Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/10/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

265 a 272, regulo los honorarios de los profesionales intervinientes de la siguiente manera: Dr. Juan Pedro Valdés, en calidad de patrocinante del fallido en la suma de pesos seis mil $ 6.000.-; CPN. Mauro Javier Gandoy, en su carácter de síndico falencial en la de pesos diez mil $
10.000.-; Y los del Martillero y Corredor público, Sr.
Néstor Andrés Páez, en la suma de pesos dos mil $
2.000.- todos con más los aportes legales respectivos arts. 1, 10, 15, 16, 47, 57 y ccdtes. Ley 8.904, 12 y 14 Ley 6.716 y Arts. 265, 267, 271, 272 y cctes. de la Ley 24.522;
argto. jurisp. SCBA Ac. 3451 del 26/08/2009; arts. 1 y ccdtes. Ley 10.620; arts. 1, 54 y ccdtes. Ley 10.973.
Publíquese edictos de rigor por dos días en el Boletín Oficial haciendo conocer la presentación del informe, el proyecto de distribución y la regulación de honorarios.
Regístrese. Martín Ordoqui Trigo, juez. Necochea, 7 de septiembre de 2015. Néstor E. Gallina, Secretario.
C.C. 12.460 / oct. 19 v. oct. 20


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, a cargo del Dr. Vicente Santos Atela, Secretaría Única, a mi cargo, comunica por cinco días que el 15 de septiembre de 2015, se ha declarado la quiebra de MALDATEC LA PLATA S.A. CUIT 3070730100-3, habiendo sido designada síndico la Cdra.
Patricia Mónica Narduzzi, con domicilio en calle 18 N 425
de la ciudad de La Plata, días de atención lunes a viernes de 9 a 13 hs. y de 15 a 18 hs., a quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos hasta el día 26 de noviembre de 2015. Se deja constancia que el 1 de marzo de 2016 y el 14 de abril de 2016
se fijaron como fecha de presentación de los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente. La Plata, 9 de octubre de 2015. María Celina Castro, Secretaria.
C.C. 12.469 / oct. 19 v. oct. 23
POR 1 DÍA - La Dra. Ana Carolina Scoccia, Juez a cargo del Juzgado de Familia Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. Justina Boeri, sito en Laprida 292, Nivel 0, en los autos caratulados: Dacosta Julieta Lorena c/
Díaz Norberto Esteban s/ Alimentos, Expte. Nº 1425/11
hace saber al Sr. NORBERTO ESTEBAN DÍAZ, D.N.I. Nº 28.930.727, que en el término de quince 15 días deberá comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente.
Justina Boeri, Secretaria. Secretaría, 24 de agosto de 2015.
C.C. 12.454
POR 5 DÍAS - La Señora Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dra. Elisa Beatriz López Moyano, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a LEONARDO NAHUEL SIARES, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 39276-15, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo agravado por su comisión en lugar poblado y en banda y por la participación de un menor de 18 años de edad en grado de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 5 de octubre de 2015. En atención a lo que surge de los informes de fojas 93, 97/101, 106/vta. y 107. Y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129
del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Leonardo Nahuel Siares, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. A sus efectos, líbrese oficio al Sr.
Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental. Fdo.
Dra. Elisa Beatriz López Moyano. Juez. Ante mí: María Cecilia Díaz. Secretaria. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. María Cecilia Díaz, Secretaria. Secretaría. 5 de octubre de 2015.
C.C. 12.455 / oct. 19 v. oct. 23
POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Laura V. Ninni, notifica a DANIEL CECERES
SOSA, en causa Nº PP-07-00-018632-10/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 6 Deptal., la reso-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 19 DE OCTUBRE DE 2015

lución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 29 de agosto de 2014 Autos y Vistos Y
Considerando Por ello Resuelvo: Declarar Extinguida la acción penal en la presente causa y por ende sobreseer totalmente a Daniel Cáceres Sosa en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inciso primero del Código Procesal Penal y 59 inciso tercero y 76 ter párrafo cuarto del Código Penal. Regístrese.
Notifíquese, una vez firme comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Fecho, archívese. Fdo. Laura V. Ninni, Juez. Ante mí. Pablo D. Bravo.
A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 5 de octubre de 20 15 Atento lo informado a fojas 160, notifíquese a Daniel Cáceres Sosa de la resolución de fojas 142/vta, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. En la fecha se cumplió. Conste. Fdo. Laura V. Ninni, Juez de Garantías.
Ante mí. Pablo D. Bravo, Secretario. César L. Mauri, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.456 / oct. 19 v. oct. 23


