edictos, al mismo la sentencia denitiva recaída en autos obrante a fs. 35/37 art. 129 C.P.P. por aplicación del art. 3º del C. F. bonaerense. Edictos que deberán publicarse en el Boletín Ocial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Eduardo A. Diforte. Juez.. Dado en Merlo Bs. As., a los 11 días del mes de abril de 2.018.- Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.967 / abr. 25 v. may. 3
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A. Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto.
Jud. de Morón, en causa Nº 14.605, caratulada: Hinojosa, Manuel S/ Inf. art. 86 y 87 Inc. B Decreto Ley 8031/73; notifíquese a MANUEL HINOJOSA, argentina; sin domicilio jo. Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia denitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs.As., 05 de marzo de 2018.Vista y Considerando Resuelvo: 1 Declarar -de ociola prescripción de la pena de multa impuesta a Manuel de la Cruz Hinojosa Núñez con otros datos personales en la causa 2 Hacer cesar la rebeldía del causante de marras y su Comparendo Compulsivo en este Juzgado 3 Regístrese. Remítase a la Instrucción actuante -por diez díasa n de que se Notique el presente, al procesado por Edictos, y -por vías usualesa su Defensa Ocial y a la Policía Provincial, a sus nes registrales.-. Fdo:
Eduardo A. Diforte. Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 9 días del mes de marzo de 2.018. Ante mí: Dr. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 3.968 / abr. 25 v. may. 3
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nro.5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DAVID NELSON ÁLVAREZ, con último domicilio en Denunciado: Calle Becquer Nro. 1054 Don Torcuato, Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 3892, que se le sigue por Hurto Calicado en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser Declarado Rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 12 de abril de 2018. En atención al informe policial obrante a fs. 68 y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/04/2018 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha27/04/2018

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones3392

Primera edición02/07/2010

Ultima edición29/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2018>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930