Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/12/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr.
Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Manuel Barreiro Juez Correccional.
Lorena N. Gama, Auxiliar Letrada. Lomas de Zamora, 13
de noviembre de 2015.
C.C. 14.927 / dic. 1º v. dic. 9


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 02 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Etel B. Bielajew, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a GERMÁN MONTENEGRO, de nacionalidad Argentina, soltero, nacido el día 14 de mayo de 1991, con último domicilio denunciado en la calle Mayor Olivero Nº 2026, Villa Centenario de la localidad de Lomas de Zamora a estar a derecho artículo 129 del Código de Procedimiento Penal, en el marco del incidente de ejecución de condena en suspenso Nº 061566-12/2 promovido en relación al nombrado. Para mayor ilustración se transcribe a continuación la providencia que así lo ordena Lomas de Zamora, 16 de octubre de 2015. En atención a lo que surge de fs. 22/25
y en razón de ignorarse el domicilio del encartado Germán Montenegro, como así también teniendo presente lo manifestado por el Sr. Agente fiscal a fs. 32, de conformidad con lo normado en el Art. 129 del C.P.P. se cita y emplaza al encausado de mención, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de declararlo Rebelde y decretar su Comparendo Compulsivo en el marco de la causa Nº 061566-12/2 del registro del Juzgado de Garantías Nº 6 Dral..-Líbrese edicto y publíquese el mismo en el Boletín Oficial por el término de ley, conforme texto legal citado ut supra, debiendo remitirse oportunamente a esta sede constancia fehaciente del adecuado cumplimiento de la medida ordenada. Se libró edicto. Conste. Fdo. Dra. Etel B. Bielajew Juez de ejecución Se hace constar que de no presentarse el mencionado Germán Montenegro en el término fijado, se revocará la condicionalidad de la condena de tres 3
meses que le fuera impuesta, declarándoselo rebelde y ordenándose su inmediata captura Arts. 26, 27, 27 bis y concordantes del Código Penal y 129, 510 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Paula A.
Claramunt, Auxiliar Letrada. Secretaría, 16 de octubre de 2015.
C.C. 14.928 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única cita y emplaza a GUTIÉRREZ GUSTAVO RAMÓN, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 918913, seguida al nombrado en orden al delito de encubrimiento calificado, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts.
303, 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 9 de noviembre de 2015, Dr. Leonardo Calabrese, Auxiliar Letrado.
C.C. 14.929 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a GARCÍA EVER ANDRÉS, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 4782814, seguida al nombrado en orden al delito de Robo en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts.
303, 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 4 de noviembre de 2015. Dra. Noelia Gómez, Auxiliar Letrada.
C.C. 14.930 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Jorge Walter López, Juez a cargo por disposición superior del Juzgado de Garantías Nº 5 Departamental, Secretaría Única a cargo del Dr. Martín Miguel Rizzo, en el marco de la I.P.P.
07-00-016040-15, seguida a CÉSAR MAXIMILIANO
AZCONA argentino, sin apodos, hijo de Rosa Alba Núñez, prontuario R.N.R. Nº U3193806 y R.U.A.P. Nº AP
1431843, a fin de solicitarle tenga a bien disponer lo necesario para publicar por el término de cinco 5 días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 del Código Procesal Penal, los edictos que a continuación se
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 4 DE DICIEMBRE DE 2015

transcriben: Banfield, 17 de noviembre de 2015. Por recibido, previo a resolver sobre la petición fiscal efectuada a fs. 26 y en atención a lo peticionado por la defensa a fs.
24 de la presente incidencia, cítese al encausado Azcona César Maximiliano para el día 26 o 27 o 30 de noviembre del corriente año, en el horario de 08:00 a 14:00, a los efectos que comparezca a la sede de este Juzgado de Garantías Nº 05 Departamental, sito en Av. Larroque y Presidente Perón, Banfield, Edificio de Tribunales, 4º piso, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días, Art. 129 del CPP, ello bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, en los términos del Art. 303 del C.P.P Sera declarado rebelde el imputado que, sin grave y legítimo impedimento que, sin grave y legítimo impedimento, no compareciere a la citación judicial o se fugare del establecimiento o lugar en que se hallare detenido, o se ausentare sin autorización del órgano competente del lugar asignado para su residencia a tales efectos, líbrese oficio Fecho: resérvese la presente por Secretaría Fdo: Dr. Jorge Walter López, Juez P.D.S Gustavo Orlik, Auxiliar Letrado. Banfield, 17 de noviembre de 2015.
C.C. 14.931 / dic. 1º v. dic. 9


