Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/12/2017 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

LA PLATA, VIERNES 1 DE DICIEMBRE DE 2017

progreso y en la suma de Pesos doce mil $ 12.000 conforme rubros de rechazo; y Walter Maximiliano Soriano por Peluquerías Bernal en la suma de Pesos veinticuatro mil $ 24.000 conforme rubros de progreso y en la suma de Pesos nueve mil quinientos $ 9.500 conforme rubros de rechazo;
Dres. Mariano Luis Manchi por peluquerías Bernal en la suma de Pesos cuatro mil $ 4.000 conforme rubros de progreso y en la suma de Pesos dos mil quinientos $ 2.500 conforme rubros de rechazo Dres. Walter Maximiliano Soriano por Teresa Pompilio en la suma de Pesos veinticinco mil $
25.000 Dr. Gabriel Alberto Sandoval en la suma de Pesos siete mil $ 7.000 Dr. Johann Segovia Aguirre en la suma de Pesos veinticinco mil $ 25.000
Dr. Mariano Luis Manchi por Héctor Mango en la suma de Pesos siete mil $ 7.000; sumas estas a las que se le deberá adicionar el aporte previsional de ley arts. 1, 2, 8, 9, 13/16, 21/23, 25, 26, 28, 43 y ccdts., Ley 8.904; 12 inc. a, y 14, Ley 6.716, mod. por Ley 8.455; Causa L. 77.914 Zuccoli Marcela c/
SUM SA. s/Daños y Perjuicios; art. 505 CC. y 277 LCT., modificados por Ley 24.432. Los letrados intervinientes deberán acreditar el pago de los aportes a la Caja de Previsión para Abogados de acuerdo con lo establecido por la Ley 10.268, mod. de la Ley 6.716, bajo apercibimiento de ley. Regular los honorarios del perito contador Víctor Hugo Santavito en la suma de pesos doce mil $ 12.000 conforme rubros de progreso y pesos tres mil seiscientos $ 3.600 conforme rubros derechazo con más el 5% en concepto de contribución dispuesta por el art. 27 inc. b y 33 de la Ley 13.948, con más el 5% en concepto de aporte previsional arts. 193 Ley 10.620 y su mod., 25 ap. b, Ley 10.765 más IVA. Regular los honorarios del perito calígrafo Mariel Marcela Feliu en la suma de pesos tres mil $ 3.000 conforme rubros de progreso y pesos novecientos $ 900 conforme rumos de rechazo causa L. 77.914
Zuccoli Marcela c/ SUM S.A. s/ Daños y Perjuicios; art. 505 CC. y 277 LCT., modificados por Ley 24.432. Notifíquese y Regístrese. Fdo. Silvia Ester Bartola, Presidente. Silvia Cristina Bozzola, Jueza. Guillermo Edgardo Caminos, Juez. Yanina Gisela Verge, Secretaria. Expte. N 19.843. Liquidación que practica el Actuario de conformidad con lo establecido por el artículo 48 de la Ley 11.653 y las pautas determinadas en el acto sentencial de autos.
Capital de sentencia: $ 120.528,22; Intereses desde el 17/3/08 al 19/8/08: $ 3.326; Intereses desde el 19/8/08 al 23/4/17: $ 177.300; Tasa de Justicia: $
6.625; Contribución sobre tasas: $ 662,50; Total: $ 308.441,72 son: Pesos trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta y uno con setenta y dos centavos $ 308.441,72. Secretaría, 24 de abril de 20170. Yanina G. Verge, Secretaria.
C.C. 13.919 / nov. 30 v. dic. 1