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a MANUEL ALEXIS ROMERO, en causa Nº PP-07-00-012029-14/00 de la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 29 de septiembre de 2015. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en la presente causa y por ende sobreseer totalmente a Manuel Alexis Romero en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 Inc. 1º del Código Procesal Penal y 59 Inc. 3º y 76 ter. párrafo cuarto del Código Penal. Regístrese. Notifíquese, una vez firme comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Fdo. Jorge Walter López, Juez. Ante mí.
A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 07 de octubre de 2015. Atento lo informado a fojas 78, notifíquese a Manuel Alexis Romero de la resolución de fojas 75/75vta., mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo F do. Jorge Walter López, Juez de Garantías.
Dra. Cecilia I. de Beruti, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.457 / oct. 19 v. oct. 23
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Necochea, sito en calle 60 esquina 63, de la ciudad de Necochea, Código Postal Nº 7.630, ordena en los autos caratulados: Riera, Elvira Beatriz c/ Ledesma, Héctor Hugo y Otros s/
Despido Expte. NE1131/2012, notificar por Edicto, por el plazo de dos días, la siguiente resolución: Necochea, 4
de febrero de 2013. Autos y Vistos: Informando el Actuario en este acto que los codemandados HÉCTOR HUGO
LEDESMA, JUAN CARLOS NIELSEN y JORGE ALFREDO
ARCE debidamente notificados según constancias de las cédulas de fs. 114/125 no han contestado la acción; se hace efectivo el apercibimiento decretado, dándosele por perdido el derecho que ha dejado de usar, y por no contestada la acción. Atento lo dispuesto por los Arts. 28 de la Ley 11.653 y 59 del CPCC, decrétase su rebeldía, a quien se le hace saber que las sucesivas providencias se notificarán por Secretaría Arts. 16 Ley 11.653 y 59 del C.P.C.. Líbrense las cédulas notificando esta resolución bajo responsabilidad de la parte actora, con habilitación de días y horas inhábiles Art. 153 del C.P.C.. Regístrese.
Notifíquese Art. 137, Ira. parte del C.P.C.. Fdo. Dr. Hugo Víctor Caimani, Juez Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea;
Dr. Alejandro Antonio Horquin, Juez Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea y Dr. Daniel Alberto Bergero Presidente Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea. Necochea, 20 de mayo de 2013. Autos y Vistos: I. La integración con el magistrado que tomó intervención a fs. 141 vta; II.- A fs.
126 la actora solicita se decrete la Rebeldía de los codemandados y se peticiona se notifique la misma bajo responsabilidad de la parte actora; III. A fs. 127 se decreta la rebeldía solicitada y se ordena notificar dicho decreto bajo responsabilidad de la parte actora; y Considerando: I. Que
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el tipo de notificación bajo responsabilidad de la parte actora es una creación pretoriana utilizada para casos puntuales y excepcionales ante dificultades probadas en el traslado de la demandada. II. Que es pacífica la doctrina, jurisprudencia y el criterio de este Tribunal de utilizar esa modalidad de notificación con criterio restrictivo; III.
Que en el caso de autos ha mediado un error material al ordenar se notifique bajo esa modalidad el auto que decreta la Rebeldía de los codemandados en el auto de fs.
127; Por ello, este Tribunal Resuelve: I. Dejar sin efecto el último párrafo del auto de fs. 127 en cuanto dispone se notifique la Rebeldía allí ordenada bajo la responsabilidad de la parte actora. II. Regístrese Notifíquese. Fdo. Dr.
Hugo Víctor Caimani Juez Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea; Dr. Alejandro Antonio Horquin Presidente Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea. Necochea, 10 de junio de 2015. Agréguense los oficios recepcionados acompañados, ténganse presentes. No siendo exacto lo manifestado por la presentante respecto del codemandado Juan Carlos Nielsen a tenor de lo informado a fs. 216, notifíquese el auto de fs. 127 a dicho accionado en el domicilio indicado a fs. 216 Arts. 34 Inc. 5 y 137, 1ra.
parte del C.P.C.. Atento las demás constancias de autos, notifíquese el auto de fs. 127 a los codemandados Héctor Hugo Ledesma y Jorge Alfredo Arce, por edictos a publicarse en el Ecos Diarios de Necochea y Boletín Oficial, por dos días Arts. 59 segundo párrafo y 145 del C.P.C., haciéndoseles saber a los diarios premencionados que el actor goza del beneficio de gratuidad del Art. 20 de la L.C.T. y 22 de la Ley 11.653, quedando en carga de la peticionante la confección y diligenciamiento de los edictos. Fdo. Dr. Daniel Alberto Bergero, Presidente del Tribunal del Trabajo Nº 1, Necochea.
C.C. 12.459 / oct. 19 v. oct. 20


