Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/03/2016 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1656

LA PLATA, JUEVES 10 DE MARZO DE 2016

Débora Celeste por ambos delitos ya detallados, esto es los reprochados en el marco de la causa N 106/1662 y su acumulada N 258/2212, en razón de haber operado la prescripción de la acción penal. Arts. 59 inc. 3, 62 inc. 2, 67, y 323 inc. 1 del CP.P.. A la misma cuestión, la Dra.
Ávalos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr. Lázzari por ser su sincera convicción. Arts. 59
inc. 3, 62 inc. 2, 67, y 323 inc. 1 del C.P.P.. A la misma cuestión, el Dr. Campos Campos dijo: Que adhiere, por los mismos fundamentos, al voto del Dr. Lázzari por ser su sincera convicción. Arts. 59 inc. 30, 62 inc. 20, 67, y 323
inc. 1 del C.P.P.. Por lo antes expuesto, el Tribunal Resuelve: Primero: Sobreseer a Débora Celeste Lezcano, argentina; titular de D.N.I. N 30.724.519; nacida el 18 de diciembre de 1983 en Capital Federal, soltera; hija de Juan Carlos y de Nancy Noemí Gómez; con domicilio en calle Hernandarias N 2050 entre 21 y 22 de San Bernardo, Pcia. de Buenos Aires, en orden al hecho por el que fue requerida a juicio en la presente causa N 106/1662, esto es Robo calificado por efracción en grado de tentativa, previsto y reprimido por los artículos 167 inciso 3 y Art. 42
del CP. y; también en orden al hecho por el que fue requerida a juicio en la causa acumulada N 258/2212 esto es tentativa de usurpación, previsto y reprimido por el Art. 181
inciso 1 en relación con los Arts. 42 y 45 del Código Penal, por haber operado en ambos procesos la prescripción de la acción penal. Rigen en el caso los Arts. 59 inc. 3, 62 inc.
2, 67, 167, 181 del CP, y 341 del C.P.P. Segundo: Déjese sin efecto la orden de rebeldía y comparendo oportunamente dispuesta por este Tribunal con fecha 21 de septiembre de 2006 y 22 de septiembre de 2006, respectivamente. Tercero: Regístrese. Notifíquese. Oportunamente practíquense las comunicaciones de ley. Con lo que finalizó el presente Acuerdo firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Eduardo Adrián Campos Campos, Analía Graciela Ávalos. Emiliano Lázzari, Jueces Dra. Marisol Moreno, Secretaria. Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 25 de febrero de 2016. En razón de ignorarse el domicilio de la imputada Lescano y a fin de notificarla de la resolución obrante a fs. 90/92, procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del C.P.P.. Fdo. Dr.
Eduardo Adrián Campos Campos, Juez.
C.C. 2.324 / mar. 9 v. mar. 15


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 2, Secretaría Única de Mar del Plata, cita y emplaza por Treinta días a herederos y acreedores de TILLOUS NÉSTOR JOAQUÍN.
Mar del Plata, diciembre de 2015. Como recaudo, transcribo a continuación la providencia que ordena la medida y autoriza el presente: Mar del Plata, 26 de Noviembre de 2015. Cítese a los sucesores del accionado fallecido Néstor Joaquín Tillous para que dentro de los diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrarles Defensor Oficial. Art. 53 inc. 5 del C.P.C.C.. A
sus efectos, y habiéndose dado cumplimiento con lo dispuesto por el Art. 145 del C.P.C.C., procédase a la notificación por medio de edictos, los que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en el diario La Capital de esta ciudad.- Fdo. Dra. Amelia T. Mastrogiácomo, Presidente Tribunal del Trabajo N 2. Patricia V. Ivorra, Secretaria.
C.C. 2.325 / mar. 9 v. mar. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 5 de San Nicolás, a cargo del Dr. José Ignacio Ondarcuhu, comunica en autos Norfil S.R.L. s/Quiebra pequeña que con fecha 11/09/2015 se ha decretado la quiebra de NORFIL
S.R.L., inscripta en la Matrícula N 23.371 de la Dirección de Personas Jurídicas, CUIT 33-61671092-9, con domicilio social en calle España 291 de esta ciudad. A tal efecto:
1 Ordénase al fallido y a terceros que tengan bienes de aquél, a que los pongan a disposición del síndico. 2 Se hace saber a terceros la prohibición de realizar pagos o entrega de bienes a los fallidos, bajo apercibimiento de ineficacia. 3 Ordenar al fallido que pongan a disposición del síndico, en el plazo de 24 horas, sus libros y papeles, o indiquen el lugar en que se encuentran. 4 Se hace saber que el síndico designado es el Contador Público César Germán Zanassi, con domicilio constituido en Sarmiento 68 local 11, ante quien los señores acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación de créditos hasta el día 13 de abril de 2016; de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00
hs. 6 Se ha fijado como fecha para la presentación del
BOLETÍN OFICIAL

