Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2016 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/ 56 y 57, 1 Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 22 de abril de 2016. Atento el estado de autos y visto los informes obrantes a fs. 69/70, 80/81 y 84/86 confeccionados por la Instrucción, que dan cuenta que el imputado Romero Raúl Carlos se habría mudado del domicilio mencionado en autos fs. 38/39, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5
días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo art. 150 del CPP. Notifíquese.
Fdo.: Miriam Ermili, Juez PDS. María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrado.
C.C. 5.383 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 293413 autos caratulados Ojeda Alan Ezequiel y otros s/ Robo, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P.
a fin de dar por notificado a ALAN EZEQUIEL OJEDA, cuyo último domicilio conocido fuera calle 32 N 750 entre 13 y 15 de la Localidad de Las Toninas, Provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Dolores, 17 de septiembre de 2015 Autos y Vistos Considerandos Resuelvo:
Declarar extinguida la acción penal en la presente carpeta de causa N 2934-13 con I.P.P. N PP-03-02-00452613/00, que se le sigue al joven Alan Ezequiel Ojeda con DNI N 39.594.695, nacido el día 11 de noviembre de 1996
en San Clemente del Tuyú, hijo de Carlos Rubén Ojeda y de Claudia Isabel Palau con domicilio en calle 32 N 750
entre 13 y 15 de Las Toninas por el delito de Robo, sobreseyéndolo en la presente causa, Art. 76 Ter, 4to. párrafo del C.P. y Art. 323, Inc. 1 del C.P.P. Notifíquese al Señor Agente Fiscal y al Defensor Oficial. Líbrese oficio a la Comisaría de la jurisdicción para notificar al joven Alan E.
Ojeda y líbrese oficio al Centro de Referencia informándole la presente y el cese de su intervención. Regístrese.
Fecho, archívese la causa sin más trámite. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, 21 de octubre de 2015. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 02934-13 seguida a Ojeda Alan Ezequiel, provenientes de Comisaría de Las Toninas, y en atención a lo allí expresado, ofíciese al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 0667-15 de fecha 17 de septiembre de 2015 a fin de notificar al joven Ojeda Alan Ezequiel con DNI 39.594.695 por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P.. Por el término de 5 días. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 21 de octubre de 2015.
C.C. 5.341 / may. 10 v. may. 16
POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 428215 autos caratulados Díaz, Lucas Nahuel s/ Amenazas Art.149 bis, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N
129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a LUCAS
NAHUEL DÍAZ y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle 5 N 1715 de la Localidad de Las Toninas, Provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Dolores, 19 de octubre de 2015. Autos y Vistos
Considerandos Resuelvo: 1 Declarar al menor Lucas Nahuel Díaz, DNI 37.906.905, nacido el día 27 de marzo de 1994, con domicilio en calle 5 N 1715 de la Localidad de Las Toninas, no punible por hecho, y sobreseyéndolo definitivamente en virtud del delito de: Amenazas, en la
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 10 DE MAYO DE 2016

presente causa N I.P.P. Nº 03-02-001210-12/00 Carpeta de causa 4282-15, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2
Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Siendo el imputado, ya mayor de edad, y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. 4º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven. 5º Líbrese oficio a Comisaría para notificar al joven Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. 6º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, de noviembre de 2015. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 4282-15
caratulada Díaz Lucas Nahuel s/ Amenazas provenientes de Comisaría de Santa Teresita, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución N 773-15 de fecha 19 de octubre de 2015 a fin de notificar al menor Díaz Lucas Nahuel con DNI 37.906.905 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P.. Por el término de 5 días.
Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 30 de noviembre de 2015.
C.C. 5.332 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 374515 autos caratulados Soria, José Nahuel y otros s/ Robo Art.164, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P.
