Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/09/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 344-13, interno N 889 caratulada Galeano Gloria Noemí s/ Impedimento de contacto con el padre no conviviente y desobediencia Art. 1 Ley N
24.270 y Art. 239 C.P. en Villa Gesell, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a fin de notificar a GALEANO GLORIA NOEMÍ titular del DNI N 93.081.480 La resolución y el contenido del artículo 54 de la Ley N 8.904
que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: Dolores, 19 de agosto de 2015. Autos y Vistos Y Considerando: por todo lo expuesto, Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal en la presente Causa N 344/13 Interno N 889 correspondiendo sobreseer en forma total a la imputada Galeano Gloria Noemí, de nacionalidad paraguaya, titular del DNI N
93.081.480, nacida el 7 de febrero de 1979 en Domingo Robledo Paraguay, hija de Isidoro y de Lucía Sosa Groselle, domiciliada en Avenida 23 N 685, Piso 18
Depto. 15 de Miramar, por el delito de Impedimento de contacto con el padre no conviviente y Desobediencia, previsto y reprimido por el artículo 1 Ley N 24.270 y artículo 239 del Código Penal, por el que fuera elevada a juicio, si costas, Art. 76 bis y ter. del Código Penal y Arts.
323, 530 y concordantes del C.P.P.. II. Se regulan los honorarios de la Dra. Carmen F. Schajnovich Aguirre por su labor profesional desarrollada en carácter de representante del particular damnificado en la suma de pesos ocho mil setecientos treinta y cuatro $ 8.734, equivalentes a 22
IUS Arts. 9, 16, 51 y concs. Ley N 8.904 y Art. 534 del C.P.P. suma a la que se adicionará el 10% Art. 12 inc. a Ley N 6.716, más el impuesto al valor agregado de corresponder. III. Pospónese la regulación de honorarios de la Dra. Graciela Susana Castilla por su labor profesional desarrollada en carácter de abogada defensora, hasta tanto de cumplimiento con el pago de los respectivos tributos de ley, Bono 8480 e Ius Previsional, teniendo en cuenta que la misma fue intimada a fs. 2 y vta. de dicho incumplimiento y notificada a fs. 35/36, cúmplase con la comunicación al Colegio de Abogados correspondiente y a la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires dicha situación, librando los oficios de estilo. IV. Teniendo en cuenta lo resuelto en el Punto I y atento que se encuentra agregado por cuerda el Expediente N 21.400 caratulado Ginart Claudio Antonio c/ Galeano Gloria Noemí s/ Medidas Precautorias de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado de General Alvarado, el cual fuera remitido, ad effectum videndi et probandi, una vez que la presente adquiera firmeza, desacollárese y devuélvase al organismo correspondiente, dejándose la debida constancia del tal acto. Regístrese, notifíquese al Agente Fiscal, Particular Damnificado y Defensora Particular, librando las correspondientes cédulas de rigor.
A fin de notificar a la imputada, líbrese oficio a la Seccional correspondiente, con transcripción de la parte resolutiva y del artículo 54 de la Ley N 8.904. Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley, póngase en conocimiento del Patronato de Liberados de intervención y del Excmo. Cónsul de la República del Paraguay arg. Res. N 12/03 del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires y Art. N 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Oportunamente, vuelva a despacho y archÍvese. Fdo. Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional N 3 del Depto. Judicial Dolores. Ante mí: Inés Lamacchia, Secretaria del Juzgado Correccional N 3 Departamento Judicial Dolores. Fdo. Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores.
Asimismo, se transcribe el Art. 54 de la Ley N 8.904: Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez 10 días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez 10 días de intimado su pago cuando sean exigibles. Operada la mora el profesional podrá optar por a reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el Art. 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual. b Reclamar los honorarios con más el interés que perciba el Banco de la Prov. de Bs. As. en operaciones de descuento los honorarios a cargo del demandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real en la cédula de notificación en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad deberá transcribirse este artículo. Dolores, 9 de septiembre de 2015. Analía H. C. Pepi, Jueza.
C.C. 11.066 / sep. 18 v. sep. 24

