Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/07/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese
Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Dr.
Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 29 de junio de 2015.
C.C. 8.361 / jul. 14 v. jul. 20


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-2002-1998 caratulada González Héctor Carlos s/ Infracción Decreto Ley 8.204/63, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de Notificar a don HÉCTOR CARLOS GONZÁLEZ la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente:
Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos: Resulta:
Considerandos Resuelvo: I Disponer la Extinción de la acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Héctor Carlos González de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese
Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite archivo de la presente causa. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichiotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.362 / jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-1998-1998 caratulada Llano Fabio Rubén s/
Infracción Artículo 74 Inciso A Decreto Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don FABIO RUBÉN LLANO
la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los editos correspondientes, dice así en su parte pertinente:
Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos: Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la extinción de la Acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Fabio Rubén Llano de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323
inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art.
129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo.
Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa.
Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Dr. Mariano J.
Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 29 de junio de 2015.
C.C. 8.363 / jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional N CO-1950-1998 caratulada Villafañe Edmundo s/
Infracción Artículo 92 inciso E Decreto Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 17 DE JULIO DE 2015

Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don EDMUNDO
VILLAFAÑE la resolución dictada en la mencionada causa.
La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los autos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos:
Resulta: Considerandos Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Edmundo Villafañe de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado eI plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73. Regístrese.
Notifíquese. Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.364 / jul. 14 v. jul. 20


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional N CO-1949-1998 caratulada Valenzuela Juan Carlos s/ Infracción Artículo 92 inciso E Decreto Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don JUAN CARLOS
VALENZUELA la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos:
Resulta: Consierandos: Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Juan Carlos Valenzuela de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del DecretoLey 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.365 / jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS En el marco de la causa contravencional N CO-1948-1998 caratulada Aguirre Mario Héctor s/
Infracción Art. 92 Inc. E Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don MARIO HÉCTOR
AGUIRRE la resolución dictada en la mencionada causa.
La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los autos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos:
Resulta: Considerandos: Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Mario Héctor Aguirre de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del DecretoLey 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la tota-

PÁGINA 5767

lidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez.
Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.366 / jul. 14 v. jul. 20


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional N CO-2475-1999 caratulada Salas Javier Alejandro s/ Infracción Artículo 92 inciso E, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don JAVIER ALEJANDRO
SALAS la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2.015. Y Vistos: Resulta:
Considerandos: Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Javier Alejandro Salas de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese
Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.367 / jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS En el marco de la causa contravencional N CO-1987-1998 caratulada Carballo Marcos Gaspar s/
Infracción Artículo 72 Decreto Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don MARCOS GASPAR
CARBALLO la resolución dictada en la mencionada causa.
La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2015. Y Vistos:
Resulta: Considerandos: Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Marcos Gaspar Carballo de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del DecretoLey 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73. Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez.
Tigre, 29 de junio de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.359 / jul. 14 v. jul. 20
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional N CO-2011-1998 caratulada Balbuena Alejandro Leonardo s/ Infracción Artículos 72 y 74 inciso A Decreto Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don ALEJANDRO LEONARDO BALBUENA la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en edictos correspondientes, dice así en su

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/07/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha17/07/2015

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones3379

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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