Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art.
129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don MONTIVERO GERARDO DAVID la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: San Isidro, 17 de julio de 1998. Autos y Vistos: Y considerando: Resuelve:
Revocar el auto obrante a fs. 69/70, y eximir de pena a Gerardo David Montivero, Dejándose sin efecto su captura Regístrese, notifíquese y devuélvase Firmado: Dr.
Fernando L. M. Mancini, Dr. Raúl Borrino. Como recaudo legal se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente oficio, el cual dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015 a cuyo fin, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días, a tales efectos, líbrese por Secretaría el oficio de estilo Firmado: Dr.
Alberto Raúl Wagener, Juez.. Dr. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18 de mayo de 2015.
C.C. 6.819 / jun. 8 v. jun. 12


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-88-1997 caratulada Villordo Martínez Oscar Rubén s/ Infracción Artículos 72 y 74 inciso A, DecretoLey 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don VILLORDO MARTÍNEZ OSCAR RUBÉN D.N.I. Nº 17.615.646 la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente:
Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos: Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la Extinción de la Acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Oscar Rubén Villordo Martínez de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese
Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener. Juez. Dr.
Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18 de mayo de 2015.
C.C. 6.820 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-56-1997 caratulada Núñez Estela Nieves s/
Infracción Artículo 68, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a doña NÚÑEZ ESTELA NIEVES D.N.I. Nº 18.124.232 la sentencia dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la sentencia referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, doce de mayo de 1998.
Autos y Vistos Y Considerando Resuelve: Revocar la sentencia obrante a fs. 51/52 vta. y Absolver Libremente y sin costas a Núñez Estela Nieves, argentina, indocumentada, hija de Porfidio y de Felicia Rivarola, con domicilio en la calle Costa Rica y French, de la localidad de Pacheco, Provincia de Buenos Aires, de la falta que describe el Art. 68 del Decreto-Ley 8.031, por lo que fuera imputada, en virtud del hecho acaecido el día 15 de mayo de 1997, en la intersección de las calles Almirante Brown y Rocha de la localidad y partido de Tigre Regístrese, notifíquese y devuélvase Firmado: Dr. Fernando Maroto, Dr. Roberto O. Borserini, Dr. Juan Carlos
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 11 DE JUNIO DE 2015

Fugaretta. Como recaudo legal se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente oficio, el cual dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015 a cuyo fin, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días, a tales efectos, líbrese por Secretaría el oficio de estilo Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener.
Juez. Dr. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18
de mayo de 2015.
C.C. 6.821 / jun. 8 v. jun. 12


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-382-1997 caratulada Galván Norberto Crecencio s/ Infracción Artículos 72 y 74 Inciso A, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art.
129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don NORBERTO CRECENCIO GALVÁN la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos Resulta Considerandos
Resuelvo: 1 Disponer la extinción de la acción contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Norberto Crecencio Galván de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3 del Dec.
Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129
del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que afuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Firmado: Dr.
Alberto Raúl Wagener. Juez.. Dr. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18 de mayo de 2015.
C.C. 6.822 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-1198-1997 caratulada Stia Ricardo Lorenzo s/
Infracción Artículo 96 incisio B, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don RICARDO LORENZO
STIA la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la Extinción de la Acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Ricardo Lorenzo Stia de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art. 129
del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Firmado: Dr.
Alberto Raúl Wagener, Juez.. Dr. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18 de mayo de 2015.
C.C.6.823 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-1910-1998 caratulada Rasgido Mario Vicente s/ Infracción Artículo 42, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de
PÁGINA 4465

Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don MARIO VICENTE RASGIDO la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos: Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la extinción de la acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Mario Vicente Rasgido de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. Art. 129
del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa Firmado: Dr.
Alberto Raúl Wagener. Juez. Tigre, 18 de mayo de 2015.
Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.824 / jun. 8 v. jun. 12


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-3-1997 caratulada Maciel Pablo s/Infracción Ley 11.748, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don PABLO
MACIEL la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la Extinción de la Acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Pablo Maciel de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323
inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art.
129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo.
Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado, procédase sin más trámite al archivo de la presente causa. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener. Juez. Tigre, 18
de mayo de 2015. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.825 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-20-1997 caratulada Alfaro Cayetano José s/
Infracción Artículo 92 inciso E Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días Conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don CAYETANO JOSÉ
ALFARO la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015. Y Vistos Resulta
Considerandos Resuelvo: I Disponer la extinción de la Acción Contravencional por Prescripción en estos actuados respecto de Cayetano José Alfaro de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1º del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 Art. 3
del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese. Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar al contraventor de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días Conf. Art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo. Cumplido que fuera con la totalidad de lo ordenado

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha11/06/2015

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3393

Primera edición02/07/2010

Ultima edición30/07/2024

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