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N Uno del Departamento Judicial de Bahía Blanca, a cargo de la Dra.
Gilda Stemphelet, cita y emplaza a MAXIMILIANO EMANUEL SALAZAR, argentino, nacido el 04/10/92, DNI
38.174.313, hijo de Marlene Salazar imputado del delito de Lesiones leves I.P.P. N 004712/12 para que comparezca dentro de los cinco días de publicado el presente a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N
Tres, a primera audiencia a prestar declaración en los términos del Art. 308 del C.P. Penal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Bahía Blanca, 7 septiembre de 2015. Gilda C. Stemphelet, Juez de Garantías.
C.C. 11.072 / sep. 18 v. sep. 24


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional N 4, Dra. María Laura Pinto de Almeida Castro, en la causa N 1218-2015 caratulada: Tejerina Renjifo, César Raúl y Tejerina Rodríguez, Andrés s/
Lesiones Leves a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días, a efectos de citar a los imputados CÉSAR RAÚL TEJERINA RENJIFO DNI 38421980
y a ANDRÉS TEJERINA RODRÍGUEZ DNI 93011384, como consecuencia de la resolución que continuación se transcribe: Bahía Blanca, 8 de septiembre de 2015.
Atento lo que surge de los oficios que anteceden, siendo que los señores, Andrés Tejerina Rodríguez y César Raúl Tejerina Renjifo no han sido habidos, desconociéndose su actual paradero; cíteselos a los mencionados imputados para que en el plazo de cinco días se presenten en la sede de este Juzgado, sito en la calle Av. Colón N 46 Piso 5to.
de la ciudad de Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Fdo.
María Laura Pinto de Almeida Castro. Fausto Hernán Reguera, Auxiliar Letrado.
C.C. 11.073 / sep. 18 v. sep. 24
POR 5 DÍAS - Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de Mar del Plata, a cargo del Dr. Raúl Eduardo Garros, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Marcela Patricia Del Río, sito en calle Almirante Brown N
2241 de Mar del Plata, hace saber que en autos Jacyszyn Juan y Kusen Susana s/ Quiebra Expte. 553149, el 1306-1997 se ha decretado la Quiebra de JUAN JACYSZYN
y SUSANA KUSEN, con domicilio en Av. Montreal N 851
de Santa Clara del Mar, intimándose a quienes posean bienes y documentos de los fallidos, para que los pongan a disposición de la Sindicatura, bajo apercibimiento de ser pasibles de las penas y responsabilidades que en derecho correspondan, prohibiéndose asimismo, hacer pagos a los fallidos, bajo apercibimiento de considerarse los mismos ineficaces. Se ha establecido que los acreedores podrán presentar sus demandas de verificación ante el Síndico Contador Oscar Galilea, hasta el 13-10-2015 de lunes a jueves de 17 a 20 hs., en Alberti 2666 1º A de Mar del Plata. Vencimiento para la presentación del Informe Individual: 26-11-2015 y del Informe General: 15-02-2016.
Mar del Plata, 1º de septiembre de 2015. Marcos R.
Valdettaro, Auxiliar Letrado.
C.C. 11.070 / sep. 18 v. sep. 24
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaría Única, del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber en los autos caratulados Tombini Carlos Gabriel s/ Quiebra Pequeña, Expte.
Nº 67173, con fecha 30 de junio de 2015 se ha decretado la Quiebra de CARLOS GABRIEL TOMBINI, DNI
23.941.415, CUIT N 20-23941415-0. Intímase al fallido para que cumpla con los recaudas a que refiere el Art. 86
LCQ y entregue al Síndico, dentro de las 24 horas, los libros de comercio y documentación relacionados con su contabilidad. Prohíbese a los acreedores y terceros hacer pagos al fallido so pena de ser declarados ineficaces.
Intímase al fallido para que en el término de 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del mismo. Prosiguen los trámites con intervención del Síndico Contador Oscar R. Loviso con domicilio en calle Rondeau N 321 de la ciudad de Bahía Blanca. Fíjase el día 13 de octubre de 2015, como plazo hasta el cual podrán los acreedores presentar los pedidos de verificación de créditos a la Sindicatura. Fíjase el día 17 de
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noviembre de 2015, para que la sindicatura presente el Informe Individual de créditos. Fíjase el día 4 de febrero de 2016, para la presentación del Informe General. Bahía Blanca, 8 de septiembre de 2015. Claudia Alejandra Verna, Secretaria.
C.C. 11.074 / sep. 18 v. sep. 24