informe individual de los créditos el 26 de mayo de 2016 y el informe general el 27 de junio de 2016. San Nicolás, 15
de febrero de 2016. Leonardo Bluhn, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.307 / mar. 9 v. mar. 15


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia N 3 del Departamento Judicial San Nicolás, sito en la Avda. Savio N 182 de la ciudad de San Nicolás, a cargo de la Dra.
María Alejandra Sívori, Secretaría de la Dra. María Paula Brandolisio ha dispuesto notificarle por este medio al Sr.
FABIÁN ANDRÉS ULLUA, que en los autos Tourreilles Rodrigo Fabián y Otro s/Abrigo, Expte. N 27.020, en fecha 30 de diciembre de 2015 se ha resuelto, publíquese edictos en el Boletín Oficial y en el Diario de mayor tirada en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante dos días, emplazando a Fabián Andrés Ullua, progenitor del menor R.F.U.T. DNI N 42.656.650 para que conforme lo dispuesto por el Art. 12 Ley 14.528, comparezca a estos autos en el término de 10 días de la última publicación, asistido con abogado a entrevista por ante la suscripta y el Equipo Técnico del Juzgado. Asimismo hágasele saber al citado que deberá constituir domicilio legal, juntamente con su letrado, en el radio del Juzgado en donde se considerarán válidas todas las notificaciones, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de declarar la adoptabilidad del niño, Art. 12 Ley 14.528.
María Paula Brandolisio, Secretaria.
C.C. 2.308 / mar. 9 v. mar. 10
POR 2 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, hace saber que en los autos caratulados: FERNÁNDEZ LUIS s/Concurso preventivo-hoy quiebra, Expte. N 108.195, se ha presentado informe final y proyecto de distribución de fondos. Se practicó regulación de honorarios. Bahía Blanca, 19 de febrero de 2016. María Florencia Domínguez Guerri, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.314 / mar. 9 v. mar. 10
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 4, Secretaría Única de Junín B, en autos Don Joana Micaela c/
Mingsun Yan y otros s/ despidió por embarazo Expte. Nº 32131/2015 ordenó notificar a CHRISTIAN GASAL el decreto de fs. 139: Junín, 12 de febrero de 2015. Tiénese por presentado al. Dr. Gustavo Omar Lugli, por parte a mérito de la carta-poder acompañada, por constituido el domicilio legal indicado, así como denunciado el real.
Notificaciones de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 16 de la Ley 11.653. Agréguese lo acompañado. De la demanda instaurada y documentación acompañada, córrase traslado a Christian Gasal, para que conteste la misma dentro del término de diez 10 días respectivamente, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Arts. 28 y 29 Ley 11.653 . A su vez, deberá constituir y denunciar domicilios conforme lo establece el Art. 40 del C.P.C., bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 41 del mismo cuerpo legal. Notifíquese con entrega de copias únicamente de fs. 115/138., las que deberán adjuntarse a la cédula a librarse, siendo carga del presentante confeccionar y diligenciar la misma. Exímese al presentante de adjuntar copias de la demás documentación en virtud de ser de dificultosa reproducción Art. 121 del C.P.C.. Colóquesela a disposición de la contraparte en Secretaría para su consulta. Notifíquese. En virtud de lo normado por el Art. 53 ter de la Ley 11.653, se emplaza a los accionados, para que en ocasión de contestar la acción, oble los importes correspondientes a: diferencias salariales bajo apercibimiento de lo estatuido en dicha norma. Notifíquese con transcripción del Art. 53 ter de la Ley 11.653.. Fdo.: Dra.
Daniela de Tomaso-Juez. Junín, 4 de Febrero de 2016.
Proveyendo fs. 232: Atento lo solicitado, el estado de autos y habiendo dado resultado negativo las diligencias practicadas tendientes a conocer el domicilio de los requeridos y en orden a lo dispuesto en los Arts. 145, 146 y 341 del C.P.C., por remisión del Art. 63 de la Ley 11.653, practíquese la notificación del decreto de fs. 139 por edictos que se publicarán por el plazo de dos días en el Boletín Oficial y en el Diario La Verdad , ello bajo apercibimiento de que si vencido el plazo de los edictos, la demandada no compareciere se designará al Defensor Oficial para que lo represente en juicio. Encomiéndase al peticionante la confección y diligenciamiento de los mismos. Notifíquese.
Fdo.: Dra. Daniela V. De Tomaso Jueza. Se transcribe a
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