a fin de dar por notificado a JOSÉ NAHUEL SORIA y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle Paseo 129 y Av. 13 de la Localidad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente:
Dolores, 4 de febrero de 2015 Autos y Vistos
Considerandos Resuelvo: 1 Declarar al menor Facundo Gerardo Barrionuevo, nacido el día 31 de marzo de 1999
en la Localidad de Campana, Prov. de Bs. As., DNI N
41.741.602, hijo de Gerardo Barrionuevo, con domicilio en Paseo 128 y Av. 13 de Villa Gesell no punible por edad, sobreseyéndolo definitivamente en la Causa N 03745-15, Caratulada Barrionuevo Facundo Gerardo y Soria, José Nahuel s/ Robo en tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2º Declarar al menor José Nahuel Soria, nacido el día 27 de julio de 2002, en Termas de Río Hondo, Sgo. del Estero; hijo de Beatriz Mariza Luna, DNI 44.251.317, domiciliado en calle Paseo 128 y Av. 13, de Villa Gesell, no punible por edad, sobreseyéndolo definitivamente en la Causa N 03745-15, Caratulada Barrionuevo, Facundo Gerardo y Soria, José Nahuel s/ Robo en Tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1
Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 3 Declarar que la formación de la presente causa, no afecta su buen nombre. 4 Encontrándose los menores ante una eventual situación de vulneración de derechos y de conformidad con lo expresamente normado por el Art. 3 de la Ley N 13.298, Art. 7 de la Ley N
26.061 y Decreto Reglamentario 415/06, siendo los principios rectores del proceso penal la protección integral de los derechos del niño, reintegración a la familia y a la comunidad, mínima intervención y que el niño asuma una actitud constructiva y responsable ante la sociedad, adquiriendo respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, entre otros, corresponde y así resuelvo, dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley N 13.298, todo ello a la luz del interés Superior del niño, principio que forma parte del bloque constitucional Art. 3, apartado 1
de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y Art. 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional, ante la posible vulneración de derechos que pudiera sufrir Facundo Gerardo Barrionuevo y José Nahuel Soria. Notifíquese a
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los menores, sus representantes legales o en su defecto al asesor de menores; al señor Agente Fiscal y Defensor.
Ofíciese al servicio local de Protección de los Derechos del Niño que corresponda según el domicilio de los menores. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal con copia de la presente resolución a sus efectos. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, de diciembre de 2015. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 3745-15, provenientes de Comisaría de Villa Gesell, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la resolución de fecha 4 de febrero de 2015 a fin de notificar al menor Soria José Nahuel con DNI 44.251.317 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. Por el término de 5 días. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 3 de diciembre de 2015. Agustina M. Franco, Abogada Secretaria.
C.C. 5.333 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
4329-15, autos caratulados Gimeno, Gonzalo Ángel y otros s/ Daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al menor CORREA, LEANDRO NICOLÁS, con DNI 41.434.793 cuyo último domicilio conocido es en calle 15 Nº 2160 de la Localidad de Santa Teresita. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución de fecha 19 de noviembre de 2015, a notificar: Dolores, 19 de noviembre de 2015. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: 1
Declarar a los menores: Leandro Nicolás Correa nacido el día 11 de mayo de 1999, argentino, con DNI N
41.434.793, hijo de Correa Leandro Daniel, con domicilio en Calle 15 N 2160 de la Localidad de Santa Teresita;
Gonzalo Ángel Leonel Gimeno nacido el 08 de diciembre de 1998, Argentino, con DNI N 41.434.634, hijo de Roberto Aldo Gimeno, con domicilio en Calle 10 N 825
Dpto. 4 de la Localidad de Santa Teresita; y Ezequías José Moreno nacido el 24 de Agosto de 1999, Argentino, con DNI N 42.039.652, hijo de Moreno José Jorge, con domicilio en Calle 46 N 1336 de la Localidad de Santa Teresita, no punible por hecho, sobreseyéndolos definitivamente en virtud del delito de: Daño en la presente causa N 4329-15, Caratulada Gimeno, Gonzalo Ángel Leonel y otros s/
Daño, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2 Encontrándose los menores bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa, sin perjuicio de la facultad propia del Ministerio Público Fiscal de requerir por propia iniciativa y en forma directa al Servicio de Promoción y Protección de los Derechos del Niño su intervención ante la posible vulneración de derechos de los menores encausados. 3º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven. 4º Líbrese oficio a Comisaría para notificar a los menores y persona mayor responsable. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. 5º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal con copia de la presente resolución a sus efectos.
Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental. Dolores, 10 de diciembre de 2015.
Dolores Ochoaizpuro, Auxiliar Letrada.
C.C. 5.334 / may. 10 v. may. 16
POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
4274-15, I.P.P. N 03-02-003387-15/00 autos seguidos a Durán Wendi Irina y Rodríguez Luis Matías por el delito de Amenazas de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Departamental a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaria Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, a DURÁN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/05/2016 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha10/05/2016

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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