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 17 del Departamento Judicial La Plata, a cargo de la Dra. Sandra Nilda Grahl, Secretaría Única a mi cargo, comunica en autos Bayrot Agencia de Seguridad Investigaciones y Vigilancia S.R.L. s/Quiebra Pequeña, Expte. 38.353, que el día 30 de junio de 2015, se decretó la quiebra de BAYROT AGENCIA DE SEGURIDAD INVESTIGACIONES Y VIGILANCIA S.R.L. CUIT 3066064000-9, inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas en la Matrícula 34071 de Sociedades Comerciales, Legajo 63710. Se designó Síndico al Cr.
Alejandro Robles Urquiza, con domicilio en 18 N 425, de La Plata tel. 483-7690, con horario de atención de lunes a viernes de 9 a 13 y de 15 a 18 hs., debiendo la fallida y los terceros entregar al Síndico los bienes de la quebrada art. 88 inc. 3 LCQ. Se intima a la deudora a entregar al Síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad art. 88 inc. 4 LCQ. Se hace saber la prohibición de efectuar pagos a la fallida, los que serán ineficaces art. 88 inc.
5 LCQ. Los acreedores deberán presentar sus pedidos verificatorios ante el Síndico hasta el 19 de octubre de 2015 art. 88 últ. párr. y 200 LCQ. Art. 35 de la LCQ: 21
de septiembre de 2015. Art. 39 LCQ: 17 de febrero de 2016. Valor arancel verificatorio $ 558,80 conf. Ley 21.170
y res. 4/15 CNEPSMVM. La Plata, 9 de septiembre de 2015. Silvana Karina Noel, Secretaria.
C.C. 11.105 / sep. 21 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1 Inst. Civ. y Com. N 1 del Dpto. Jud. Necochea hace saber que el día 12 de agosto de 2015 se decretó la Quiebra de JOSÉ MARÍA MUELAS, DNI 11.845.706, con domicilio en calle Avda. 10 N 4354, de Necochea. Síndico designado: Cdor. Fanny Isabel Bieri, con domicilio en calle 66 N 2885 Of. 3. Días y horarios de atención: martes y jueves, de 9 a 11 hs. Fecha límite para presentación de pedidos de verificación:
09/10/2015 en dicho domicilio. Se fijan los días 20/11/2015 y 29/12/2015, para la presentación por el síndico de los informes individual y general, respectivamente. Se intima a la fallida y a todos aquéllos que tengan en su poder bienes y documentación perteneciente a la misma, se los entreguen al Síndico art. 88 inc. 3 LCQ. Se pone en conocimiento acerca de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de tenerlos por no efectuados art. 88 inc. 5 LCQ. Asimismo, se pone en conocimiento que el arancel verificatorio se ha fijado en $
397, el que no deberá abonarse si el crédito es de causa laboral o inferior al valor de treinta jus. Necochea, 1 de septiembre de 2015. Marta B. Bernard, Secretaria.
C.C. 11.106 / sep. 21 v. sep. 25
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Azul, sito en Presidente Perón 525, 2 piso con asiento en la ciudad de Azul, en autos Iriart Marcelo Andrés s/Concurso Preventivo Pequeño, Expte. N
62740, hace saber que con fecha 12 de agosto de 2015
se ha decretado la quiebra indirecta de MARCELO
ANDRÉS IRIART, DNI N 23.837.051, con domicilio en la calle Libertad N 345 de Benito Juárez, Provincia de Buenos Aires y con fecha 28 de agosto de 2015 se dispuso: 1 La entrega al síndico los bienes del fallido que se encuentren en su poder o de terceros con la salvedad de los bienes excluidos por las leyes vigentes art. 88 inc. 3 y 177 inc. 2 Ley 24.522. 2 La prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de tenerlos por ineficaces art.
88 inc. 5 Ley 24522. 3 La interceptación por las empresas encargadas de la recepción y distribución de correspondencia dirigida al fallido, debiendo ser entregada al síndico. 4 Se ha fijado la fecha del 30 de octubre de 2015
hasta la cual los acreedores deberán presentar a la Sindicatura sus pedidos de verificación al Cr. Jorge Roberto Arias, con domicilio constituido en Calle Belgrano 530 de Azul de lunes a viernes de 10 a 12 y 16 a 18 horas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/09/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha24/09/2015

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3383

Primera edición02/07/2010

Ultima edición16/07/2024

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