continuación el Art. 53 ter. Ley 11.653: Sanción procesal por falta de pago. Cuando el empleador en mora, fehacientemente intimado por el trabajador, no abonare salarios, asignaciones familiares o rubros denominados no remunerativos y sus diferencias obligando al acreedor a promover acciones judiciales, a pedido de parte o de oficio, en sentencia, los montos resultantes de dicho capital serán incrementados en un treinta 30 por ciento. A tales fines, al disponer el traslado del artículo 28 el Tribunal emplazará al accionado para que al tiempo de contestar demanda, satisfaga los créditos que adeude, bajo apercibimiento de serie aplicada la sanción dispuesta en el párrafo anterior, en el eventual supuesto que en sentencia fuera declarada procedente la petición del trabajador. Si hubieran existido causas justificadas para la omisión del empleador, los jueces, prudencialmente, podrán reducir la sanción dispuesta por el primer párrafo hasta la mitad del porcentaje indicado. Junín B, 16 de febrero de 2016. Dr.
María Belén Francióni, Secretaria.
C.C. 2.311 / mar. 9 v. mar. 10


POR 2 DÍAS - El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, a cargo del Dr. Martín Hernando Cherubini, Secretaría única del Departamento Judicial de Mercedes B, en los autos Rodríguez, Juan José y otra c/Villavicencio, Jorge y otros s/ Daños y Perjuicios Expte. Nº 110.063, cita a los herederos de don JORGE VILLAVICENCIO a que comparezcan a estos obrados en el término de diez días, bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor Oficial para asumir su representación Arts.
145, 146, 147 y 341 del C.P.C.. Mercedes, 23 de diciembre de 2015. Zulma Inés Lepori, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.305 / mar. 9 v. mar. 10
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia Nº 1, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Mercedes, en los autos Aguilera José Luis c/ Ducasse Marta Cristina s/
Divorcio Art. 214 C.C., cita y emplaza a DUCASSE, MARTA CRISTINA, DNI Nº 22.409.740, para que el plazo de diez días haga conocer su posición respecto de la propuesta reguladora de los efectos del divorcio solicitado en los términos del Art. 438 del Código Civil y Comercial de la Nación, bajo apercibimiento de nombrársele Defensor Oficial para que la represente Art. 341 CPCC. Mercedes, 23 de febrero del 2016. María Ballesty, Secretaria.
C.C. 2.306 / mar. 9 v. mar. 10
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24 de ésta ciudad, cita a JOAQUÍN EDUARDO CHÁVEZ, DNI Nº 44.867.075, argentino, soltero, estibador, instruido, nacido en San Nicolás, el día 29/10/1992, hijo de Mario Darío Chávez y de Lidia Beatriz Fernández, con último domicilio conocido en calle Real: Calle Interior Sur Nº 336 Barrio Astul Urquiaga, de la localidad de San Nicolás, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3945-2015, caratulada:
Chávez, Joaquín Eduardo - tenencia de estupefacientes San Nicolás cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 29 de Diciembre de 2015. Atento al informe policial obrante a fs. 72 y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Joaquín Eduardo Chávez, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de averiguación de paradero en causa Nº 3945-2015
Cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Notifíquese. Fdo:
Sebastián L. Zubiri, Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de tenencia simple de estupefacientes, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre Nº 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de averiguación de paradero en causa Nº 3945-2015. Arts. 129 y 304 del C.P.P.. San Nicolás, 29 de diciembre de 2015. Sebastian L. Zubiri, Juez.
C.C. 2.309 / mar. 9 v. mar. 15
POR 5 DÍAS - Se cita a Juicio y emplaza a FALCÓN
ARIEL ANTONIO en causa Nº 2921 caratulada: Falcón Ariel Antonio - s/ Amenazas Agravadas, Lesiones Leves

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/03/2016 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha10/03/2016

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3395

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/08/2024

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