POR 5 DÍAS - El Señor titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a LUIS EDUARDO LUDUEÑA, en causa Nº PP-07-00-214288-01/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 13 de noviembre de 2015 Resuelvo: IDeclarar extinguida la acción penal en la presente causa y por ende Sobreseer Totalmente a Eduardo Luis Ludueña en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 Inc. 1º del Código Procesal Penal y 59 Inc. 3º y 62 Inc. 2º del Código Penal. IIDéjese sin efecto el comparendo compulsivo ordenado a fs. 49 respecto del nombrado. Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí. A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 13 de noviembre de 2015 Notifíquese a las partes y al imputado de autos mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Jorge Walter López, Juez de Garantías. Aimé N. Silva, Auxiliar Letrada.
C.C. 14.932 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - EI Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Laura V. Ninni, notifica a OSVALDO RUBÉN
SALVADOR, en causa Nº PP-07-00-019575-15/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 15 de septiembre de 2015. Autos y Vistos Y
Considerando Por ello es que, Resuelvo: l. Declarar extinguida la acción penal en la presente causa seguida a Osvaldo Rubén Salvador por el delito de quiebra fraudulenta. Artículos 59 inciso tercero y 62 inciso segundo del Código Penal. IISobreseer totalmente a Osvaldo Rubén Salvador en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 Inc. 1º del Código Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese, una vez firme comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
Fecho, remítase la presente causa a la Unidad Funcional interviniente, sirviendo la presente de muy atenta nota de envío Lomas de Zamora, 17 de noviembre de 2015.
Atento lo informado a fojas 318, notifíquese a Osvaldo Rubén Salvador de la resolución de fojas 306/vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. En la fecha se cumplió. Conste. Fdo. Laura V. Ninni, Juez de Garantas.
Ante mí. Pablo D. Bravo, Secretario. César L. Mauri, Auxiliar Letrado.
C.C. 14.933 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo interimente P.D.S del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Rubén Baca, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ANDRADA NICOLÁS ABEL, cuyos datos filiatorios son los siguientes: DNI 37.609.677, Argentina, hijo de Jorge Pablo y de María Isabel Andrada, nacido 12/04/1993, en la Localidad de Ciudad Autónoma de Bs. As. y con último domicilio conocido en calle 615, casa 7, Sector H de ciudad Evita, La Matanza, a estar a derecho Art. 129 del
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Código de Procedimiento Penal, en la Causa Nº 4011, caratulada Andrada, Nicolás Abel s/ Robo Simple. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:.
Lomas de Zamora, 18 de noviembre de 2015. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado - ver 313/318,320 y 321/323, cítese a Andrada Nicolás Abel, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fín líbrese oficio de estilo. Fdo: Dr.
Rubén Baca, Juez en lo Correccional. Ante mí Secretaría Actuante. Dra. María Cecilia Barbuto, Auxiliar Letrada.
Secretaría, 18 de noviembre de 2015.
C.C. 14.934 / dic. 1º v. dic. 9


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, PDS, cita y emplaza, por el término de cinco días, a CONTRERAS ENRIQUE GUSTAVO, cuyos datos filiatorios son los siguientes: argentino, nacido en Capital Federal, el día 18/1/73, de 42 años de edad, instruído, casado, hijo de José Amado y de Eva María Díaz, con domicilios reales en Santa Catalina Nº 1289 y/o Alem Nº 3039 de la localidad de Monte Grande a estar a derecho Art. 129 del Código de Procedimiento Penal, en la Causa Nº 5682, caratulada Contreras Enrique Gustavo s/ Lesiones, Resistencia a la autoridad. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 12 de noviembre de 2015. Téngase presente lo expresado a fs. 79 por la Defensoría Oficial Departamental actuante; y en atención a lo informado por las sedes policiales actuantes a fs. 68 y fs. 76/vta respectivamente, respecto del desconocimiento del domicilio del imputado cítese a Contreras Enrique Gustavo, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fín líbrese oficio de estilo. Fdo. Dr. Rubén Oscar Baca, Juez interinamente a cargo, PDS. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. La Secretaría. Secretaría, 12 de noviembre de 2015.
C.C. 14.935 / dic. 1º v. dic. 9
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a MORA CARLOS ARIEL, en la causa Nº 07-00-16185-08 Nº interno 3590 seguida al nombrado en orden al delito de encubrimiento, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución infra se transcribe: Banfield, 4 de agosto de 2015. Autos y Vistos: Para resolver la presente causa Nº 07-02-16185-08 R.I.: 3590
del registro de este Juzgado y Nº 1932/2009 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental caratulada Burgos, Gustavo Fabián, Campusano, Leonardo Elías, Fuentealba Villavicencio, Moisés Alfonso y Mora, Carlos Ariel s/Encubrimiento, y Considerando: Que la presente causa se radicó en esta sede con fecha 22 de mayo de 2009 ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338 del Ceremonial. A foja 326/327, con fecha 6 de octubre de 2010, se resolvió disponer la suspensión del proceso a prueba por el término de dos años respecto del encartado Carlos Ariel Mora, imponiéndole como reglas de conducta por el mismo plazo de la suspensión las condiciones de fijar residencia y comparecer ante el Patronato de Liberados correspondiente a su domicilio y abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Dicha resolución se elaboró teniendo en cuenta la expresa del Sr. Agente Fiscal Dr.
Guillermo Morlacchi y de la Defensora Oficial Dra. Irene Silveti obrante a fs. 325/vta. Que con fecha 22 de septiembre 2011 es decir tardíamente por error de esta Judicatura se dio intervención al Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 Departamental, organismo que el día 14 de julio de 2014 -ver a fs. 437 informó el cumplimiento de las obligaciones impuestas por parte del justiciable, devolviendo el presente legajo a esta judicatura. Así las cosas, el Sr.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/12/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha04/12/2015

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición17/07/2024

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