POR 3 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1, del Dpto.
Judicial. de Necochea, Pcia. de Bs. As. en autos Fonseca Mayra Luciana c/ Álvarez Ignacio Emerson s/ Despido por Embarazo, Nº NE-3248-2011, le notifica al Sr. IGNACIO
EMERSON ÁLVAREZ que se ha dictado la siguiente sentencia Necochea, 22 de agosto de 2014. Autos y Vistos:
Atento el resultado que arroja la votación habida precedentemente y por los fundamentos legales allí referidos, el Tribunal Resuelve: I Hacer lugar a la demanda incoada por Mayra Luciana Fonseca, condenando al Sr. Ignacio Emerson Álvarez a abonarle la suma de pesos ciento sesenta y siete mil novecientos veintinueve con 70/100 $
167.929,70 suma que incluye los intereses por la tasa pasiva al 21/08/2011, por los conceptos de diferencias salariales, haberes adeudados, indemnización por preaviso no otorgado, indemnización por despido, integración del mes de despido, indemnización sustitutiva de vacaciones, indemnización por maternidad, S.A.C., multas Arts. 8 y 15, Art. 2 de la Ley 25.323, Art. 80 de la LCT y entrega de los certificados de servicio y cese. El importe resultante deberá abonarse al actor mediante depósito en autos Art. 277 de la L.C.T. dentro de los diez días de notificada la presente. II Condenar a la demandada a la entrega de los certificados de Servicios y Cese según lo disponen los Arts. 80 LCT y 12 Inc. g Ley 24241, dentro de los treinta días de notificada la sentencia, bajo apercibimiento de fijarse astreintes por la demora Art. 666 del Código Civil. lII Costas atento el resultado de las presentes actuaciones las costas son a cargo de la parte demandada Art. 19 Ley 11.653. IV Honorarios: Regular los honorarios de la Dra. Laura A. Bulesevich en la suma de pesos veinticinco mil doscientos $ 25.200, todo con más el porcentaje de ley Arts. 13, 14, 16, 21, 22, 28 Inc. f, 41, 51, 54
y ccdts, dec. Ley 8904/77. V Establecer que en las presentes regulaciones se han tenido presente los términos del Art. 277 de la L.C.T. Art. 8 Ley 24.432. VI En cumplimiento del Art. 44 de la Ley 25.345, líbrese oficio a la Agencia Federal de Recaudación Impositiva y Previsional A.F.I.P. comunicándole el presente resolutorio. VII
Regístrese. Practíquese liquidación por Secretaría.
Notifíquese. Firmado: Patricia C. Razquin. Pte. del Tribunal del Trabajo Nº 1 Necochea, Dres. Daniel A.
Bergero y Alejandra E. Manis. Jueces. Necochea, 19 de junio de 2015. Atento lo solicitado, y el estado de las presentes actuaciones, a los fines de notificar la sentencia dictada en autos al demandado Álvarez Ignacio Emerson, publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y Ecos Diarios, haciendo constar en los mismos que la actora goza de beneficio de litigar sin gastos y que se encuentra exenta del pago de aranceles Art. 22 de la Ley

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/10/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha19/10/2015

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3382

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/07/2024

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