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 3 del Departamento Judicial Quilmes, a cargo del Dr. Marcelo J. Goldberg, con domicilio en Av. H. Yrigoyen N 475, 3 piso de la Ciudad de Quilmes, en Causa N 30.837, IPP 13-00-017333-15, autos caratulados: Barrientos Emanuel Iván s/Robo Agravado por el uso de Armas en Concurso Real con Amenazas Calificadas, notifica a EMANUEL IVÁN BARRIENTOS la resolución que en su parte pertinente dice:
Quilmes, 12 de mayo de 2017. Teniendo en cuenta lo informado a fs. 61, siempre que a la fecha se desconoce el paradero del encartado, a tenor de lo normado por el art. 129 del CPP., notifíqueselo de la resolución de la alzada obrante a fs. 36/38 del presente incidente, mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días. Líbrese oficio Fdo. Marcelo Goldherg. Juez de Garantías. Quilmes, 9 de febrero de 2017 Resuelve:
Rechazar el recurso de apelación en subsidio interpuesto por la defensa particular y por ende, confirmar la decisión jurisdiccional de fs. 1/3, en cuanto deniega la eximición de prisión peticionada en favor de Emanuel Iván Barrientos, por sus fundamentos y los aquí dados. Fdo. Dres. Pablo Barbieri y Jorge Gustavo Falcón, Jueces de Cámara. Quilmes a los doce días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. Lilian Fernández, Secretaria.
C.C. 13.921 / nov. 30 v. dic. 6
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 3 del Departamento Judicial Quilmes, a cargo del Dr. Marcelo J. Goldberg, con domicilio en Av. H. Yrigoyen N 475, 3 piso de la Ciudad de Quilmes, en Causa N 33400, IPP 13-00-007456-17, autos caratulados: Jorge Samuel Belizan y Otros s/Robo Agravado notifica a JORGE SAMUEL BELIZAN, la resolución que en su parte pertinente dice: QuiImes, 5 de mayo de 2017 Resuelvo: I. Denegar la eximición de prisión a Jorge Samuel Belizan, de las demás circunstancias personales obrantes en autos, por los fundamentos vertidos en los considerandos que anteceden. II. Regístrese, notifíquese y firme que se encuentre la presente resolución, devuélvase este incidente para ser agregado al principal, sirviendo esta providencia de atenta nota de remisión. Fdo. Dr. Marcelo J. Goldberg. Juez de Garantías. Quilmes, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. Lilian Fernández, Secretaria.
C.C. 13.922 / nov. 30 v. dic. 6
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nro. 5 del Departamento Judicial de Morón, cuya Presidencia se encuentra a cargo del Dr. Ambrosio Miguel Valle, Secretaría a mi cargo sito en la calle Brown esq. Colón P. 3 Cuerpo B, ciudad de Morón, ha ordenado notificar a NÚÑEZ SERGIO DANIEL de la rebeldía decretada en los autos caratulados: Rivero Jorge AIberto c/Delgadillo Claudia Nancy y Otro s/Despido Expte. N 16862/2015. El auto que decreta la rebeldía y que ordena la presente dice: Morón, 2 de febrero de 2016 A fs. 48/50. Agréguese. Atento lo peticionado, no habiendo el accionado Sergio Daniel Núñez contestado la demanda ni comparecido a estar a derecho en el plazo que al efecto tenía, decláreselo rebelde arts. 12, 28 Ley 11.653; 59 del CPCC.. Notifíquese a la demandada de conformidad con lo dispuesto por el art. 59, 2 párrafo del CPC. Notifíquese a cargo. Dr. Luis A.
Lettinich, Juez del Trabajo. Morón, 18 de noviembre de 2016 A fs. 79/80: Atento lo peticionado y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 145 y 146 del CPCC. t.o. 13.912, publíquese Edictos por el plazo de dos días hábiles y consecutivos en el Boletín Judicial y diario El Día de Merlo de Merlo.
Dra. Delia E. Proni Leston, Jueza del Trabajo. El actor goza del beneficio de gratuidad a tenor de los arts. 20 de la Ley 20.744 y 22 de la Ley 11.653.
Juana R. Ruíz Díaz, Aux. Letrada Adscripta.
C.C. 13.923 / nov. 30 v. dic. 1
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nro. 5 del Departamento Judicial de Morón, cuya Presidencia se encuentra a cargo del Dr. Ambrosio Miguel Valle, Secretaría Única a mi cargo sito en la calle Brown esq. Colón P. 3 Cuerpo B, Ciudad de Morón, ha ordenado notificar a DELGADILLO CLAUDlA
NANCY de la rebeldía decretada en los autos caratulados: Rivero Jorge Alberto c/Delgadillo Claudia Nancy y Otro s/Despido Expte. N 16862/2015.
El auto que decreta la rebeldía y que ordena la presente dice: Morón, 22 de junio de 2016 A fs. 52/57: Agréguese las cédulas acompañadas. Al punto 1
No habiendo la accionada Delgadillo Claudia Nancy contestado la demanda ni comparecido a estar a derecho en el plazo que al efecto tenía, decláresela rebelde art. 12, 28 Ley 11.653; 59 del art. 592 párrafo del CPCC.. Notifíquese a cargo. Dra. Delia Ester Prani Leston, Jueza del Trabajo. Morón 18
de noviembre de 2016 A fs. 79/80: Atento lo peticionado y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 145 y 146 del CPCC. t.o. 13.912, publíquese Edictos por el plazo de dos días hábiles y consecutivos en el Boletín Judicial y diario El Día de Merlo de Merlo. Dra. Delia E. Proni Leston, Jueza del Trabajo. El actor goza del beneficio de gratuidad a tenor de los arts. 20 de la Ley 20.744 y 22 de la Ley 11.653. Evelyn S. Pérez, Aux. Letrada Adscripta.
C.C. 13.924 / nov. 30 v. dic. 1
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 3 del Departamento Judicial Quilmes, a cargo del Dr. Marcelo J. Goldberg, con domicilio en Av. H.
Yrigoyen N475, 3 piso de la Ciudad de Quilmes, en causa N 33.224, IPP 13-00-006625-17, autos caratulados: Souza Lucas Antonio, Gómez Mariano Esteban, Enrique Elías Mariano, Núñez Nicolás s/Robo Agravado notifica a NICOLÁS NÚÑEZ, titular del DNI 38.663.033, la resolución que en su parte pertinente dice: Quilmes, 20 de octubre de 2017 Subsidiariamente y en el caso de no lograr dar con el paradero del mismo, notifíquese la resolución obrante a fojas 718 de la presente incidencia mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco 5 días, a tenor de lo normado por el art. 129 del CPP. Ciudad de Quilmes, 5 de abril de 2017. IDenegar la eximición de prisión de Nicolás Núñez, por los fundamentos vertidos en los considerandos que anteceden art. 186 en función del art. 169 a contrario sensu del CPP.. II.- Regístrese, notifíquese y resuélvase junto con los principales, sirviendo esta providencia de atenta nota de remisión Fdo. Marcelo Goldberg, Juez de Garantías. Quilmes, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. Natalia Bavaro, Auxiliar Letrado.
C.C. 13.925 / nov. 30 v. dic. 6

SECCIÓN JUDICIAL / PÁGINA 10773

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/12/2017 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha01/12/2017

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones3372

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/06/2024

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